Selección de textos. Caja de herramientas contra la violencia de género.pdf
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SELECCIÓN DE TEXTOS
Caja de herramientas contra la violencia de género
Ciclo de capacitaciones destinado a estudiantes y promotoras
territoriales
Equipo:
SALATINO, Renata – Coordinadora (Facultad de Filosofía y Letras)
BOBBA, María Belén – Articulación MUMALA (Facultad de Ciencias
Políticas y Sociales)
LÓPEZ, Rocío (Facultad de Educación)
MONTAÑO, Kevin (Facultad de Ciencias Políticas y Sociales)
PIZARRO, Constanza (Facultad de Artes y Diseño)
Evaluación y financiamiento:
FONDO DE INICIATIVAS ESTUDIANTILES (FIE)
Dirección de Políticas Públicas y Planificación - Secretaría de Relaciones
Internacionales, Asuntos Legales y Administración.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO.
Editado por:
FONDO DE INICIATIVAS ESTUDIANTILES – Universidad Nacional de Cuyo.
Mendoza - Argentina
Septiembre de 2021
3
Índice
VIOLENCIA DE GÉNERO..................................................................5
¿Qué es la violencia contra las mujeres? .........................................................6
¿Qué genera la violencia contra las mujeres? ............................................ 7
Las Causas de la Violencia...........................................................................8
La Violencia Contra las Mujeres es una Manifestación de las Inequidades
.............................................................................................................................. 10
La violencia contra la mujer: una forma de discriminación y violación de
los derechos humanos.......................................................................................... 12
Consecuencias de la categorización de la violencia contra la mujer como un
problema de derechos humanos ...........................................................................17
Dinámica de la violencia ........................................................................... 18
Ciclo de violencia.......................................................................................20
Espiral de la violencia................................................................................22
Impacto del maltrato en la salud de las mujeres ......................................23
MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL, REGIONAL Y NACIONAL
.......................................................................................................26
Marco normativo internacional y regional en materia de violencia de
género ................................................................................................................... 27
Marco normativo nacional en materia de violencias de género...............32
La ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres y el Ministerio de las
Mujeres, Género y Diversidad de la Nación como organismo rector..................34
Tipos y modalidades de violencias por motivos de género ......................36
ESTADÍSTICAS...............................................................................41
Registro Nacional De Femicidios ................................................. 42
GUÍA DE HERRAMIENTAS PRÁCTICAS SOBRE COMO ACCIONAR
...................................................................................................... .51
4
¿Cómo saber si vives en situación de violencia? ......................................52
¿Qué hacer en caso de vivir violencia y sentir que tu vida está en peligro?
.............................................................................................................................. 55
¿Y si conozco alguien que sufre este tipo de violencia, qué puedo hacer?57
Promotorxs territoriales y personas acompañantes ante situaciones de
violencia de género...............................................................................................60
Procedimientos ante situaciones de violencia ...............................60
Acompañamiento ........................................................................... 61
Guía de preguntas para detección y mensajes clave .....................62
Guía para valoración del peligro y riesgo.......................................66
Guía de entrevista...........................................................................70
Guía de primer apoyo emocional y manejo de crisis .....................82
RECURSERO DE VIOLENCIA DE GÉNERO ....................................87
Nivel nacional ...........................................................................................88
911 Emergencias .............................................................................88
Línea 144.........................................................................................88
Violencia familiar y sexual .............................................................89
Contra de la Trata y la Explotación de personas ........................... 91
¿Qué es la pornovenganza y cómo me protejo? ............................92
¿Qué tenés que hacer si no aparece un familiar? ..........................94
Nivel provincial .........................................................................................95
Recursero de MUMALA. ¿Dónde acudir en caso de violencia de
género? .................................................................................................................95
Dentro de la Universidad Nacional de Cuyo ..........................................100
Dónde acudir en la UNCUYO ante situaciones de violencia de
género .................................................................................................................100
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA....................................................105
5
VIOLENCIA DE
GÉNERO
6
¿Qué es la violencia contra las mujeres?
Fuente:
INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES (2008) Guía metodológica para la
sensibilización en género: Una herramienta didáctica para la capacitación en la
administración pública. Violencia contra las mujeres: un obstáculo crítico para
la igualdad de género. Volumen 4. México DF: INMUJERES [fragmentos]
La violencia contra las mujeres ha sido denunciada por grupos organizados de
mujeres en todo el mundo, por ser uno de los problemas que atenta contra su
dignidad y derechos humanos. Han destacado que este tipo de violencia no es un
asunto “íntimo de las parejas ni de las familias disfuncionales”, sino consecuencia
de las relaciones de inequidad y poder entre mujeres y hombres.
Al considerarla parte de las prerrogativas masculinas de ejercicio de poder y de
autoridad tanto en la familia como en la esfera pública, la violencia contra las
mujeres ha sido naturalizada y tolerada por la sociedad y el Estado. De ahí que el
discurso social admite la reproducción de la violencia mediante imágenes y
creencias que continuamente las culpabilizan y las hacen responsables de la
agresividad de los otros, configurando la violencia de género como una expresión
de la dominación masculina (Carcedo y Molina, 2003).
Según informes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en países con
diferentes niveles de desarrollo, para la mayoría de las mujeres la violencia
empieza en el hogar a manos de los padres, los hermanos o de la pareja. Al
contrario de lo que sucede con los hombres, más de las dos terceras partes de los
actos violentos son cometidos por alguien cercano a ellas (Rojas, 2005:38). La
Organización Mundial de la Salud (2002) reporta que 70% de las mujeres
víctimas de homicidio en el mundo fueron asesinadas por sus maridos o amantes.
Por ello, el Artículo 1 de la Declaración de Naciones Unidas sobre la Eliminación
de la Violencia contra la Mujer (1993) la define como “todo acto de violencia
basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como
resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer,
inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la
libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”.
7
De acuerdo con esta definición, la violencia se caracteriza por:
• Ser un acto u omisión intencional con el propósito de ejercer el control y el
sometimiento sobre las personas,
• Transgredir un derecho humano que afecta la vida y la dignidad de las
personas, y
• Ocasionar un daño visible o no, resultado de la violencia psicológica y
simbólica, que abarca un conjunto de manifestaciones imperceptibles que
se acumulan a lo largo de los años.
¿Qué genera la violencia contra las mujeres?
Fuente:
INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES (2008) Guía metodológica para la
sensibilización en género: Una herramienta didáctica para la capacitación en la
administración pública. Violencia contra las mujeres: un obstáculo crítico para
la igualdad de género. Volumen 4. México DF: INMUJERES [fragmentos]
La violencia es un comportamiento aprendido que tiene sus raíces en la cultura y
en la forma como ésta se estructura socialmente. La violencia contra las mujeres
se origina en la existencia de desequilibrios de poder en determinados contextos,
formas de control interpersonales, posiciones de desventaja social frente a los
hombres, y por pautas de construcción y orientación de la identidad.
De ahí que entre las causas de violencia hacia las mujeres, encontramos la
exaltación de los estereotipos, roles e identidades asociadas a lo masculino-
femenino, como categorías binarias y jerarquizadas. Las representaciones y
expectativas que tenemos sobre lo que significa “ser hombre” o “ser mujer” son
determinantes en la forma de comportarnos o reaccionar ante situaciones o
conflictos. Por ejemplo, se espera que un hombre defienda a “golpes” a su familia,
su propia dignidad y sobre todo su “hombría”. Así como se espera que las mujeres
sean obedientes frente a la autoridad de sus padres, esposos o hermanos.
De acuerdo con estas expectativas culturales de la masculinidad y la feminidad,
la sociedad tolera e incentiva la violencia de género que se ve reflejada en las
8
prácticas cotidianas y en las disposiciones normativas que justifican y legitiman
este tipo de violencia tanto en el ámbito privado como en la vida pública.
Por lo anterior, debe quedar claro que la pobreza, el hacinamiento, el desempleo,
la falta de acceso a la educación, el abuso del alcohol y/o drogas son factores que
favorecen la violencia, mas no razones que explican sus orígenes.
Está comprobado que la violencia afecta a personas, familias y comunidades de
diferentes condiciones y culturas.
Las Causas de la Violencia
Fuente:
CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
- SECRETARÍA DE SALUD. (2009) Modelo Integrado para la Prevención y
Atención de la Violencia Familiar y sexual. Manual Operativo. México DF:
Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva [fragmentos]
La violencia es parte de nuestra realidad. Todas las personas, en diferentes
contextos geográficos, políticos y culturales, con independencia de su condición
económica, edad, etnia y sexo son objeto de violencia en sus múltiples
expresiones cotidianas. La violencia está presente en todas partes, en las calles,
las escuelas, los centros de trabajo y en los hogares. Los medios de comunicación
nos muestran todos los días imágenes o descripciones de hechos violentos.
El uso de la violencia es motivo de preocupación y reprobación social que se
expresa en el rechazo a la guerra, el genocidio, el homicidio, el terrorismo. Sin
embargo, estos fenómenos son valorados de distinta manera, según el contexto
en el que se presentan y los grupos sociales a los que afectan. Lo que en una
sociedad o en un determinado momento histórico es considerado violento, puede
no serlo en un contexto distinto. La aceptación, tolerancia o sanción de las
conductas violentas varía de una sociedad a otra y se modifica en el tiempo, al
modificarse las creencias y los valores. Más aún, en nuestra sociedad se expresan
de manera simultánea manifestaciones ambivalentes de reprobación y tolerancia
ante la violencia, en particular hacia algunas de sus manifestaciones y ámbitos de
ocurrencia.
9
El uso ancestral de la violencia como un mecanismo para la resolución de
conflictos entre personas, grupos y naciones ha llevado a su interpretación como
un rasgo inevitable de la conducta humana. Esta idea de que la violencia es un
rasgo inherente a la naturaleza humana impide la comprensión de sus causas y
limita las posibilidades de su prevención y de la atención a sus consecuencias.
La violencia es un comportamiento aprendido que tiene sus raíces en la cultura,
en la forma como se estructuran y organizan las sociedades. La utilización de la
violencia como un mecanismo para reducir los conflictos se aprende desde la
niñez y se transmite de una generación a otra a través de la familia, los juegos, la
educación, el cine o los medios de comunicación.
Si bien la violencia se ejerce de muchas maneras y sus consecuencias se
manifiestan en daños de diversa índole, todos los actos violentos, ya sea entre
personas, grupos, comunidades o países, tienen en común el objetivo del
sometimiento y el control de la otra parte, es decir, el ejercicio del poder mediante
la fuerza.
“Para que una conducta violenta sea posible, tiene que darse una condición: la
existencia de cierto desequilibrio de poder, que puede estar definido
culturalmente o por el contexto, o producido por maniobras interpersonales de
control de la relación.”
El poder se puede definir como la habilidad de las personas o grupos de provocar
la obediencia de otras personas o grupos. Para ejercer el poder, las personas o
grupos deben poseer recursos superiores a los que tienen las personas que
obedecen, recursos que éstos valoran y necesitan. Los recursos se refieren no sólo
a bienes materiales o dinero, sino también a la aprobación social, prestigio, a los
servicios, a la seguridad, etcétera.
La violencia contra las mujeres, en particular la que es infligida por la pareja, es
frecuentemente explicada por razones individuales, es decir por características
específicas tanto de la persona que agrede como de la que es agredida. También
existe la percepción, muy generalizada, de que la violencia contra las mujeres en
el contexto familiar es un fenómeno exclusivo de las familias o comunidades
pobres. Estas creencias son erróneas. El abuso de alcohol y drogas son factores
10
que influyen o que favorecen el surgimiento de la violencia, pero no son su causa.
De igual manera, la pobreza, el desempleo, la falta de acceso a la educación, el
hacinamiento, la falta de disponibilidad de bienes y servicios y la carencia de
recursos, no son por sí mismos causas de la violencia, son factores que configuran
condiciones de vida y situaciones que la propician y la favorecen; sin embargo, la
violencia afecta a las personas, hogares y comunidades de todas las condiciones
sociales y niveles de ingreso.
La diversidad de situaciones sociales y de historias personales configura los
factores de riesgo de violencia que requieren explicaciones que no se limiten al
campo de acción y conocimientos de los distintos profesionales que pueden poner
mayor énfasis, ya sea en las patologías individuales o en aspectos del entorno
social. La atención integrada de la violencia contra las mujeres requiere que el
problema sea comprendido de manera integral e integrada, es decir, que se refiera
a las características de las personas involucradas en el problema, agresores y
quienes viven situaciones de violencia, al contexto en el que se desenvuelven, para
identificar las necesidades y las capacidades de atención en los diferentes
servicios que se requieren.
La Violencia Contra las Mujeres es una Manifestación de las
Inequidades
Fuente:
CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
- SECRETARÍA DE SALUD. (2009) Modelo Integrado para la Prevención y
Atención de la Violencia Familiar y sexual. Manual Operativo. México DF:
Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva [fragmentos]
La violencia que se ejerce contra las mujeres ha sido considerada por mucho
tiempo como algo “natural” y de carácter privado. No ha sido sino hasta muy
reciente cuando el movimiento de mujeres, aunado a la preocupación y acción de
los gobiernos, ha hecho visible el problema y lo han posicionado en la agenda
pública.
El origen de la violencia contra las mujeres se encuentra enraizado en las
creencias que tiene la sociedad sobre las mujeres y los hombres. En México, como
11
en casi todo el mundo, persisten las creencias sobre lo que deben ser los
comportamientos femeninos y masculinos con base en estereotipos muy
marcados: a esto se le llama roles o construcción de género. Se suele pensar que
las mujeres son por naturaleza dulces, sumisas, sentimentales, pasivas, y que los
hombres son fuertes, activos, agresivos y dominantes.
Con base en estas creencias se justifica que los hombres impongan su voluntad y
autoridad sobre las mujeres, incluso recurriendo a la violencia. El
comportamiento masculino de dominación y control no es natural, es resultado
de la construcción de los géneros y sus relaciones que van modelando las
actitudes y conductas diferenciadas entre unos y otras.
El término género se refiere a las diferencias de comportamiento, de actividades
y de actitudes de mujeres y hombres, que tienen su origen en la educación y la
cultura. Dichas diferencias no están determinadas por la biología, sino que son
resultado de las creencias sociales sobre lo que deben ser las mujeres y los
hombres. El mayor valor que la sociedad asigna a los hombres ha originado una
posición de desventaja para las mujeres que se traduce en un menor acceso a
recursos, oportunidades y toma de decisión. El género da cuenta de las relaciones
entre hombres y mujeres caracterizadas por la asimetría de poder. La violencia
contra las mujeres es una expresión de las desigualdades de género.
Las actitudes de violencia hacia las mujeres se deben a la exaltación y la
valoración social de ciertas características consideradas como masculinas y, por
lo tanto, no deben ser juzgadas como patológicas. Las mujeres, por su parte,
asumen y reproducen los roles de sumisión y subordinación socialmente
aceptados como parte de la feminidad. Tales conductas son resultado de un
entorno social que avala el poder y la autoridad de los hombres sobre las mujeres.
Como resultado, estas desigualdades limitan la posibilidad de las mujeres para
desarrollar y ejercitar sus capacidades, para su propio beneficio y para el conjunto
de la sociedad. Por ello, la atención a la violencia contra las mujeres desde la
perspectiva de género implica reconocerla como un problema que se explica por
la posición de desventaja social de las mujeres frente a los hombres. Significa
tomar en cuenta las características e historias personales de mujeres que viven en
12
situación de violencia y sus agresores, sin perder de vista el contexto social en el
que ocurre la violencia.
La violencia contra la mujer: una forma de discriminación y
violación de los derechos humanos
Fuente:
ASAMBLEA GENERAL - NACIONES UNIDAS. (6 de julio de 2006) Estudio a
fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer. Informe del
Secretario General. Nueva York: Naciones Unidas. [fragmentos]
Las pruebas reunidas por los investigadores acerca de la difusión generalizada y
las múltiples formas de violencia contra la mujer, unidas a campañas de
promoción, desembocaron en el reconocimiento de que la violencia contra la
mujer era de carácter mundial y sistémica y estaba arraigada en los desequilibrios
de poder y la desigualdad estructural entre los hombres y las mujeres. Fue
fundamental la identificación del vínculo entre la violencia contra la mujer y la
discriminación.
La labor del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el
órgano establecido por tratado en 1982 para supervisar la aplicación de la
Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra
la Mujer, ha contribuido en alto grado al reconocimiento de la violencia contra la
mujer como una cuestión de derechos humanos. La Convención no se refiere
explícitamente a la violencia contra la mujer, pero el Comité para la Eliminación
de la Discriminación contra la Mujer ha dejado en claro que todas las formas de
violencia contra la mujer están comprendidas en la definición de discriminación
contra la mujer establecida en la Convención.
El Comité pide ordinariamente a los Estados parte que adopten las medidas
necesarias para poner fin a dicha violencia. En su recomendación general N° 12
(1989), señaló a los Estados parte la obligación de proteger a la mujer contra la
violencia establecida en varios artículos de la Convención y les pidió que
incluyeran en sus informes periódicos que presentan al Comité información sobre
la frecuencia de la violencia y las medidas adoptadas para erradicarla. En su
recomendación general N° 19 (1992) el Comité estableció con toda claridad la
13
conexión: afirmó inequívocamente que la violencia contra la mujer constituye
una forma de discriminación por motivos de género y que la discriminación es
una de las causas principales de dicha violencia. Ese análisis ubicó a la violencia
contra la mujer dentro de los términos de la Convención y la norma jurídica
internacional de no discriminación por motivos de sexo y, de tal modo,
directamente en el lenguaje, las instituciones y los procesos de derechos
humanos. Los procedimientos de investigación y denuncias individuales
previstos en el Protocolo Facultativo de la Convención, en vigor desde el año
2000, permiten que el Comité vaya elaborando una jurisprudencia en esta esfera.
En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993 se
vio una movilización mundial coordinada tendiente a reafirmar los derechos de
la mujer como derechos humanos. Mujeres provenientes de todas las regiones,
que representaban a gobiernos y a organizaciones no gubernamentales,
colaboraron y se organizaron para influir en los procesos preparatorios de la
Conferencia en los niveles regional y mundial haciendo campaña para incorporar
una perspectiva de género a el programa internacional de acción en materia de
derechos humanos e incrementar la visibilidad de las violaciones de los derechos
humanos de las mujeres. En la Declaración y Programa de Acción de Viena se
afirmó la universalidad de los derechos de la mujer como derechos humanos y se
hizo un llamamiento a la eliminación de la violencia por motivos de género. La
Conferencia de Viena también incrementó significativamente el impulso que
llevó poco después en ese mismo año a la adopción de la Declaración sobre la
eliminación de la violencia contra la mujer por parte de la Asamblea General.
La Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer expresa que la
violencia contra la mujer “constituye una manifestación de relaciones de poder
históricamente desiguales entre el hombre y la mujer, que han conducido a la
dominación de la mujer y a la discriminación en su contra por parte del hombre
e impedido el adelanto pleno de la mujer”. Pone de relieve los distintos escenarios
de la violencia contra la mujer: violencia en la familia, violencia en la comunidad,
y violencia cometida o tolerada por el Estado. La Declaración expresa
preocupación por el hecho de que algunos grupos de mujeres, como por ejemplo
las mujeres pertenecientes a minorías, las mujeres indígenas, las refugiadas, las
mujeres indigentes, las mujeres recluidas en instituciones o detenidas, las niñas,
14
las mujeres con discapacidades, las ancianas y las mujeres en situaciones de
conflicto armado son particularmente vulnerables a la violencia. Enuncia una
serie de medidas que deben adoptar los Estados para prevenir y eliminar la
violencia contra la mujer. Exige que los Estados condenen la violencia contra la
mujer y no invoquen ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa para
eludir su obligación de eliminarla.
Definiciones de la violencia contra la mujer
• Recomendación general N° 19
Recomendación general N° 19 del Comité para la Eliminación de la
Discriminación contra la mujer, párrs. 6 y 7:
La violencia contra la mujer por motivos de género es “la violencia dirigida
contra la mujer porque es mujer o que la afecta en forma desproporcionada.
Incluye actos que infligen daños o sufrimientos de índole física, mental o
sexual, amenazas de cometer esos actos, coacción y otras formas de privación
de la libertad.”
“La violencia contra la mujer, que menoscaba o anula el goce de sus derechos
humanos y sus libertades fundamentales en virtud del derecho internacional o
de los diversos convenios de derechos humanos, constituye discriminación,
como la define el artículo 1 de la Convención.”
• Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, artículo
1
Resolución 48/104 de la Asamblea General
Por “violencia contra la mujer” se entiende “todo acto de violencia basado en la
pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño
o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas
de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se
producen en la vida pública como en la vida privada.”
• Resolución de la Asamblea General sobre la eliminación de la violencia
contra la mujer en el hogar
15
Resolución 58/147 de la Asamblea General
Reconoce que “la violencia en el hogar puede incluir privaciones económicas y
aislamiento, y ese tipo de comportamiento puede constituir un peligro
inminente para la seguridad, la salud o el bienestar de la mujer.”
También como resultado de la Conferencia de Viena, la Comisión de Derechos
Humanos de las Naciones Unidas designó en 1994 una Relatora Especial sobre la
violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias. Ese mandato creó un
mecanismo institucional para hacer periódicamente un examen a fondo sobre la
violencia contra la mujer en todo el mundo y presentar el correspondiente
informe. Esa labor se lleva a cabo en el marco del régimen internacional de
derechos humanos, y comprende recomendaciones sobre la forma de eliminar la
violencia contra la mujer y sus causas, y corregir sus consecuencias. Mediante la
realización de análisis, recomendaciones y visitas a los países, la Relatora
Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias ha elevado
el nivel de conciencia acerca de las causas y consecuencias de las distintas formas
de violencia contra la mujer y ha profundizado la comprensión de los estándares
internacionales en esta esfera.
La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, adoptada por 189 países en la
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995,
consolidó esos avances al subrayar que la violencia contra la mujer es a la vez una
violación de los derechos humanos de las mujeres y un obstáculo para el pleno
disfrute a ser la exigencia de responsabilizar a los Estados por las medidas
encaminadas prevenir y eliminar la violencia contra la mujer. En la Plataforma
de Acción de Beijing se determinaron 12 esferas principales para la adopción de
medidas urgentes encaminadas a alcanzar los objetivos de igualdad, desarrollo y
paz; una de dichas esferas era la relacionada con la violencia contra la mujer. En
varias otras esferas de particular preocupación también se contemplaba a la
violencia contra la mujer.
La Plataforma de Acción de Beijing
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La esfera principal de preocupación de la Plataforma de Acción de Beijing sobre
la violencia contra la mujer comprende tres objetivos estratégicos:
• Adoptar medidas integradas para prevenir y eliminar la violencia contra
la mujer
• Estudiar las causas y las consecuencias de la violencia contra la mujer y
la eficacia de las medidas de prevención
• Eliminar la trata de mujeres y prestar asistencia a las víctimas de la
violencia derivada de la prostitución y la trata de mujeres.
Dentro de dichos objetivos, la Plataforma de Acción establece una serie de
medidas concretas que deben adoptar los gobiernos, en particular la aplicación
de los instrumentos internacionales de derechos humanos; la adopción y la
revisión periódica de legislación sobre la violencia contra la mujer, el acceso a la
justicia y a recursos efectivos; políticas y programas encaminados a proteger y
apoyar a las mujeres víctimas de la violencia, y medidas de sensibilización y
educación.
En el examen quinquenal de la Plataforma de Acción de Beijing llevado a cabo en
el año 2000, los Estados especificaron que la violencia contra las mujeres y las
niñas ya sea en su vida pública o privada, era una cuestión de derechos humanos
y pusieron de relieve la obligación de los Estados de hacer frente a dicha violencia.
Se pidió a los gobiernos que tomaran todas las medidas adecuadas para eliminar
la discriminación y la violencia contra la mujer por parte de cualquier persona,
organización o empresa, y que tipificaran como delitos a todas las formas de
violencia contra las mujeres y las niñas.
La resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, relativa a las mujeres y la
paz y la seguridad, fue un hito histórico en la lucha contra la violencia contra la
mujer en situaciones de conflicto armado. Reconociendo la necesidad de aplicar
plenamente las normas que protegen los derechos de las mujeres y las niñas
durante los conflictos armados y después de ellos, el Consejo de Seguridad instó
a que se adoptaran medidas especiales para proteger a las mujeres y las niñas de
17
la violencia por razón de género en situaciones de conflicto armado. En la
resolución también se puso de relieve la obligación de todos los Estados de poner
fin a la impunidad de los culpables.
Consecuencias de la categorización de la violencia contra la mujer
como un problema de derechos humanos
Fuente:
ASAMBLEA GENERAL - NACIONES UNIDAS. (6 de julio de 2006) Estudio a
fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer. Informe del
Secretario General. Nueva York: Naciones Unidas. [fragmentos]
La categorización de la violencia contra la mujer como una cuestión de derechos
humanos tiene importantes consecuencias. El reconocimiento de que la violencia
contra la mujer es una violación de derechos humanos clarifica las normas
vinculantes que imponen a los Estados las obligaciones de prevenir, erradicar y
castigar esos actos de violencia y los hacen responsables en caso de que no
cumplan tales obligaciones. Éstas emanan del deber de los Estados de tomar
medidas para respetar, proteger, promover y cumplir los derechos humanos. De
tal modo, la exigencia de que el Estado tome todas las medidas adecuadas para
responder a la violencia contra la mujer sale del reino de la discrecionalidad y
pasa a ser un derecho protegido jurídicamente.
(…)
Los derechos humanos aportan un conjunto unificador de normas que pueden
utilizarse para responsabilizar a los Estados en relación con el cumplimiento de
sus obligaciones, supervisar los progresos y promover la coordinación y la
congruencia.
El enfoque de la violencia contra la mujer como una cuestión de derechos
humanos empodera a las mujeres, al posicionarlas no como receptoras pasivas de
beneficios discrecionales, sino como activas titulares de derechos. Asimismo
realza la participación de otros promotores de los derechos humanos, inclusive
hombres y niños, que pasan a ser interesados en el enfoque de la violencia contra
18
la mujer como parte de la construcción del respeto por todos los derechos
humanos.
El reconocimiento de que la violencia contra la mujer es una cuestión de derechos
humanos también ha permitido que el discurso y la práctica en materia de
derechos humanos se vuelvan más inclusivos, al abarcar las experiencias de las
mujeres.
Cuando las experiencias particulares de las mujeres permanecen invisibles, no
contribuyen a la comprensión de las violaciones de los derechos humanos y las
formas de corregirlas. Por consiguiente, para que las normas de derechos
humanos sean plenamente universales, deben tener en cuenta las circunstancias
particulares de las mujeres. Un régimen de derechos humanos integrado e
inclusivo debe tener en cuenta no sólo las perspectivas de género, sino también
la gran diversidad de factores que conforman y fortalecen las experiencias de las
mujeres, y de los hombres, en materia de discriminación y violencia, en particular
en materia de raza, origen étnico, clase, edad, orientación sexual, discapacidad,
nacionalidad, religión y cultura.
La comprensión de la violencia contra la mujer como cuestión de derechos
humanos no excluye otros enfoques para la prevención y la eliminación de la
violencia, como los esfuerzos en materia de educación, salud, desarrollo y justicia
penal.
Más bien, el enfoque de la violencia contra la mujer como una cuestión de
derechos humanos inspira una respuesta indivisible, holística y multisectorial
que añade una dimensión de derechos humanos al trabajo en todos los sectores.
Exige que en todas las esferas se fortalezcan y aceleren las iniciativas
encaminadas a prevenir y eliminar la violencia contra la mujer, en particular en
los sectores de la justicia penal, la salud, el desarrollo, las actividades
humanitarias, la consolidación de la paz y la seguridad.
Dinámica de la violencia
Fuente:
ÁLVAREZ GARCÍA, MARIÁNGELES; SÁNCHEZ ALÍAS, ANA Mª; BOJÓ
BALLESTER, PEPA. (2016) Manual De Atención Psicológica A Víctimas De
19
Maltrato Machista. Donostia - Gipuzkoa: Colegio Oficial de la Psicología de
Gipuzkoa. [fragmentos]
Es fundamental poder devolver a la mujer que ha sido víctima de la violencia
machista y que tiene interiorizado un profundo sentimiento de vergüenza y
culpabilidad, la explicación tanto de las causas que explican el maltrato, como de
los factores que inciden en el mantenimiento de este tipo de relaciones.
El sentimiento de culpabilidad, como sabemos, les acompaña durante mucho
tiempo; primero, culpabilidad por no conseguir “hacer funcionar” la relación y,
posteriormente, cuando identifican el maltrato, por haber estado ahí durante un
tiempo sufriendo las consecuencias, tanto ellas como los hijos e hijas, si los hay.
La comprensión a nivel cognitivo, tanto del problema como del mantenimiento,
es de gran ayuda.
Evidentemente, en el mantenimiento de la relación se conjugan varios factores:
la dependencia económica, no tener trabajo, no disponer de economía propia, la
existencia de hijos, la falta de apoyo económico y/o afectivo fuera (no tener a
quién recurrir o a dónde ir), el miedo y la indefensión aprendida que lleva al
bloqueo, la inseguridad y confusión, la sintomatología emocional que le sume en
un estado ansioso- depresivo, la falta de autoestima a la que habrá llegado, etc.
Todos estos extremos son objeto de nuestro trabajo y aspectos a recuperar y
transformar.
El maltrato en la pareja no surge de forma repentina, sino que suele ser resultado
de un proceso más o menos prolongado que se inicia con conductas abusivas y
que posteriormente va aumentando en intensidad y frecuencia.
(…)
En efecto, numerosos estudios inciden en algunos puntos comunes que ayudan a
comprender la permanencia en la relación: la intermitencia de la violencia, con el
refuerzo positivo que proviene del mismo agresor, la dependencia material y
emocional del mismo (como ocurre en los caos de víctimas de guerra o
secuestros), la existencia de un vínculo afectivo con las creencias sobre el mismo
y la teoría de la indefensión aprendida (Seligman, 1975; Walker, 1979).
20
Cuando una persona se enfrenta a un acontecimiento que es independiente de sus
respuestas, aprende que es incontrolable. La víctima se mantiene inmóvil dentro
de la relación, sin esperanza de que la violencia acabe y sin ver otras alternativas
a las que pueda acceder.
Ciclo de violencia
Fuente:
ÁLVAREZ GARCÍA, MARIÁNGELES; SÁNCHEZ ALÍAS, ANA Mª; BOJÓ
BALLESTER, PEPA. (2016) Manual De Atención Psicológica A Víctimas De
21
Maltrato Machista. Donostia - Gipuzkoa: Colegio Oficial de la Psicología de
Gipuzkoa. [fragmentos]
Generalmente el maltrato no es continuo, sino que se alternan fases de agresión
con las de cariño o calma. Es lo que L. Walker denominó "ciclo de la violencia",
que nos ayuda a entender cómo se produce y se mantiene la violencia en la pareja.
Este ciclo varía en intensidad, duración y frecuencia, pero con el tiempo el
intervalo entre etapas se hace más corto.
Fase de acumulación de la tensión: En esta fase los actos o actitudes hostiles hacia
la mujer se suceden, produciendo conflictos dentro de la pareja. La hostilidad del
hombre va en aumento sin motivo comprensible y aparente para la mujer. El
agresor puede demostrar su violencia de forma verbal y, en algunas ocasiones,
con agresiones físicas, con cambios repentinos de ánimo, que la mujer no acierta
a comprender y que suele justificar, ya que no es consciente del proceso de
violencia en el que se encuentra involucrada. De esta forma, la víctima siempre
intenta calmar a su pareja, procura complacerle y evitar aquello que le moleste,
en la creencia de que así eludirá los conflictos y podrá controlar a su pareja, e,
incluso, con la equivocada creencia de que esos conflictos son provocados por ella,
en algunas ocasiones.
Fase de explosión: Estalla la violencia y se producen las agresiones físicas,
psicológicas y sexuales. Esta fase suele ser corta y aquí se da la mayor
probabilidad de sufrir lesiones graves o de alto riesgo para su vida. Suele ser en
esta fase cuando la mujer denuncia o pide ayuda.
Fase de reconciliación: Más conocida como “fase de luna de miel”: en esta etapa
el agresor manifiesta que se arrepiente y pide perdón. Para evitar que la relación
se rompa utiliza estrategias de manipulación afectiva (regalos, caricias, disculpas,
promesas...). También suele transferir la culpa del conflicto a la mujer, negando
su responsabilidad. Ella a menudo piensa que todo cambiará y, con frecuencia,
retira la denuncia y/o rechaza la ayuda ofrecida por la familia o por servicios
sociales y sanitarios. En algunas ocasiones, busca justificaciones tales como que
su pareja tiene problemas y que debe ayudarle a resolverlos.
22
En la medida en que los comportamientos violentos se van afianzando y ganando
terreno, la fase de reconciliación tiende a desaparecer y los episodios violentos se
aproximan en el tiempo.
El ciclo suele comenzar de una forma insidiosa y sutil (maltrato psicológico
mediante estrategias de control) que afecta a la autoestima de la víctima. Después
se suceden agresiones verbales que, unidas al maltrato psicológico, aumentan la
intensidad del desprecio. Finalmente se produce la agresión física,
incrementando tanto la intensidad como la frecuencia del maltrato. Es una
escalada de violencia (Jáuregui Balenciaga, I. 2006).
Hemos de tener en cuenta este ciclo porque va a repercutir en la urgencia para
recibir atención (fase de explosión) y, a veces, en la retirada de la denuncia y tal
vez reticencia a seguir en la terapia en la fase de reconciliación. Por ello, en cuanto
una mujer acude a nosotros es muy importante establecer un vínculo con ella, que
sienta que se encuentra en un espacio seguro, que se sienta acogida y que entienda
que el trabajo pretende ayudarle a sentirse mejor y recuperarse de sus síntomas.
Cualquier proyección de alguna expectativa por nuestra parte o una indicación
como “deberías pensar en separarte”, va a provocar desconfianza, incomodidad y
ruptura de la relación de ayuda.
Espiral de la violencia
Fuente:
RED DE MUJERES JÓVENES POR LA DEMOCRACIA PARITARIA (2020) “LA
PANDEMIA COMO AL PATRIARCADO, LO VENCEMOS JUNTAS”. Protocolo
para atender la "Violencia de género durante la contingencia COVID-19 en
Jalisco. Jalisco: Red De Mujeres Jóvenes Por La Democracia Paritaria.
[fragmentos]
Tienes que saber, que la violencia, fluye en grados y niveles como si estuviera
dentro de un espiral, de modo que puede atravesar por las diferentes fases en un
mismo momento, así cómo aumentar de nivel sin que sea escalonado.
23
Impacto del maltrato en la salud de las mujeres
Fuente:
ÁLVAREZ GARCÍA, MARIÁNGELES; SÁNCHEZ ALÍAS, ANA Mª; BOJÓ
BALLESTER, PEPA. (2016) Manual De Atención Psicológica A Víctimas De
Maltrato Machista. Donostia - Gipuzkoa: Colegio Oficial de la Psicología de
Gipuzkoa. [fragmentos]
Las consecuencias psicológicas del maltrato crónico pueden resultar
devastadoras para la regulación emocional de la persona que lo sufre. Un elevado
porcentaje de víctimas de violencia presentan un perfil psicopatológico
caracterizado por el estrés crónico, estrés postraumático (TEPT) y por otras
alteraciones clínicas (depresión, ansiedad, síntomas depresivos, tendencias
suicidas, baja autoestima, sentimientos de culpa, etc.).
24
Ser víctima de violencia de género de alta o baja intensidad durante periodos
prolongados produce daños, tanto biológicos como psicológicos.
Las/os profesionales que trabajan con víctimas de maltrato han incorporado la
perspectiva del trauma para explicar los daños psíquicos que presentan las
mujeres que han sufrido violencia de género en sus diferentes versiones
(emocional, física, cognitiva, económica, sexual). Este marco teórico permite
entender los padecimientos de las mujeres maltratadas, relacionando sus
dolencias con las condiciones en las que viven.
CONSECUENCIAS EN LA SALUD
A. Consecuencias mortales:
• Homicidio • Suicidio
B. Consecuencias no mortales:
• Síntomas inespecíficos
• Lesiones traumáticas
• Afecciones genitourinarias
• Problemas con el embarazo
• Comportamientos de riesgo
• Efectos en la salud mental
• Efectos en los hijos e hijas
EFECTOS EN LA SALUD MENTAL
A. Patologías agravadas
B. Trastornos cognitivos y relacionales
C. Depresión, es el trastorno más diagnosticado
• Estado de ánimo
• Desesperanza
• Baja autoestima
• Culpa
• Pérdidas
• Falta de proyección de futuro
• Suicidio
D. Trastorno por estrés postraumático
25
• Reexperimentación:
a. Miedo
b. Pesadillas
c. Recuerdos intrusivos
• Evitación:
a. Distanciamiento emocional
b. Aislamiento
c. Escasa proyección de futuro
• Activación fisiológica:
a. Dificultades en el sueño
b. Problemas de atención y
concentración
c. Irritabilidad
d. Hipervigilancia
e. Alerta y sobresalto
OTROS EFECTOS EN LA SALUD PSÍQUICA
• Devastación emocional
• Miedo
• Parálisis
• Desesperanza
• Rabia
• Aislamiento
• Culpa
• Ansiedad
• Victimización
• Autoestima
• Trastornos del sueño
• Trastornos de la atención
• Trastornos de la memoria
• Hipervigilancia
• Adicciones
• Auto-lesiones
La violencia sufrida sin duda tiene efectos, a veces incluso muy intensos y
perdurables, por lo que tras diagnosticar los efectos que ha producido en cada
caso de forma precisa y eficaz, intervendremos para ayudarles a superar las
consecuencias del maltrato, en muchos casos cronificadas.
26
MARCO NORMATIVO
INTERNACIONAL,
REGIONAL Y
NACIONAL
27
Marco normativo internacional y regional en materia de violencia de
género
Fuente:
MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD– ARGENTINA.
(2020) Plan nacional de acción contra las violencias por motivos de género
(2020 - 2022). Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministerio de las Mujeres,
Géneros y Diversidad de la Nación. [fragmentos]
El derecho de las mujeres y las personas LGBTI+ a tener una vida libre de
violencias se ha desarrollado de forma prolífica en las últimas décadas, tanto en
el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos como en el orden
jurídico nacional, compuesto por una robusta legislación protectora en esta
materia.
De acuerdo con los principios y estándares del derecho internacional de los
derechos humanos, el derecho a recibir asistencia y protección frente a todas las
formas de violencias de género establece la obligación de los Estados de actuar
con debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar tales hechos, así como
para garantizar a las víctimas el acceso efectivo a la justicia y a una reparación
integral.
28
El primer instrumento específico de protección de los derechos humanos de las
mujeres es la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), en 1979. La
CEDAW, que goza de jerarquía constitucional (en virtud del artículo 75 inciso 22
de la Constitución Nacional), pertenece al ámbito del sistema de protección de las
Naciones Unidas y contiene diversas disposiciones en materia de igualdad y no
discriminación. Pese a no mencionarse específicamente en su articulado el
derecho a una vida libre de violencias, el Comité para la Eliminación de la
Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) —órgano de supervisión de la
Convención—, afirmó en la Recomendación General 19 que “la violencia contra la
mujer es una forma de discriminación que inhibe gravemente la capacidad de la
mujer de gozar de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre”, de
modo que los Estados deben adoptar medidas efectivas para superar todas las
formas de violencia basadas en el género. La Recomendación General 35 del año
2017 completa y actualiza el alcance de la Convención en materia de violencias
contra las mujeres por motivos de género y debe leerse conjuntamente con ella
“El concepto de “violencia contra la mujer”, tal como se define en la
recomendación general número 19 y en otros instrumentos y documentos
internacionales, hace hincapié en el hecho de que dicha violencia está basada en
el género. En consecuencia, en la presente recomendación, la expresión “violencia
por razón de género contra la mujer” se utiliza como un término más preciso que
pone de manifiesto las causas y los efectos relacionados con el género de la
violencia. (Párrafos 8 y 9).
El primer tratado que aborda con especificidad el tema de las violencias por
motivos de género es la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que data
de 1994 y pertenece al ámbito del sistema interamericano de protección. Esta
Convención tiene especial trascendencia por ser el primer instrumento de ese
tenor en reconocer el derecho a una vida libre de violencias como un derecho
humano y en detallar los deberes de los Estados Parte en materia de prevención,
sanción y erradicación de las violencias de género. Tanto por la riqueza de su
contenido como por su trascendencia histórica, la Convención de Belém do Pará
29
constituye una guía insoslayable para el diseño e implementación de políticas
públicas en esta temática.
En el año 2002 Argentina ratificó, mediante la ley 25.632, la Convención de las
Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus
protocolos facultativos. Entre ellos se destaca el Protocolo para Prevenir,
Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños
(Protocolo de Palermo). Este Protocolo fue el primer instrumento jurídico
internacional creado con el objetivo de abordar todos los aspectos de la trata de
personas, de cuya modalidad con fines de explotación sexual las mujeres y
personas LGBTI+ son las principales afectadas. Los fines del Protocolo son, según
el artículo 2, prevenir y combatir la trata de personas, “con especial atención a las
mujeres y los niños”, proteger y ayudar a las víctimas de trata y promover la
cooperación entre los Estados Parte para lograrlo.
Los estándares en materia de violencias de género han sido además desarrollados
y profundizados por los distintos organismos internacionales de protección, tanto
bajo el sistema de casos y peticiones individuales como por la prolífica labor de
los diversos comités de seguimientos de los tratados de derechos humanos. La
Corte Interamericana de Derechos Humanos acuñó un estándar trascendental al
desarrollar el concepto de “debida diligencia reforzada” para definir el alcance de
los deberes estatales en esta temática. Esta regla implica que el Estado tiene un
deber de prevención y protección calificado o “reforzado”, en razón de su posición
de garante frente a patrones de violencia estructural que afectan a ciertos grupos
subordinados o en situación de vulnerabilidad.
De acuerdo con el tribunal regional, la obligación de realizar medidas integrales
para cumplir con la debida diligencia en casos de violencias de género incluye el
deber de contar con un marco jurídico adecuado de protección, pero también
exige diseñar e implementar una estrategia de prevención amplia, dirigida a
evitar, y en su caso eliminar, los factores de riesgo y a fortalecer las instituciones
para que puedan proporcionar una respuesta efectiva a los casos de violencias
contra las mujeres. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
precisó, asimismo, que los estándares en materia de violencia de género
comprenden a su vez la protección de las personas LGBTI+, aunque la orientación
30
sexual y la identidad de género no estén expresamente incluidas en la Convención
de Belém do Pará.
En ese mismo sentido, cabe mencionar que en el ámbito de Naciones Unidas se
aprobaron en 2016 los “Principios sobre la aplicación de la legislación
internacional de derechos humanos con relación a la orientación sexual y la
identidad de género” (Principios de Yogyakarta). Este documento no es un
instrumento jurídicamente vinculante, pero establece estándares legales para
guiar la actuación de los Estados y otros agentes en materia de prevención y
erradicación de la violencia, abuso y discriminación sistemática que sufren las
personas LGBTI+.
Corresponde aclarar que aun cuando no abordan con especificidad el tema de las
violencias de género, la mayor parte de los instrumentos internacionales de
derechos humanos con jerarquía constitucional en Argentina contienen cláusulas
alusivas al reconocimiento a la igualdad entre varones y mujeres y al acceso a la
justicia, que permiten contar con elementos para prevenirlas y defender los
derechos de las mujeres y de las personas LGBTI+ frente a tales violencias.
Por otra parte, los mecanismos encargados de supervisar el efectivo
cumplimiento de la CEDAW y de Belém do Pará han evaluado en los últimos años
la situación argentina y formularon una serie de recomendaciones para el diseño
de políticas en materia de género, que han sido centrales en la elaboración de este
Plan. Tanto el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará
(MESECVI) como el Comité CEDAW instaron al Estado argentino a garantizar el
acceso a la justicia a todas las mujeres, sin distinción por razones de diversidad
sexual, identidad de género, etnia, condición de mujer rural o afrodescendiente,
ni por tratarse de una mujer con discapacidad, privada de la libertad, migrante o
desplazada, a través de mecanismos reales que permitan contar con servicios de
calidad en toda la ruta institucional de atención, investigación y enjuiciamiento.
Asimismo, ambos exigieron reforzar las medidas para asegurar en todo el
territorio servicios especializados, particularmente refugios para los casos más
extremos. Además, insistieron en que se adopten las acciones necesarias para
garantizar que las personas en situación de violencia tengan acceso a recursos
31
eficaces y oportunos en materia de reparación integral, que incluyan como
mínimo medidas de restitución, indemnización y rehabilitación.
En materia de prevención, además de instar a desarrollar políticas culturales
tendientes a desmantelar las situaciones de desigualdad y exclusión estructural
de las mujeres, los organismos hicieron hincapié en la urgencia de implementar
acciones para sensibilizar y capacitar en materia de género a lxs funcionarixs y
personal de todos los poderes del Estado. Cabe remarcar también las
recomendaciones concretas dirigidas a crear sistemas de registro e información
públicos y fiables y la sugerencia enfática de establecer una encuesta nacional de
prevalencia de violencia contra las mujeres con cobertura nacional. Estas
recomendaciones son el fruto de la preocupación general por la falta de datos
sistematizados y confiables sobre los casos de violencia de género.
La vigencia actual del compromiso asumido por la comunidad internacional en
materia de igualdad y no discriminación se ve plasmada también en los Objetivos
de Desarrollo Sostenible. Estos Objetivos son, en parte, una continuación de los
Objetivos de Desarrollo del Milenio y entre sus 17 puntos, el Objetivo 5 se propone
“lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas”. Para
alcanzarla los Estados se han comprometido, entre otras acciones, a “poner fin a
todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el
mundo” y a “eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las
niñas en el ámbito público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y
otros tipos de explotación”. Cabe mencionar que la nueva institucionalidad que
representa la creación del MMGyD permitirá cumplir de forma más efectiva y
contundente con cada una de las 5 metas que componen dicho objetivo.
Específicamente, la sinergia y co-construcción de compromisos logrados con los
Ministerios en materia de políticas que aborden la violencia por motivos de
género permitirá dar respuesta y mostrar avances en relación a esta agenda en
particular.
Resulta importante mencionar también la importancia que el tratamiento de las
intersecciones ha tenido en el ámbito normativo internacional y que también se
constituye como marco de referencia para el presente Plan.
32
En el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos, se ha hecho
especial énfasis en que a la perspectiva de género se le debe sumar asimismo el
enfoque de interseccionalidad, de modo tal de dar cuenta de la relación del género
con otras condiciones de vulnerabilidad que lo interseccionan, tales como: edad,
pobreza, orientación sexual, identidad de género, migración y desplazamiento
interno, discapacidad, pertenencia a comunidades indígenas u otras minorías,
ruralidad, privación de la libertad, entre otras. Estas interseccionalidades han
sido abordadas por diversos instrumentos internacionales y han sido objeto de
pronunciamientos específicos por parte de los comités. Estos diversos factores
que incrementan la situación de vulnerabilidad de mujeres y personas LGBTI+
no solo han sido considerados al elaborar este documento, sino que es uno de los
pilares sobre los que está construido el Plan Nacional de Acción 2020-2022.
Marco normativo nacional en materia de violencias de género
Fuente:
MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD– ARGENTINA.
(2020) Plan nacional de acción contra las violencias por motivos de género
(2020 - 2022). Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministerio de las Mujeres,
Géneros y Diversidad de la Nación. [fragmentos]
En sintonía con muchos de los estándares señalados en el apartado anterior, en
el ámbito interno se han adoptado una serie de normas de avanzada en estas
temáticas. El mayor hito normativo en temas de violencias contra las mujeres fue
la sanción, en marzo de 2009, de la Ley 26.485 de Protección Integral de las
Mujeres. Un año antes, en abril de 2008 y en consonancia con el Protocolo de
Palermo, fue sancionada la Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de
Personas y Asistencia a sus Víctimas, modificada luego por la ley 26.842. La
creación de ambas leyes da cuenta del compromiso del Estado Nacional de dar
cumplimiento a las obligaciones internacionales suscritas en materia de
prevención, sanción y erradicación de las violencias por motivos de género.
33
En materia de reconocimiento de derechos de las personas LGBTI+, Argentina
ha sido pionera al sancionar la Ley 26.618, que modificó el Código Civil y
Comercial de la Nación para incorporar al matrimonio igualitario y la Ley 26.743
de Identidad de Género, que reconoce la identidad autopercibida de cada persona
y su derecho a un trato digno, independientemente del sexo asignado al nacer y
de sus registros identificatorios. Por lo demás, es preciso remarcar que las
disposiciones contempladas en esta norma proyectan sus efectos en todas las
medidas que se impulsen para prevenir, erradicar y reparar las violencias por
motivos de género.
Otro avance legislativo trascendental en materia de violencias por motivos de
género fue la sanción, en noviembre de 2012, de la Ley 26.791, que reformó el
artículo 80 del Código Penal para criminalizar de modo agravado ciertos
homicidios especialmente relacionados con el fenómeno de las violencias de
34
género. La Ley amplió la figura del homicidio calificado por el vínculo (inciso 1),
que previamente sólo comprendía a los cónyuges, a un abanico de relaciones
presentes y pasadas, hubiera habido o no convivencia, y amplió el catálogo de
crímenes de odio a aquellos cometidos por odio de género o a la orientación
sexual, identidad de género o su expresión (inciso 4).
Además, la Ley 26.791 incorporó los incisos 11 y 12. El inciso 11 agrava el
homicidio de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare
violencia de género, es decir, recepta la figura del femicidio y el inciso 12 agrava
el homicidio cometido con el propósito de causar sufrimiento a una persona con
la que se mantiene o ha mantenido una relación. Si bien este último inciso es
neutro en términos de género, es un reflejo de lo que la doctrina define como
“femicidio vinculado”.
En consonancia con la tipificación del femicidio, la Ley 27.363 dispuso la reforma
del Código Civil y Comercial de la Nación para establecer la privación de la
responsabilidad parental al progenitor condenado como autor, coautor,
instigador o cómplice del delito de homicidio agravado por el vínculo o mediando
violencia de género. Más recientemente, la Ley 27.452 (Ley Brisa) instauró un
régimen de reparación económica para lxs hijxs de víctimas de femicidios.
Como corolario del robusto marco normativo argentino en materia de
prevención, sanción y erradicación de las violencias por motivos de género cabe
mencionar a la Ley 27.499 (Ley Micaela), que establece la capacitación obligatoria
en las temáticas de género y violencias por motivos de género para todas las
personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y
jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.
La ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres y el Ministerio de
las Mujeres, Género y Diversidad de la Nación como organismo
rector
Fuente:
MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD– ARGENTINA.
(2020) Plan nacional de acción contra las violencias por motivos de género
(2020 - 2022). Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministerio de las Mujeres,
Géneros y Diversidad de la Nación. [fragmentos]
35
La sanción de la ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres marcó un
cambio de paradigma en el abordaje de la violencia por motivos de género, ya que
la norma que primero abordó la temática (la Ley 24.417) lo hizo de forma acotada.
La Ley 24.417 fue una ley de “Protección contra la Violencia Familiar”
estrictamente, ceñida al ámbito doméstico y sin hacer alusión al género de las
principales personas que se encuentran en esa situación.
Esta ley fue sancionada en consonancia con los preceptos de la Convención de
Belém do Pará. Tiene como objeto promover y garantizar, entre otros y según el
artículo 2, “a) La eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en
todos los órdenes de la vida; b) El derecho de las mujeres a vivir una vida sin
violencia; c) Las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y
erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus
manifestaciones y ámbitos; d) El desarrollo de políticas públicas de carácter
interinstitucional sobre violencia contra las mujeres; e) La remoción de patrones
socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las
relaciones de poder sobre las mujeres; f) El acceso a la justicia de las mujeres que
padecen violencia; y g) La asistencia integral a las mujeres que padecen violencia
en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas
destinadas a las mujeres y/o en los servicios especializados de violencia”.
En el artículo 4 brinda una definición amplia del concepto de violencia contra las
mujeres como “toda conducta, acción u omisión que, de manera directa o
indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación
desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica,
sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal.
Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se
considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta,
acción omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la
mujer en desventaja con respecto al varón.”
El Título II de la Ley 26.485 contiene un apartado específico sobre las políticas
públicas. El mismo está dividido en cuatro capítulos que comprenden: I) los
principios rectores que deben guiarlas, II) el organismo competente en la
36
materia, III) los lineamientos básicos para las políticas estatales y IV) el
observatorio de la violencia contra las mujeres.
El organismo designado como competente, según el artículo 8 de la Ley, fue el
entonces Consejo Nacional de la Mujer (luego Consejo Nacional de las Mujeres y,
desde el 2017, reconvertido en Instituto Nacional de las Mujeres). Al crearse el
MMGyD el 10 de diciembre del 2019, como respuesta a la demanda de jerarquizar
las políticas públicas que aborden esta temática e incorporar la perspectiva de la
diversidad, dicho Instituto fue suprimido. Así, el Ministerio se constituyó como
el organismo rector encargado del diseño de las políticas públicas necesarias para
efectivizar las disposiciones de la Ley N° 26.485.
El artículo 9 enumera un listado de facultades propias del organismo competente,
de las cuales la primera es “Elaborar, implementar y monitorear un Plan Nacional
de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las
Mujeres”. El Decreto Reglamentario 1011/2010 le reconoció además la potestad
al órgano rector de “Instar a quien corresponda a la ejecución de las acciones
previstas en el respectivo Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia
y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres” (artículo 9 inciso 4).
Tipos y modalidades de violencias por motivos de género
Fuente:
MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD– ARGENTINA.
(2020) Plan nacional de acción contra las violencias por motivos de género
(2020 - 2022). Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministerio de las Mujeres,
Géneros y Diversidad de la Nación. [fragmentos]
Conforme el marco normativo reseñado con anterioridad, las violencias por
motivos de género constituyen una práctica estructural violatoria de los derechos
humanos y las libertades fundamentales que afecta gravemente a mujeres y a las
personas LGBTI+. No sólo supone el maltrato físico, sino que incluye también
otras formas de violencias como la psicológica, sexual, económica, simbólica y
mediática.
37
En ese mismo sentido, en el artículo 5 de la Ley 26.485 define seis tipos y ocho
modalidades posibles de violencia contra las mujeres, de acuerdo con el detalle
que se señala a continuación:
1. Física
La que se emplea contra el cuerpo de la persona produciendo dolor, daño o riesgo
de producirlo y cualquier otra forma de maltrato que afecte su integridad física.
2. Psicológica
La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y
perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus
acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso,
hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación,
aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia
de obediencia, sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia,
abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del
derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud
psicológica y a la autodeterminación.
3. Sexual
Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin
acceso genital, del derecho de las mujeres de decidir voluntariamente acerca de
su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o
intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones
vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución
forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.
4. Económica y patrimonial
La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o
patrimoniales de las mujeres, a través de: (a) La perturbación de la posesión,
tenencia o propiedad de sus bienes; (b) La pérdida, sustracción, destrucción,
retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo,
documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales; (c) La
limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o
38
privación de los medios indispensables para vivir una vida digna; (d) La
limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor
por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.
5. Simbólica
La que se presenta a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos
o signos que transmitan y reproduzcan dominación, desigualdad y
discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la
mujer en la sociedad.
6. Política
La que se dirige a menoscabar, anular, impedir, obstaculizar o restringir la
participación política de las mujeres, vulnerando el derecho a una vida política
libre de violencias y/o el derecho a participar en los asuntos públicos y políticos
en condiciones de igualdad con los varones.
Las diversas modalidades en que pueden manifestarse los distintos tipos de
violencia contra las mujeres en los diferentes ámbitos se encuentran descritas en
el artículo 6, que comprende las siguientes:
Violencia doméstica
Aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar,
independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad,
el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la
libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo
de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea
por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las
parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo
requisito la convivencia.
Violencia institucional
Aquella realizada por lxs funcionarixs, profesionales, personal y agentes
pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin
retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas
39
públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas,
además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones
empresariales, deportivas y de la sociedad civil.
Violencia laboral
Aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o
privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad
o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad,
edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también
violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual
remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento
psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de
lograr su exclusión laboral.
Violencia contra la libertad reproductiva
Aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente
el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con
la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación
Responsable.
Violencia obstétrica
Aquella que ejerce el personal de la salud sobre el cuerpo y los procesos
reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de
medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la
Ley 25.929.
Violencia mediática
Aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de
cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta
promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine,
deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también
la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes
pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones
40
socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra
las mujeres.
Violencia contra las mujeres en el espacio público
Aquella ejercida contra las mujeres por una o más personas, en lugares públicos
o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales, a través
de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que
afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia
y/o generen un ambiente hostil u ofensivo.
Violencia pública-política
Aquella que, fundada en razones de género, mediando intimidación,
hostigamiento, deshonra, descrédito, persecución, acoso y/o amenazas, impida o
limite el desarrollo propio de la vida política o el acceso a derechos y deberes
políticos, atentando contra la normativa vigente en materia de representación
política de las mujeres, y/o desalentando o menoscabando el ejercicio político o
la actividad política de las mujeres, pudiendo ocurrir en cualquier espacio de la
vida pública y política, tales como instituciones estatales, recintos de votación,
partidos políticos, organizaciones sociales, asociaciones sindicales y medios de
comunicación, entre otros.
41
ESTADÍSTICAS
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REGISTRO NACIONAL DE FEMICIDIOS
Desde el 1° de Enero hasta el 30 de Agosto del 2021
Fuente:
MUMALA Mendoza (31 de agosto de 2021) Mumala Mendoza - 2⃣0⃣2⃣1⃣
REGISTRO NACIONAL DE FEMICIDIOS... [Estado de facebook]. Recuperado
de:
https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=4407596109283903&id=517327
314977488&sfnsn=scwspwa
Presentamos los datos de los primeros ocho meses del año de Femicidios -
Lesbi/Trans/Travesticidios de nuestro #ObservatorioMumalá Mujeres,
Disidencias, Derechos.
Desde el 1° de Enero hasta el 30 de Agosto del 2021.
142 Femicidios en Argentina de un total de 219 muertes violentas de mujeres.
Continúa siendo urgente la implementación de políticas públicas integrales hacia
quienes se encuentran en situación de violencia de género.
De acuerdo a los datos se cuentan 219 muertes violentas de mujeres, travestis
y trans, es decir 1 muerte violenta cada 26 horas; de las cuales:
142 son Femicidios, femicidios vinculados y trans - travesticidios.
32 muertes violentas asociadas al género, vinculadas a economías delictivas y
robos.
34 muertes violentas de mujeres están en proceso de investigación (esperando
autopsia y peritajes.)
11 suicidios femicidas
En lo que va del 2021 151 niñxs y adolescentes se quedaron sin madre.
Datos a resaltar:
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Las provincias que presentan mayor tasa provincial de femicidios son: Santiago
del Estero, Formosa, Neuquén, Tucumán, La Rioja, Salta y Chaco. Todas ellas,
superan ampliamente la tasa nacional de femicidios. (0.54%)
El 62% de los femicidios fueron cometidos en la vivienda de la víctima o en la
vivienda compartida.
El 56 % de las víctimas tenía entre 19 a 40 años. La edad promedio de las
víctimas es de 39 años.
6 de cada 10 femicidios fueron cometidos por parejas o ex parejas de las
víctimas.
El 24% de las víctimas había denunciado a su agresor. El 15% tenía orden de
restricción de contacto o perimetral y el 2% botón antipánico.
Es responsabilidad del estado garantizar la seguridad de las víctimas
mediante la intervención integral de las instituciones públicas.
El 35 % de las víctimas fue asesinada con un arma blanca.
El 14% de los femicidas tenía antecedentes en violencia de género.
El 13% de los femicidas era integrante de las fuerzas de seguridad.
En un contexto electoral dónde los discursos ganan terreno, estos datos nos
bajan abruptamente a una realidad que no cesa: las mujeres y diversidades
seguimos muriendo a manos de la violencia machista.
Que se declare la #EmergenciaNiUnaMenos.
#vivasylibresnosqueremos
Mujeres de la Matria Latinoamericana. Libres y Diverses Nacional
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Entre el 01 de Enero y el 31 de Diciembre del 2020
Fuente:
MUMALA Mendoza (3 de enero de 2021) Mumala Mendoza - REGISTRO
NACIONAL DE FEMICIDIOS... [Estado de facebook]. Recuperado de:
https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=3713623185347869&id=517327
314977488&sfnsn=scwspwa
Se perpetraron 329 muertes violentas de mujeres, travestis y trans de las cuales
270 son femicidios directos, femicidios vinculados y trans- travesticidios.
2020: 1 Femicidio cada 32 hs
Hubo, además, 278 intentos de femicidios.
300 niños, niñas y adolescentes se quedaron sin madre.
Info Femicidios 2020:
270 Femicidios, de los cuales:
- 230 fueron directos.
- 15 vinculados de niñas/mujeres.
-17 vinculados de niños y varones
- 6 trans/travesticidios
- 2 lesbicidios
- Otros 34 muertes violentas están en proceso de investigación.
En Contexto de Pandemia COVID-19 hubo 203 Femicidios.
Desde MuMaLá exigimos al Estado Nacional presupuesto acorde para la
atención integral de mujeres e integrantes del colectivo LGTBIQ+.
Reclamamos la implementación urgente de todas las medidas económicas
anunciadas por el gobierno para víctimas de violencia de género y el colectivo
travesti trans, que siguen con demoras burocráticas y clientelares (Programa
Potenciar Trabajo, Programa Acompañar).
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OTROS DATOS:
- En el 40% de los casos víctima y victimario convivían.
- El 13% de las víctimas estuvo desaparecida.
- El 7% fue abusada sexualmente.
- El 4% ejercía la prostitución.
- El 8% de las mujeres era migrante de otro país, el 4% de otra provincia.
La tasa nacional de Femicidios es de 1,1 c/ 100.000 mujeres.
Las provincias tasas más altas son: Jujuy, Tucumán, Salta Chaco y Corrientes.
Es urgente declarar la #EmergenciaNiUnaMenos; la implementación de la Ley de
Educación Sexual Integral y la aplicación efectiva de la Ley Micaela de
capacitación obligatoria en género y violencia de género en todos los ámbitos del
Estado, desde una perspectiva feminista, diverse – disidente.
Mujeres de la Matria Latinoamericana. Libres y Diverses Nacional
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GUÍA DE
HERRAMIENTAS
PRÁCTICAS SOBRE
COMO ACCIONAR
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¿Cómo saber si vives en situación de violencia?
Fuente:
RED DE MUJERES JÓVENES POR LA DEMOCRACIA PARITARIA (2020)
“LA PANDEMIA COMO AL PATRIARCADO, LO VENCEMOS JUNTAS”.
Protocolo para atender la "Violencia de género durante la contingencia
COVID-19 en Jalisco. Jalisco: Red De Mujeres Jóvenes Por La Democracia
Paritaria. [fragmentos]
Existen distintas formas de experimentar o vivir la violencia:
Psicológica
Está presente en todo momento, es la más sutil, afecta tu personalidad porque
puede causarte confusión, desorientación y desconfianza ante la toma de
decisiones.
Se manifiesta de las siguientes maneras:
• Controla cómo y con quienes te relacionas, pueden ser amistades o
familiares
• Controla tu forma de vestir
• Se enoja súbitamente, te amenaza
• Te hace sentir menos o que tus opiniones no cuentan
• Te hace sentir responsable o culpable de todo lo malo que le sucede
• No respeta tu intimidad
• No reconoce tus cualidades, únicamente tus defectos
• Te trata con crueldad
• Muestra celos continuamente
• Te acusa de infidelidad
• Critica las costumbres y las tradiciones de tu familia y amistades
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• Siempre quiere tener la razón
Física
Es el acto intencional con fuerza física que puede causar daño a tu cuerpo, con
lesiones visibles o internas
Se manifiesta de las siguientes maneras:
• Golpes
• Empujones
• Jalones de cabello
• Patadas
• Cachetadas
• Heridas
• Quemaduras
• Zapes
• Mordidas
• Intento de ahorcamiento
Económica
Son conductas que afectan tu supervivencia económica
Se manifiesta de las siguientes maneras:
• Controla o quita tu dinero
• Te obliga a que te endeudes de diferente manera
• Te niega el dinero para comprar alimentos
• No cumple con la pensión alimenticia obligatoria
Sexual
Es el uso y abuso de tu cuerpo, sin tu consentimiento
Se manifiesta de las siguientes maneras:
• Toca tu cuerpo sin que estés de acuerdo
• Te obliga a tener relaciones sexuales o verlas o realizar conductas
sexuales que no te gustan
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• Te obliga a tomarte fotos sin que tú lo quieras hacer
Patrimonial
Este tipo de violencia se da cuando el agresor se aprovecha de tu confianza
Se manifiesta de las siguientes maneras:
• Empeñar tus objetos de valor (celular, televisión, radio. anillos,
pulseras, reloj, computadora, etc.)
• Pone a su nombre tus propiedades, mediante el engaño
• Destruye tus cosas de valor
• Pierde, esconde, o rompe tus documentos personales
• Recuerda que la agresión nunca, pero nunca es culpa de la víctima.
Evita juzgar, y hacer comentarios sobre ¿Por qué no deja al agresor?
Aquí te dejamos algunas de las causas:
• En muchos casos, dependen económicamente del agresor.
• Le tienen miedo, y durante esta pandemia, estarán bajo su mirada todo
el tiempo.
• Presión psicológica... -Si me dejas me mato.
• La esperanza de que algún día va a cambiar; Ya que la sociedad nos ha
vendido el cuento que el amor todo lo puede y hace cambiar... cuando
en realidad el amor no puede con la violencia.
• Creencias religiosas
• Codependencia emocional
• Desconocimiento emocional
• Vergüenza
• Presión psicológica... -Si me dejas me mato.
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¿Qué perpetúa estas violencias?
• Desigualdad entre mujeres y hombres
• El amor romántico
• La creencia de que la violencia es "normal"
• Falta de redes de apoyo
• Dependencia (económica o emocional)
¿Qué hacer en caso de vivir violencia y sentir que tu vida está en
peligro?
Fuente:
RED DE MUJERES JÓVENES POR LA DEMOCRACIA PARITARIA (2020)
“LA PANDEMIA COMO AL PATRIARCADO, LO VENCEMOS JUNTAS”.
Protocolo para atender la "Violencia de género durante la contingencia
COVID-19 en Jalisco. Jalisco: Red De Mujeres Jóvenes Por La Democracia
Paritaria. [fragmentos]
Lo primero que debes hacer es un plan de seguridad, tener presente las acciones
a seguir en caso de que se agrave la situación de violencia; identificar las
instituciones y redes de ayuda a las que puedes recurrir en una emergencia.
Pasos a seguir para elaborar tu plan de seguridad:
Procura tener a la mano y en un mismo lugar (bolsa/mochila) lo siguiente, puede
ser que los necesites en caso de tener que salir de casa:
• Duplicado de las llaves de tu casa
• Documentos importantes (Actas de nacimiento tuya, de tus hijos e
hijas)
• Acta de matrimonio (si estás casada)
• Dinero
• Carnet para atención médica
56
• Identificación oficial (credencial de elector, pasaporte etc.)
• Directorio telefónico de las personas que puedan ayudarte
• Medicinas que tengas que tomar (si padeces alguna enfermedad)
• Número de expediente (si has iniciado trámite de divorcio o de pensión
alimenticia)
• Un cambio de ropa tuya y de tus hijos e hijas
• Celular
Trata de estar atenta a posibles situaciones de violencia, si crees que puedes
vivir una agresión. Es importante:
• Identificar todas las puertas y las ventanas por las que puedas escapar
de manera segura.
• Identificar a uno o más vecinos(as)/ familiares/ amistades (red de
apoyo) a quienes puedas hablarles y pedirles ayuda en caso de
necesitarlo. Inventa una palabra clave para que sepan que estás
corriendo peligro y que tienen que auxiliarte.
• Intenta mantener comunicación frecuente con tu red de apoyo, intenta
memorizar algunos teléfonos, así como los de emergencia (911).
• Desarrolla un plan de seguridad con tus hijos e hijas para cuando no
estés con ello/as , que sepan qué hacer para protegerse, explícales la
situación, crea con ellas y ellos palabras clave o señas en caso de estar
en peligro y enséñales a marcar los números de emergencia (911) o
teléfonos de tu red de apoyo.
• En caso de vivir una agresión, es importante
• Permanecer en una habitación segura, fuera del alcance de la persona
generadora de violencia y donde esta persona no tenga acceso a objetos
peligrosos, evita permanecer en el baño y cocina, y cercana a la puerta
para facilitar la salida.
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• Pon en marcha el plan de seguridad que realizaste con redes de apoyo
e hijas e hijos.
• Recuerda que puedes solicitar apoyo a los números de emergencia (911)
para solicitar apoyo
En caso de requerir salir de casa:
• Identifica un lugar seguro al que puedas acudir, ya sea la casa de
algún/a vecino/a, familiar, amistad, o institución de gobierno.
El gobierno cuenta con refugios donde se puede resguardar tu integridad, y la de
tus hijas e hijos.
En caso de que la persona generadora de violencia salga de casa, cierra las
entradas y ventanas, y en caso de que no viva en tu casa y acude, no le abras...y
comunicate de manera urgente con tu red de apoyo y números de emergencia 911.
¿Y si conozco alguien que sufre este tipo de violencia, qué puedo
hacer?
Fuente:
RED DE MUJERES JÓVENES POR LA DEMOCRACIA PARITARIA (2020)
“LA PANDEMIA COMO AL PATRIARCADO, LO VENCEMOS JUNTAS”.
Protocolo para atender la "Violencia de género durante la contingencia
COVID-19 en Jalisco. Jalisco: Red De Mujeres Jóvenes Por La Democracia
Paritaria. [fragmentos]
Si tú no estás en una situación de violencia, pero formas parte de la red de apoyo
de alguna otra mujer que sí lo está, aquí te dejamos algunas recomendaciones:
• Ten presente que estar en una situación de violencia NO ES FÁCIL y
que las mujeres requieren de todo el apoyo que se les pueda brindar,
como respeto y empatía.
• Pregunta si ya realizó su plan de seguridad, en caso de que no lo tenga,
comparte con ella este documento o comparte la información con ella.
58
• Procura estar presente y tener cercanía con la mujer que está en
situación de violencia, por ningún motivo cierres canales de
comunicación; hazle saber constantemente que puede contar contigo
en cualquier circunstancia.
• Ten a la mano los teléfonos de emergencias 911 o policía local
• Pide los números de teléfono de algún familiar de confianza u otra
persona de su red de apoyo para que estén en contacto.
• Establece un código de comunicación de seguridad con las mujeres
víctimas de violencia para activarlo en caso de ser necesario.
• Si está en tus posibilidades, ofrece tu espacio como un espacio de
seguridad en caso de tener que salir huyendo.
• Si escuchas que tu vecino está golpeando, agrediendo a su pareja o a
algún familiar, es importante que llames a la policía o al 911.
¿Por qué es importante que tengas esta información aunque no sufras violencia
durante esta cuarentena, ni después de esta?
• Durante la cuarentena aumenta el nivel de ansiedad y estrés, así como
frustración e incertidumbre, lo que vuelve al encierro un clima propicio
para detonar la violencia.
• Puede ser momento de platicar de ventana a ventana, de azotea en
azotea...
• Ser vecino/a chismoso/a puede salvar una vida
• Tal vez la víctima no pueda salir a pedir ayuda, y tú puedes hacer la
diferencia con una llamada a los números de emergencia
• Puede ser momento de dejar a un lado el egoismo y prestar atención a
tu alrededor. Recuerda, la víctima puede tener menos acceso a sus
redes de apoyo debido a la contingencia.
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• Tal vez tengas cerca alguna vecina que se está enfrentando al
desempleo o precarización de su situación económica. Y tal vez
compartir un poco de despensa haga la diferencia.
Recuerda, la falta de recursos disminuye sus posibilidades de salir de una
situación de violencia. Puedes ofrecer resguardar la bolsa de emergencia de
alguien que vive violencia, para que en el momento en que este lista de salir de su
hogar, pueda tener una red de apoyo a la cual acudir.
Si tienes la posibilidad de apoyar con recursos para que la mujer en situación de
riesgo tenga siempre saldo/linea en su teléfono para pedir ayuda o pueda tomar
un taxi en caso de necesitarlo, hazlo.
Si escuchas gritos, si escuchas golpes... LLama a los números de emergencia
Siempre es mejor prevenir, no queremos más víctimas, vivas nos necesitamos por
eso hay que: Estar atentas a cualquier situación
NO MINIMIZAR ninguna forma de violencia, recuerda que puede escalar de
una a otra, es mentira que va en escalafón.
• Enseñarles el número de emergencia a tus hijos e hijas y como marcar
por teléfono.
• Crea con una persona de confianza una clave (puede ser un emoji o un
sticker si es por redes) o sí es una vecina, puedes prender y a pagar la
luz, varias veces, golpear la pared, algún gesto de confianza para que
sepa debe llamar a la policía.
• Crear una señal o palabra clave que identifiquen para resguardarse o
pedir ayuda.
• Mantén contacto con familiares, amigas o redes que noten tu ausencia.
• Pepara una bolsa pequeña (de emergencia) con cosas indispensables
documentos oficiales, dinero, ropa.
• No permitamos que la escalera de violencia se replique…
Algunas herramientas por si el estrés subiera son:
60
• Realiza respiraciones abdominales tantas veces como las necesites en
el tiempo que lo requieras.
• Toma un tiempo fuera y racionaliza la situación.
• Escribe tus pensamientos y emociones.
• Realiza actividades depurativas (ejercicio, baila etc.)
• Activa tus redes de apoyo, amigos, familiares que con una palabra te
digan que te estas sobresaltando… ejemplo, vamos a tranquilizarnos.
• Pide ayuda. Hoy la tecnología permite tomar contacto con
profesionales expertos que pueden entregar soporte psicológico de
forma remota.
Promotorxs territoriales y personas acompañantes ante situaciones
de violencia de género
Procedimientos ante situaciones de violencia
Fuente:
BOLLA, DAGNINO CONTINI; EKKERT, FERNÁNDEZ MICHELLI; GOTTA,
SEGURA, SIRI; STANGE Y TALAMONTI. (2019) Herramientas para hacer
frente a la violencia de género: aportes y experiencias desde los feminismos:
Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género-CAV. La Plata:
Ediciones de la Caracola. [fragmentos]
De acuerdo con el Art. 16 de la Ley 26.485 y 6 ter de la Ley 12.569, todos los
organismos del Estado deberán garantizar a las mujeres, en cualquier
procedimiento judicial o administrativo, es decir, cuando una mujer inicie una
denuncia por violencia, las siguientes condiciones:
• Gratuidad de las actuaciones judiciales y asistencia jurídica,
preferentemente especializada;
• Obtener una respuesta oportuna y efectiva;
61
• Ser oída personalmente por el juez y por la autoridad administrativa
competente;
• Recibir protección judicial urgente y preventiva;
• Recibir protección de su intimidad, garantizando la confidencialidad
de las actuaciones;
• Recibir un trato humanizado, evitando la revictimización;
• Recibir la amplitud probatoria; es decir, que se pueda presentar
cualquier tipo de pruebas para acreditar los hechos denunciados —
teniendo en cuenta las circunstancias especiales en las que se
desarrollan los actos de violencia y quiénes son lxs testigxs habituales,
en caso de haberlxs—;
• Permitir que la mujer se pueda oponer a la realización de inspecciones
sobre su cuerpo por fuera del estricto marco de la orden judicial (en
caso de consentirlas) y facilitar, en los peritajes judiciales, su derecho a
ser acompañada por alguien de su confianza, además de que sean
realizados por personal profesional especializado y formado con
perspectiva de género.
Acompañamiento
Fuente:
BOLLA, DAGNINO CONTINI; EKKERT, FERNÁNDEZ MICHELLI; GOTTA,
SEGURA, SIRI; STANGE Y TALAMONTI. (2019) Herramientas para hacer
frente a la violencia de género: aportes y experiencias desde los feminismos:
Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género-CAV. La Plata:
Ediciones de la Caracola. [fragmentos]
Quien realiza una denuncia ante una situación de violencia de género tiene
derecho a estar acompañada por la persona que elija. Las instituciones tienen la
obligación de respetar esto y no impedir el acompañamiento tal como está
contemplado en el Art. 6 ter de la Ley 12.569, que dice: “En cualquier instancia
del proceso se admitirá la presencia de un/a acompañante como ayuda protectora
62
de la mujer, siempre que quien padece violencia lo solicite y con el único objeto
de preservar la salud física y psicológica de la misma.
En todas las intervenciones, tanto judiciales como administrativas, deberán
observarse los derechos y garantías mínimas de procedimiento enumeradas en el
Art. 16 de la Ley N° 26485”.
Guía de preguntas para detección y mensajes clave1
Fuente:
ONU MUJERES; Secretaría de Relaciones Exteriores – Estados Unidos
Mexicanos (2016) Caja de Herramientas. Protocolo de atención consular
para personas víctimas de violencia basada en el género. México: Entidad de
las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las
Mujeres. [fragmentos]
“La detección temprana es una herramienta básica para proporcionar a las
mujeres en situación de violencia los apoyos necesarios para evitar el
agravamiento de su situación y es la puerta de entrada al proceso de atención.”
1. Detección a partir de la observación
El primer paso para la detección es buscar signos clave sobre una posible
situación de violencia. Éstos pueden obtenerse observando aspectos físicos,
emocionales y de actitud de las mujeres.
1 La “Guía de preguntas para detección y mensajes clave para el personal
consular” sirve de igual modo para acompañantes y promotorxs territoriales.
Simplemente se debe omitir la palabra “cónsul” que figurará marcada entre
corchetes.
63
Otros signos clave pueden encontrarse en las personas que acompañan a las
posibles mujeres víctimas, ya sean niñas, niños o bien, las probables personas
agresoras. Se recomienda observar el comportamiento de estas personas respecto
de la mujer víctima de violencia.
64
2. Detección a partir de preguntas
La mayoría de mujeres víctimas de violencia no presentan indicios o signos
visibles. Por ello, siempre que sea posible y se garanticen las condiciones de
privacidad, se recomienda la detección a través de preguntas de rutina.
RECUERDE
No tenga miedo de preguntar. Contrariamente a la creencia popular, la mayoría
de las mujeres están dispuestas a revelar el maltrato cuando se les pregunta en
forma directa y no valorativa. En realidad muchas mujeres están esperando en
silencio que alguien les pregunte.
La detección temprana puede salvar vidas.
Para facilitar la entrevista se recomienda introducir el tema de manera cuidadosa
pero clara.
Ejemplo de cómo introducir el tema:
Como la violencia y la discriminación es común en la vida de las mujeres, hemos
empezado a hacer preguntas a las mujeres de esta circunscripción.
Es fundamental informar a la usuaria sobre la confidencialidad de la
conversación. Si no accede, el personal consular siempre podrá proporcionarle
material informativo sobre los servicios de ayuda que existen para esos casos.
65
66
3. Mensajes clave
Es importante siempre cerrar la detección con mensajes positivos, que reafirmen
a las mujeres.
• “Nadie merece ser maltratada en ninguna circunstancia.”
• “Existen muchas mujeres que han vivido lo que usted y han logrado
superar esta situación.”
• “Es usted una persona con gran valor, gracias por compartirme su
situación.”
• “Existen leyes que la protegen porque la violencia es un delito.”
• “La violencia no es su culpa, es responsabilidad absoluta de su agresor.”
• “No está sola, ni es la única mujer que vive esto. Hay personas
especializadas en este lugar que la pueden apoyar.”
• “Aquí está segura.”
• “Comprendo lo que le sucede.”
Guía para valoración del peligro y riesgo
Fuente:
ONU MUJERES; Secretaría de Relaciones Exteriores – Estados Unidos
Mexicanos (2016) Caja de Herramientas. Protocolo de atención consular
para personas víctimas de violencia basada en el género. México: Entidad de
las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las
Mujeres. [fragmentos]
67
Cuando [el personal consular] identifica a una mujer que vive una situación de
violencia, tiene la oportunidad y la obligación de evaluar con ella el peligro y los
riesgos que podría enfrentar y ayudarla a encontrar soluciones viables para
mejorar su seguridad.
Además, la evaluación del riesgo le permitirá realizar acciones PREVENTIVAS
que eventualmente puedan evitar o disminuir el daño e impedir la muerte de las
mujeres. Una vez realizada esta valoración es fundamental realizar en conjunto
con la usuaria un plan de seguridad, que tiene como propósito promover la
conciencia sobre su propia situación, y poner en “blanco y negro” las alternativas
y las acciones que podrían disminuir peligros. Esta guía propone una serie de
criterios para la valoración:
• Primer criterio. Para evaluar el riesgo que enfrenta una mujer se le pregunta
directamente si cree que corre peligro:
• ¿Considera que estará a salvo en su casa/ trabajo/ centro de detención?
• ¿Teme que su pareja u otra persona le haga daño? ¿Y usted misma?
En algunos casos, la mujer responderá que su vida corre peligro y es
imprescindible que el personal consular tome sus palabras en serio.
Sin embargo, otras mujeres no reconocen el peligro que las acecha.
Un estudio realizado en los Estados Unidos hizo notar que casi la mitad de las
mujeres cuyas parejas intentaron matarlas no se habían dado cuenta de que sus
vidas corrían peligro hasta que se produjo la agresión.
• Segundo criterio de valoración de riesgo. El personal consular debe tener en
cuenta que el mayor peligro se produce:
• En el periodo en que la mujer decide abandonar a su pareja abusiva e
inmediatamente después de que la abandona.6
• Cuando decide confrontar a su jefe/a o colega de trabajo y abandonar su
trabajo.
68
• Tercer criterio de valoración de riesgo. Ver (…) el cuadro de observación física
y de actitudes.
• Cuarto criterio de valoración de riesgo. La situación es de mayor riesgo e
implica una mayor urgencia en la intervención si la mujer víctima:
• Está embarazada o tiene un hijo recién nacido.
• Tiene algún grado de discapacidad o dependencia.
• Es una adulta mayor o niña.
• Está en proceso de separación o divorcio o ha denunciado al agresor.
Sin embargo, todas las mujeres pueden estar en riesgo o peligro para su salud o
su propia vida.
Otros criterios fundamentales de alerta. Otros indicadores de riesgo o peligro alto
de muerte o de ataque físico muy severo son los siguientes:
• Ataques previos con riesgo mortal.
• Amenazas de muerte a la mujer víctima.
• Intento o amenaza de suicidio de parte de la persona agresora.
• La persona agresora es convicto o ex-convicto por delitos contra las personas.
• La persona agresora tiene una acusación o condena previa por delitos contra
la integridad física o sexual de las personas.
• La persona agresora no respeta las medidas de protección.
• La mujer víctima considera que el agresor es capaz de matarla.
• La mujer víctima está aislada o retenida por la persona agresora contra su
voluntad o ha estado previamente.
• Abuso sexual de la persona agresora contra hijas/os u otras personas menores
de edad de la familia cercana, así como tentativa de realizarlo.
• Hay abuso físico contra sus hijas/os.
69
• La víctima está recientemente separada, ha anunciado que piensa separarse,
ha puesto una denuncia penal o ha solicitado medidas de protección, ha
existido amenaza por parte de la persona agresora de llevarse a sus hijas/os si
decide separarse.
• Abuso de alcohol o drogas por parte de la persona agresora.
• Aumento de la frecuencia y gravedad de la violencia.
• La mujer víctima ha recibido atención en salud como consecuencia de las
agresiones o ha recibido atención psiquiátrica.
• La persona agresora tiene antecedentes psiquiátricos.
• La persona agresora es una persona con acceso y tiene conocimiento en el uso
de armas de fuego y/o trabaja con ellas o porta armas.
• Acoso, control o amedrentamiento sistemático de la víctima.
• Que la persona agresora haya matado mascotas.
En caso de querer complementar esta herramienta, uno de los ejemplos más
usados es la herramienta de “Evaluación de peligro” desarrollada por Jacquelyn
Campbell. Esta herramienta se basa en un estudio sobre los factores que tienen
más posibilidades de predecir lesiones o feminicidio en el ámbito de los Estados
Unidos y ha sido objeto de muchas pruebas de campo. Tiene como objetivo
principal evaluar el peligro de violencia letal que corren las mujeres que
mantienen relaciones físicamente abusivas.
Después de la valoración del riesgo y peligro, un aspecto que contribuye
sustancialmente a aumentar la seguridad de las mujeres es la realización de un
plan de autoprotección o de seguridad. En este plan se deben tomar en
consideración las acciones a realizar de manera inmediata y en el corto y mediano
plazo. También deben considerarse las personas y las instituciones que apoyarán
a la mujer y las estrategias para llevar a cabo el plan.
70
Guía de entrevista
Fuente:
ONU MUJERES; Secretaría de Relaciones Exteriores – Estados Unidos
Mexicanos (2016) Caja de Herramientas. Protocolo de atención consular
para personas víctimas de violencia basada en el género. México: Entidad de
las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las
Mujeres. [fragmentos]
• Paso 1. Ponderar la entrevista
Observar y detectar necesidades generales de la persona a entrevistar:
¿Está en condiciones mínimas físicas y psicológicas (de actitud, estado
emocional) de poder tener una conversación con el [personal del consulado]?
SÍ. Se realizará la entrevista acorde a esta guía.
NO. Ver Herramientas de:
• Apoyo emocional y manejo de crisis.
• Valoración de riesgo.
• Canalización.
• Paso 2. Lugar de la entrevista
Contestarse lo siguiente:
• ¿El lugar está preparado para que haya privacidad y no sucedan
interrupciones?
• Si no existe la posibilidad de tener un espacio exclusivo y privado para este
proceso, ¿es posible preparar algún espacio en donde se pueda llevar a
cabo la entrevista sin interrupciones?
Un espacio adecuado puede generar ambientes que inviten a la conversación:
• Sentarse de tal modo que puedan verse unas a otras.
71
• Que la posición de la silla sugiere imparcialidad.
• Que no haya una distinción pronunciada entre las sillas y sillones que
utilice [el personal consular] y las que ofrezca a las usuarias.
Esto para generar un ambiente amigable y no de superioridad por parte de quien
entrevista.
A continuación, se sugieren algunos aspectos que podrían generar un ambiente
en donde se desarrolle la entrevista en un espacio acogedor, seguro, agradable y
que genere confianza:
1. Debe ser un lugar de fácil acceso especialmente para aquellas personas de
movilidad reducida.
2. Mobiliario como sillas cómodas, mesa para tomar anotaciones por parte del
[personal consular], archivo para resguardo de documentos, mueble para guardar
algún material como hojas, colores, crayones o algún juguete (por si la entrevista
se lleva a cabo con algún niño o niña o si están acompañando a su mamá para ser
entrevistada).
3. Tener a la mano una caja de pañuelos desechables.
4. Una adecuada ventilación e iluminación, preferentemente natural. Si es luz
artificial, que ésta sea cálida.
5. Que el espacio esté pintado de colores que generen calidez y reflejen la luz
natural como blanco, beige o colores pastel.
6. Garantizar, en la medida de lo posible, la privacidad tanto visual como auditiva.
7. Si es posible, tener vasos y agua potable para ofrecer a las usuarias.
• Paso 3. Prever la duración de la entrevista
Puede suceder que en la conversación la mujer entrevistada comparta
información que pudiera parecer no relevante para el proceso de apoyo posterior,
sin embargo, necesita hablar de algo en ese espacio y es posible que necesite unos
minutos para desahogarse.
72
Se considera que un rango de tiempo adecuado podría ser de 45 a 90 minutos.
Cuanto más tiempo sea posible invertir en la entrevista, según las necesidades,
mayores posibilidades existirán de obtener información completa y precisa sin
re-victimizar a persona.
• Paso 4. Iniciar la entrevista
Una manera de iniciar la conversación puede ser a través de preguntas de la vida
cotidiana como hablar del clima, de la distancia que tuvo que recorrer para llegar,
de alguna situación o tema que puedan tener en común quien entrevista y la
entrevistada.
Se recomienda que la presentación se lleve a cabo de manera clara y sencilla,
explicando el cargo del entrevistador/a y rol que desempeña en la [oficina
consular] y evitando en la medida de lo posible los tecnicismos. Se debe
especificar de entrada la confidencialidad de la entrevista.
Puede ser de utilidad explicarle a la mujer que llega a la entrevista cómo funciona
la misma, informando:
• El tiempo aproximado que disponen para conversar.
• Que van a haber una serie de preguntas que se realizarán dependiendo
de las necesidades de la entrevistada.
• Que la información que se comparta será absolutamente confidencial
[dentro del consulado] y para efectos de proporcionar un mejor
servicio. Es necesario aclararle qué tipo de información estaría
plasmada en algún expediente o qué información es necesario darle a
otras personas para que el [personal del consulado] se asegure que
tendrá un apoyo y seguimiento adecuado.
• Que se respetará si no prefiere hablar de ciertos temas.
• Que la intención de la entrevista es poder apoyarla a tomar la mejor
decisión.
Es importante que los datos de esta entrevista queden documentados, por lo que
se recomienda comentar que se tomarán una serie de datos con el objetivo de
73
tener un mejor registro para el apoyo de la víctima, así como para referencias que
puedan servir para generar mejores maneras de apoyar a otras mujeres con
problemáticas similares –siempre enfatizando la confidencialidad. Esta
recopilación de datos se debe realizar teniendo como principal objetivo escuchar
a la entrevistada.
¿Cómo generar confianza en la entrevista?
Para generar confianza por parte del [personal consular] podemos empezar desde
lo más simple con plantearnos estas dos preguntas:
• ¿De qué manera recibiríamos a una persona nueva en nuestra casa? ¿De
qué manera la podemos hacer sentir cómoda y bien recibida?
• ¿Cómo podemos ser “buenos anfitriones” tomando en cuenta nuestros
alcances dentro de la [oficina consular] y las costumbres del lugar donde
radicamos?
Es importante establecer la conversación desde una actitud respetuosa, amable y
orientada al servicio, en una postura de escucha atenta para que la mujer
entrevistada se sienta comprendida, y que el [personal consular] pueda tener una
posición de acompañamiento más que de autoridad. Esta actitud ayudará a que
las mujeres víctimas de violencia puedan decirnos cómo son las cosas para ellas,
qué les preocupa y qué necesitan y a tener una escucha que permita al personal
responder de manera útil y adecuada e incluso aprender.
A continuación, algunos puntos que pueden ser de utilidad para generar
confianza en la conversación:
1. Postura de incertidumbre: Ser capaces de no “entender demasiado rápido”, de
abandonar supuestos y estereotipos prematuros, de cuestionar lo que pensamos
que sabemos, y de no apreciar nuestro conocimiento más que el de las mujeres
víctimas de violencia.
2. Confiar y creer: las mujeres víctimas de violencia están buscando un apoyo o
acompañamiento para resolver una problemática que puede ser complicada para
ellas, en este sentido buscan validar su historia y que confíen en que la
74
información que están compartiendo es verídica e importante, por lo que es
necesario recibir esta información desde esta postura.
Posteriormente se pueden hacer algunas de las siguientes preguntas:
• ¿De qué manera le puedo ayudar?
• ¿Qué espera [del consulado]?
• ¿Cuáles son los temas de los que tenemos que hablar para que pueda saber
lo que necesita?
• ¿Qué necesita para resolver su situación?
Es necesario aclarar el alcance que puede tener [el consulado] en cuestiones de
atención y seguimiento y poder tener redes de servicios especializados a la mano
con el fin de ofrecerle a la víctima un abanico de posibilidades para tener el
acompañamiento más adecuado.
Para que la entrevista se lleve de manera fluida se recomienda que no sea una
especie de “interrogatorio”. Para esto es necesario escuchar sus necesidades y
observar sus gestos y posturas. Esto nos hará saber si se está sintiendo cómoda
con la conversación y si le está siendo de utilidad.
Algo sencillo para saber si esto está ocurriendo es preguntar. Dos sugerencias
serían: ¿Le parece bien si hablamos de este tema? ¿Está de acuerdo con darme
algunos datos que necesito para poder entender un poco mejor su situación?
1. El desarrollo de la entrevista
El tema de violencia contra las mujeres puede resultar complicado de expresar
para algunas mujeres, ya que muchas veces quienes las agreden son las parejas o
personas cercanas que han logrado mantener una relación de poder sobre la
víctima, y por el hecho de que le resulta complicado separarse por varias razones,
por ejemplo, económicas, emocionales, por miedo, o por sus hijas/os. Puede ser
útil manifestar conciencia de esto por parte del/a entrevistador/a, por ejemplo,
de la siguiente manera:
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“Sé que hay cosas de las que es complicado hablar. Este espacio es para que pueda
hablar de lo que considere necesario para que le podamos apoyar. Si hay alguna
información que le resulta difícil de expresar o le resulta dolorosa y prefiere no
compartir, está en su derecho”.
A partir de la información que vaya compartiendo la entrevistada, se podrán
generar nuevas preguntas. Se recomienda que éstas sean preguntas abiertas que
inviten a la mujer a la conversación. Por lo general, las preguntas que inician con
un por qué cierran la conversación y en muchos casos resultan poco útiles para la
comprensión de la situación de la víctima. También pueden generar
revictimización (ver ejemplos y recuadro sobre ¿Qué preguntas no hacer?).
Una manera de diferenciar una pregunta abierta de una cerrada es:
• En las preguntas cerradas por lo general se obtiene un sí o un no por
respuesta.
• En las preguntas abiertas obtenemos respuestas ricas de información,
respuestas que generan posteriormente más preguntas útiles.
Ejemplos:
• Pregunta cerrada: ¿Le puedo ayudar en algo? = Sí
• Pregunta abierta: ¿De qué manera le puedo ayudar? = Necesito que me ayude
a resolver una situación de violencia que estoy viviendo en este momento.
• Pregunta cerrada: ¿La situación de violencia que me está comentando la está
viviendo en tu hogar? = Sí
• Pregunta abierta: ¿Podría contarme un poco más acerca de esta situación de
violencia que está viviendo? = Desde hace algunos días mi pareja ha estado
reaccionando de manera violenta ante cosas que pasan en la casa.
• Pregunta cerrada: ¿Su pareja le ha golpeado? = Sí
• Pregunta abierta: ¿Cuáles son estas reacciones violentas que tiene su pareja?,
¿Las podría describir? = Últimamente parece estresado por todo, si algo no
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sale como él quiere me empieza a insultar y hace unos días llego a golpearme
y yo me asusté mucho, no sabía qué hacer.
• Pregunta cerrada: ¿Por qué no le ha puesto un alto a su pareja? = No
sé/Porque no he podido o no he sabido cómo.
• Pregunta abierta: ¿Qué le gustaría hacer al respecto de lo que me está
contando? = Me gustaría cambiar esta situación porque tengo miedo que me
siga haciendo daño, pero no sé cómo podría cambiarla.
• Pregunta cerrada: ¿Por qué no lleva un proceso legal en contra de su pareja?,
¿Por qué no toma algún tipo de terapia para que le ayude a superar esto? = No
sé/Porque no he podido o no he sabido cómo.
• Pregunta abierta: Hay varias cosas en lo que podemos apoyarle, pero
necesitamos saber, de las opciones que le puedo mostrar, ¿cuál cree que sea la
más conveniente para usted?
¿QUÉ PREGUNTAS NO HACER?
➢ ¿Por qué cree que le pasó esto? No tiene ninguna utilidad buscar causalidades de la
problemática, además puede revictimizar.
➢ ¿Por qué no buscó ayuda con anterioridad? Puede generar culpa de algo que en su
momento no sabía cómo manejar. Lo importante es que en este momento está
buscando ayuda y hay que brindársela.
➢ ¿Cree que podría haberse defendido? Otra pregunta que genera culpa y posiblemente
impotencia, además de que puede ser una pregunta cerrada.
➢ No tiene por qué llorar, todo se va a resolver: Descalifica lo que siente y no sabemos
qué va a suceder en el futuro.
➢ ¿Por qué no se ha separado de la persona que le agrede? Existen un sin fin de factores
que mantienen una relación en donde uno de los miembros es violento. Cualquier
decisión que se tome tendrá efectos colaterales por lo que es necesario tener una
perspectiva contextual de cada caso para poder tomar acciones. La entrevistada es la
que cuenta con la información más completa acerca de lo que implicaría tomar
77
cualquier decisión, es por esto que cualquier proceso se debe de llevar a cabo de la
mano de la víctima en un trabajo colaborativo.
A continuación, se detallan preguntas específicas por tipo y ámbito de violencia:
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79
2. Plan de acción
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Se recomienda que el plan de acción que se vaya llevar a cabo, sea elaborado a
partir de la información que se recabó en la entrevista y corroborando en todo
momento con la entrevistada que esto es lo que necesita o quiere llevar a cabo.
Es importante que el plan de acción se integre con un plan de seguridad,
orientación acerca de posibles acciones y se identifique una ruta de derivación de
acuerdo a cada caso (a servicios legales, médicos, albergues, grupos de apoyo,
entre otros), y se inicie la atención a las hijas y los hijos.
Es importante tomar en cuenta que cada decisión que se tome puede impactar de
alguna u otra manera diferentes áreas de la vida de la persona, por ejemplo, la
relación con sus hijas/os, con su pareja, [su situación legal en el país], su vida
laboral, entre otros.
Un ejercicio que podría ser útil para tomar las decisiones más adecuadas,
partiendo de la información que nos de la entrevistada es comenzar con la
siguiente pregunta: ¿Qué pasaría si…
Y completarla con aquellas opciones o escenarios que [el personal del consulado],
a partir de su experiencia e información disponible en relación a las redes de
servicios especializados y profesionales que pueden dar seguimiento al caso, le
puede ofrecer a la entrevistada.
Posibles frases para completar:
• … empieza a ir a un grupo de apoyo para mujeres víctimas de violencia?
• … lleva a cabo acciones legales en contra de quien le agrede?
• … decide no hacer nada al respecto?
Es importante que tanto la persona que entrevista como la entrevistada puedan
conversar acerca de las posibilidades de los distintos escenarios para tomar la
mejor decisión en conjunto y concretar un plan de acción si así lo han decidido.
3. Concluir la entrevista
Para dar por concluida la entrevista necesitamos asegurarnos de que hemos
obtenido toda la información necesaria para apoyar a la mujer víctima de
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violencia, así como haber corroborado que le ha quedado clara la información que
le hemos proporcionado. Algunas preguntas para corroborar esta información
podrían ser las siguientes:
• ¿Cree que necesitamos conversar de algo más acerca de su situación?
• ¿He sido clara/o con la información que le he proporcionado o necesita que
le aclare algún punto en particular?
• ¿Cree que podemos pasar al siguiente paso con respecto a la decisión que
tomó?
• ¿Le parece bien si damos por terminada esta entrevista?
Una vez terminada la entrevista, [quien se desempeñe como representante
consular] debe analizar y ordenar la información obtenida para definir las
acciones pertinentes del plan de acción y canalización previamente acordado con
la entrevistada. Es importante tomarse el tiempo que sea necesario para
garantizar la organización de la información obtenida y el registro [del expediente
en el SIPC]. Si se deja para un momento posterior, se corre el riesgo de no
recordar información relevante.
Este paso contempla tres momentos: la organización de la información, la
definición de alternativas posibles y deseables, y el encauzamiento y canalización
hacia las instancias pertinentes.
[El personal consular] debe revisar la información obtenida. El análisis de una
entrevista única, y a menudo breve, no puede arrojar información contundente.
La tarea [consular] en este sentido es la de detectar posibles riesgos, sospechas y
otra información útil para encauzar las necesidades de protección y asistencia que
requiera la persona.
Es importante que toda anotación se encuentre sustentada, es decir, que incluya
la información en la que se basa a partir de lo que refirió la persona. Además, es
importante que se registre el nombre de la persona que entrevistó y de los
servicios especializados a los que se canalizó a la persona entrevistada.
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Guía de primer apoyo emocional y manejo de crisis
Fuente:
ONU MUJERES; Secretaría de Relaciones Exteriores – Estados Unidos
Mexicanos (2016) Caja de Herramientas. Protocolo de atención consular
para personas víctimas de violencia basada en el género. México: Entidad de
las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las
Mujeres. [fragmentos]
Es muy valioso este primer contacto que pueden tener las mujeres víctimas de
violencia con [el personal consular], en el que decidan dar información relevante
acerca de una situación de violencia. [El personal] debe estar atento y sensible
ante esta situación, sobre todo si la mujer se encuentra en una situación crítica.
El apoyo emocional en el primer contacto pasa por varias actitudes simultáneas,
que constituyen en sí mismo herramientas de contención: la escucha atenta, la
empatía, el buen trato y el acompañamiento.
Escucha atenta
Estar atentas/os a los detalles que proporciona la mujer víctima de violencia.
Preguntar de manera respetuosa, en caso de no entender, es de suma
importancia. Muchas veces partimos de “nuestro entendimiento” para llevar a
cabo acciones. Sin embargo, es necesario corroborar que estamos entendiendo lo
que la mujer está relatando para poder tomar la mejor decisión en conjunto con
ella.
Empatía
Será de gran utilidad tener la intención de comprender los sentimientos de la
mujer víctima de violencia. A continuación, se proponen unas preguntas que
pueden ser de utilidad para que [el personal consular] se haga a sí mismo a partir
de la información recabada hasta el momento.
A partir de lo que me está diciendo la mujer víctima de violencia:
• ¿De qué manera la debo escuchar para que se sienta comprendida?
• ¿Qué tipo de preguntas tendría que hacerle para que se sienta apoyada?
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• ¿Cómo tendría que hablarle para que se sienta acompañada?
Buen trato
Es necesario estar atentas/os de no revictimizar a las mujeres que han sufrido
algún tipo de abuso. Un buen trato se caracteriza por observar los elementos
descritos con anterioridad y ubicarse en una postura libre de prejuicios o
discriminatoria, atenta a sus necesidades específicas y que envíe el mensaje de
estar de su lado. Para una atención oportuna, respetuosa y de calidad, es
necesario que todo proceso sea llevado libre de estereotipos de género, origen,
condición social, edad, preferencias o cualquier otra índole.
Acompañamiento
Puede suceder que las mujeres víctimas de violencia se sientan solas y con
vergüenza de hablar acerca de sus experiencias. Por ello la importancia del
hacerles sentirse acompañadas, tomando en cuenta en todo momento sus
intereses y necesidades. Es necesario transmitir a la mujer que atraviesa por un
estado de crisis que somos capaces de acompañarle en su proceso y que estamos
con toda la disposición de apoyarla tomando en cuenta nuestros alcances y
posibilidades dentro y fuera [del Consulado]. En caso de sentirse imposibilitado
para manejar una crisis recurrir al apoyo de una/un psicóloga/o de las redes de
servicios especializados.
El manejo de crisis también se realiza a través de los siguientes aspectos que
incluyen la contención, el pedir ayuda a personal especializado y la valoración del
nivel de riesgo.
En un primer acercamiento se recomienda permitir reconstruir y entender lo
sucedido mediante el diálogo, favoreciendo la descarga emocional:
• Dejar llorar a la persona; es necesario.
• Respetar sus silencios.
• Acompañar mediante el contacto visual.
• Darle la oportunidad de hablar cuando esté preparada y dispuesta.
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Cuando se encuentren dificultades para establecer el diálogo, se tendrá que
valorar la posibilidad de que la mujer víctima de violencia aún se encuentre en
shock o de que existan componentes de algún trastorno psiquiátrico o incluso
alguna lesión física. Es importante, simultáneamente a la contención, una
valoración rápida del nivel de riesgo.
En caso de crisis, [el personal consular] puede plantearse la siguiente pregunta
para saber de qué manera continuar:
¿Puedo contener a esta persona o necesita ayuda en este momento de algún
especialista para sobreponerse o encontrar una estabilidad emocional?
La forma de reaccionar hacia un evento traumático, en este caso estar en contacto
con violencia de cualquier tipo, puede variar de persona a persona. Un signo de
crisis que puede ser visible es una descarga emocional notoria como gritos, llanto,
lamentos o estado de shock. Es necesario evaluar si esta “descarga” se puede
contener con el simple hecho de escuchar y acompañar hasta que se tranquilice
la persona o es necesario canalizarla con un/a profesional.
Corresponde al [personal del Consulado], en primer contacto y contención de
crisis, informar a las mujeres víctimas sobre su derecho a denunciar los hechos
de violencia que se presenten, la existencia de servicios especializados
disponibles, así como los pasos a seguir para acceder a los servicios de atención,
protección y defensa, facilitando y respetando la autonomía en sus decisiones e
invitando a continuar con el seguimiento médico, psicológico y de trabajo social.
Corresponde también estar atentas/os a los signos que pueden caracterizar las
respuestas a las crisis vitales y al trauma:
• Signos a nivel cognitivo: la mujer víctima de violencia se puede sentir
“desbordada” por la situación inesperada, pueden estar afectadas sus
habilidades de resolución de problemas y sus mecanismos de
afrontamiento.
• Signos a nivel psicológico: la mujer puede sentirse confundida,
atemorizada, o con aplanamiento emocional, entre otras.
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• Signos a nivel fisiológico: se pueden presentar reacciones de estrés general
tales como los cambios del ritmo cardiaco, respiración y sudoración
excesiva.
La detección de la urgencia médica es un aspecto fundamental, dado los riesgos
que implicaría pasarla por alto:
En cualquier caso de lesiones (leves o graves), debe canalizarse a los servicios de
salud para que se le dé la atención que se requiera. Si las lesiones son producto
de violencia de cualquier tipo, un profesional de la salud legista podrá certificar
sus lesiones cuanto antes (antes de que desaparezcan), puesto que pueden ser
pruebas de un delito.
Pueden existir lesiones no perceptibles a simple vista, como en caso de violación.
Esta se considera una urgencia médica, por lo cual es importante atenderlas lo
antes posible por las implicaciones que puedan tener relacionadas con
enfermedades de transmisión sexual o embarazo. En este caso es necesario
identificar junto con la mujer víctima de violencia qué tipo de atención necesita y
canalizarla a la red de servicios especializados.
Cómo canalizar en crisis
Al hacer las preguntas o compartir información útil sobre los procesos, se
recomienda emplear términos sencillos. Es preciso asegurarnos de que la víctima
entiende lo que le estamos diciendo.
¿Qué hacer para canalizarla?
• Valorar si está en alto riesgo para llevar a cabo medidas protectoras en
coordinación con la red de servicios especializados.
• Proporcionar información precisa y orientación explicando las
posibilidades acorde a las necesidades y decisiones de la víctima.
• Generar opciones en conjunto.
Preguntas que el personal consular puede tomar en cuenta para generar posibles
soluciones de manera colaborativa:
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• ¿Cómo le puedo ayudar?
• A partir de lo que me cuenta, ¿qué quisiera hacer al respecto?
¿QUÉ NO HACER EN CASOS DE APOYO EMOCIONAL Y MANEJO DE CRISIS?
1. Tratar a la mujer víctima de violencia desde una posición de poder, pensando que se tiene
toda la información antes de corroborarla con ella para saber qué hacer. Por ejemplo, tomar
acciones sin consultarla.
2. Tratar a la mujer víctima de violencia como culpable de la situación que está viviendo. Aquí
se le estaría revictimizando en lugar apoyarla en su proceso.
3. Perder la calma cuando esté atendiendo a alguna mujer víctima de violencia que parece estar
en crisis. Si el personal consular no se siente preparado para afrontar una crisis, es necesario
tener a la mano los datos del personal especializado que sí pueda acompañarla y con quien se
pueda canalizar.
4. Prometerle a la mujer víctima de violencia que cualquier situación por la que esté pasando
se va a resolver, sin tomar en cuenta los alcances que pueda tener el personal consular, así como
las implicaciones que cada decisión puede tener en su vida.
5. No darle importancia a las situaciones en donde las mujeres fueron heridas por quienes las
agredieron. Hay heridas que pueden ser de gravedad o una prueba de delito. Es importante no
subestimar esta situación y canalizar a la víctima de inmediato.
6. Canalizar a la mujer víctima de violencia, sin aclararle paso a paso la información que
necesita tener. Antes de que pase con cualquier especialista o red de servicios especializados,
es necesario que le quede muy claro los pasos que tendrá que tomar.
87
RECURSERO DE
VIOLENCIA DE
GÉNERO
88
Esperemos que jamás necesites estos contactos,
pero siempre es mejor tenerlos y no utilizarlos.
NIVEL NACIONAL
911 Emergencias
Fuente:
MINISTERIO DE SEGURIDAD – ARGENTINA.GOB.AR (N/D) 911
Emergencias. Recuperado de:
https://www.argentina.gob.ar/seguridad/911emergencias. [fragmentos]
Consejos para optimizar y agilizar tu llamada al 911 en caso de emergencia.
Como primera medida, siempre debés mantenerte a resguardo, luego llamá al
911.
Vamos a darte una mejor respuesta si le decís al operador que te atiende los
siguientes datos:
• El lugar donde te encontrás lo más exacto posible.
• Intersección de calles.
• Calle y dirección del lugar o piso donde ocurre el incidente.
• En el caso de autopistas, sobre cuál mano.
Línea 144
Fuente:
MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD -
ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Línea 144–. Recuperado de:
https://www.argentina.gob.ar/generos/linea-144. [fragmentos]
Brindamos atención, contención y asesoramiento en situaciones de violencia de
género.
89
Brindamos atención, asesoramiento y contención para situaciones de violencias
por motivos de género, las 24 horas, de manera gratuita y en todo el país.
Es importante que sepas no se trata de una línea de emergencia.
Para casos de riesgo, comunicate con el 911.
El equipo es interdisciplinario y está compuesto por profesionales de las áreas del
Derecho, la Psicología, el Trabajo Social y otras áreas afines, con capacitación y/o
especialización en perspectiva de género.
Contemplamos todos los tipos y modalidades de violencia descritos en la ley:
física, psicológica, sexual, económica y patrimonial, simbólica, política,
doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica,
mediática y en el espacio público.
Esta línea fue creada en 2013 para cumplir los objetivos establecidos por la Ley
26.485, artículo 9.
Vías de contacto
Podés comunicarte de manera gratuita las 24 hs., los 365 días, a través de un
llamado al 144, por WhatsApp al 1127716463, por mail a
linea144@mingeneros.gob.ar y descargando la app.
Centros de atención para mujeres y LGBTI+
https://www.argentina.gob.ar/generos/centros-de-atencion-para-mujeres-y-
lgbti
Violencia familiar y sexual
Fuente:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS -
ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Violencia familiar y sexual - Línea 137.
Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/justicia/violencia-familiar-
sexual. [fragmentos]
90
Si sos víctima de violencia familiar o sexual, o sabés de alguien que lo sea, llamá
a la línea 137. Es gratuita, nacional y brinda contención, asistencia y
acompañamiento las 24 horas, los 365 días del año.
¿Cómo te podemos ayudar?
Un equipo de psicólogas y trabajadoras sociales del Programa las Víctimas contra
las Violencias, atiende tu llamado o tu mensaje de WhatsApp. Te brindamos
contención e información sobre tus derechos.
Para ayudarte, las profesionales articulan con los recursos locales de seguridad y
asistencia que se mantendrán en contacto con vos hasta saber que estás a
resguardo. En caso de ser necesario se comunicarán al 911.
En caso de que te encuentres en la Ciudad de Buenos Aires, Chaco (Resistencia)
o Misiones (Posadas, Oberá o en El Dorado), equipos móviles se pueden desplazar
hasta tu ubicación, acompañados por personal policial, para intervenir ante una
situación de emergencia.
Las profesionales podrán asesorarte para que tomes las medidas necesarias para
tu protección:
• Acompañarte a un hospital para que recibas atención y medicación
gratuita.
• Asesorarte sobre sus derechos.
• Acompañarte a radicar la denuncia.
• Contactar a tu red familiar o afectiva de apoyo.
• Acompañarte hasta un espacio donde puedas alojarte.
Seguimiento
Luego de la primera intervención, las profesionales hacen un seguimiento de tu
salud, de los procesos judiciales y de las medidas de protección, y pueden ponerte
91
en contacto con los recursos de tu localidad. También podrá participar un equipo
de abogados para asesorarte.
Violencias contra niños, niñas y adolescentes
También podés comunicarte a la Línea 137 o al WhatsApp 11 3133-1000 si sabés
o sospechas que un niño, niña o adolescente es víctima de violencia familiar,
abuso sexual, grooming o explotación sexual.
O podés realizar tu consulta confidencal mediante el formulario
https://www.argentina.gob.ar/justicia/violencia-familiar-sexual/formulario-de-
consulta-grooming
Llamá al 137
Línea nacional, las 24 horas, los 365 días del año.
Por WhatsApp
Escribimos por WhatsApp al 11 3133-1000
Contra de la Trata y la Explotación de personas
Fuente:
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - ARGENTINA.GOB.AR (N/D)
Contra de la Trata y la Explotación de personas. Recuperado de:
https://www.argentina.gob.ar/jefatura/comitecontralatrata. [fragmentos]
Desde el Comité Ejecutivo de Lucha en contra de la Trata y Explotación de
Personas y para la protección y asistencia a sus víctimas, coordinamos el diseño
y la planificación de la política pública en materia de prevención, persecución y
asistencia a las personas damnificadas.
Llamá al servicio de Detención/Denuncias: Línea 145
Whatsapp de atención
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Asesoramos, respondemos consultas y brindamos información las 24 hs los 365
días del año (54–11) 65460580.
¿Qué es la pornovenganza y cómo me protejo?
Fuente:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS -
ARGENTINA.GOB.AR (19 de diciembre de 2020) Con Vos en la Web.
Situaciones. ¿Qué es la pornovenganza y cómo me protejo?. Recuperado de:
https://www.argentina.gob.ar/justicia/convosenlaweb/situaciones/que-es-
y-como-protegerse-de-la-pornovenganza [fragmentos]
¿Qué es la pornovenganza?
Es la difusión no consentida de imágenes o videos íntimos en redes sociales,
servicios de mensajería instantánea y cualquier tipo de medio social donde se
comparte información.
El Código Penal considera a la pornovenganza como un tipo de extorsión.
¿Qué imágenes se difunden?
Imágenes o videos que son filmadas y grabadas en el contexto de la intimidad
para uso en la intimidad.
¿Quiénes realizan la pornovenganza?
La realizan parejas, exparejas o personas que buscan vengarse luego de una
ruptura o pelea.
¿Qué diferencias hay entre pornovenganza y sextosión?
Pornovenganza: luego de rupturas amorosas o peleas alguna de las personas
involucradas difunde de forma pública material intimo sin consentimiento de la
otra con intención de dañar.
Sextorsión: la persona es amenazada y deberá dar dinero o hacer algo a cambio
de que no difundan imágenes intimas.
93
¿Dónde se publican y viralizan las imágenes de pornovenganza?
Las publican y viralizan en:
• Sitios para adultos donde se crean perfiles falsos para conocer personas y
luego compartir las imágenes con extraños.
• Redes sociales para adultos.
• Sitios de videochat
• Whatsapp, telegram y otro tipo de servicio de mensajería instantánea.
¿Qué hacer si soy víctima de pornovenganza?
• Guardá todas las pruebas que tengas: chats, correos electrónicos, capturas
de pantalla y cualquier tipo de contenido que aporte información a los
peritos informáticos para presentarlas en una fiscalía. Muchas veces, los
casos de pornovenganza pueden terminar en sextorsión.
• Pedí que bajen el video o fotos de cada uno de los sitios donde se publicó.
El artículo 16 de la ley 25.326 de Protección de Datos Personales establece
que deben darlo de baja dentro de los 5 días hábiles a partir de tu denuncia.
• Buscá asesoramiento legal.
¿Dónde podés hacer la denuncia?
Ingresá al área de denuncias de Con Vos en la Web y buscá la fiscalía que te
corresponde por tu domicilio para presentar las pruebas.
¿Cómo evitar que te vuelva a pasar?
• Tené presente que cuando se viralizan imágenes en Internet, aunque los
sitios den de baja las publicaciones ofensivas, es imposible borrarlas de
toda la red.
• Si vas a tomar imágenes en la intimidad, tené siempre el consentimiento
de tu pareja.
94
• No compartas imágenes íntimas con personas que puedan difundirlas sin
tu consentimiento.
• Las historias subidas a Instagram pueden capturarse y compartirse sin tu
consentimiento.
• Si te vas a filmar o sacar una foto, evitá que en las imágenes o videos se vea
tu cara o cualquier otro rasgo que permita identificarte.
• Las imágenes que se envían por aplicaciones como Snapchat avisan
cuando alguien realiza una captura.
• Se pueden capturar las imágenes de redes sociales o servicios de
mensajería instantánea con otro celular.
Informate mejor:
Más información en lenguaje claro en el sitio de Derecho Fácil
• Ley de Protección de Datos Personales
• Ley de Delitos Informáticos
¿Qué tenés que hacer si no aparece un familiar?
Fuente:
MINISTERIO DE SEGURIDAD - ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Búsqueda de
personas desaparecidas y extraviadas. ¿Qué tenés que hacer si no aparece un
familiar?. Recuperado de:
https://www.argentina.gob.ar/seguridad/personasextraviadas/denuncia.
[fragmentos]
Te explicamos cómo debés proceder si algún integrante de tu familia no vuelve a
casa.
Si alguien de tu familia desaparece, hacé la denuncia de manera inmediata en la
comisaría más cercana. No tenés que esperar que pase un tiempo mínimo, y la
comisaría está obligada a tomar tu denuncia.
95
• Brindá todos los datos que conozcas de la persona desaparecida, por más
irrelevantes que parezcan.
• Llevá la foto más actualizada que tengas.
A continuación:
• Comunicate con su entorno cercano (amigos, compañeros de escuela o de
trabajo, etc) e informá sus datos a la autoridad a cargo de la investigación.
• No uses los teléfonos que la persona pueda saber de memoria, por si
intenta llamar.
• Toda información que llegue a tu conocimiento, comunicala a la policía o
al fiscal.
• Si difundís la búsqueda en redes sociales, te recomendamos que solo
informes el teléfono de contacto de la comisaría interviniente o el que los
investigadores te propongan.
• Si la persona aparece, acompañala a la comisaría para dejar sin efecto la
búsqueda.
SIFEBU, Sistema Federal de Búsqueda de Personas Desaparecidas y
Extraviadas
(54-11) 5278-9800 internos 5558 y 5507
NIVEL PROVINCIAL
Recursero de MUMALA.
¿Dónde acudir en caso de violencia de género?
Fuente:
LIBRES DEL SUR; MUMALA; BARRIOS DE PIE (N/D) Recursero
MUMALA. ¿Dónde acudir en caso de violencia de género?. Mendoza:
MUMALA.
96
Si estás sufriendo violencia de género:
• Línea 144: Llamá acá las 24 hs por información, asesoramiento o
contención de forma anónima.
• 1127716463: Si no podés hablar, mandá un wp a este número y escribí
“Hola”.
• App 144: Descargá la app de la Play Store para acceder a info de centros de
atención y medios de contacto.
• Línea 911: Si estás en situación de riesgo, llamá a la línea de emergencia.
Dirección de Género y Diversidad de Mendoza
Para asistencia y asesoramiento, pedí turno:
• dmgd@mendoza.gov.ar
• 4242281 - 4241862
• 2615100050
Si necesitás asesoramiento legal por violencia de género
Mandá un mail a: patrociniogyd@mendoza.gov.ar con el asunto “Asesoramiento
legal”
Los abogados y abogadas de la Dirección de Género y Diversidad de la provincia
de Mendoza prestan patrocinio jurídico gratuito por esta vía.
Para acceder a la Red de Hogares Refugios para mujeres en situación
de violencia
Comunicate a:
• dmgd@mendoza.gov.ar
• 4242281
• 2615931099
97
En Mendoza hay 11 refugios. Si necesitás un lugar donde quedarte podés pedirlo
a por estos medios de contacto de la Dirección de Género y Diversidad de la
provincia.
Si querés realizar una denuncia por violencia de género:
https://denuncias.jus.mendoza.gov.ar/
Si necesitás medidas de protección en violencia de género:
http://www.jus.mendoza.gov.ar/inicio
Si no tenés internet o no sabés cómo usarlo, escribinos y nosotras (MUMALA) te
ayudamos. ¡No estás sola!
Área Mujer/Género y Diversidad Municipal
Pedir turno para atención y asesoramiento
CIUDAD
• 9 de julio 500- Subsuelo, (ingreso por patio
inglés)
• generoydiversidad@ciudaddemendoza.go
v.ar
• 4495304
• 2612093446
LAS HERAS
• Calle Echeverría 463 (entre Dr. Moreno y
Agustín Alvarez)
• generodiversidad.lh@gmail.com
• 2617092877
• 2616614243
GUAYMALLÉN
• Godoy Cruz 1227, Subsuelo, San José
• politicadeequidadgllen@gmail.com
• 4451223
• 2616175316
GODOY CRUZ
• Hipermercado Libertad, Ala Norte,
Joaquín V. González y Cipoletti
• mujeryequidadgodoycruz@gmail.com
• 4429349
• 2613064937
98
MAIPÚ
• Padre Vásquez 586
• areamujermaipu@gmail.com
• 4974285
• 2616683113
LUJÁN DE CUYO
• Parque Cívico Bloque 2, Boedo 505 Mayor
Drummond
• areamujerlujan@hotmail.com
• 4872027 / 4989910
• 2615941156
LAVALLE
• Bº Toum, Mzna. B Casa 9, Villa Tulumaya
• educacionyfamilia@lavallemendoza.gob.a
r
• 4941775
• 2616560066
LA PAZ
• Belgrano y Galigniana
• mujergeneroydiversidad@gmail.com
• 02626 421400
SANTA ROSA
• Julio A. Roca 281
• generosantarosa@gmail.com
• 2634599718
JUNÍN
• San Martín 15
• yesicabayardi@gmail.com
• 263 4521667
RIVADAVIA
• Perito Moreno y Lavalle
• programagenerorivadavia@gmail.com
• 2634663850
SAN MARTÍN
• España 29, 2do. Piso
• diversidadygenero@sanmartinmza.gob.ar
• 0263 4650237
TUNUYÁN
• La Argentina 600
SAN CARLOS
• Independencia 345
99
• derechoshumanostyan@gmail.com
• 02622-221132 / 410081
• 2622-15221132
• eri_bord@hotmail.com
• 02622-1543668
• 2622408603
TUPUNGATO
• 25 de Mayo y Mosconi
• generoydiversidad@tupungato.gov.ar
• 02622-15521059
SAN RAFAEL
• Saavedra 273
• areadelamujer@hotmail.com
• 0260 4422482
• 0260-154059046
GRAL. ALVEAR
• Alvear Oeste 650
• mujeryfamilia@alvearmendoza.gob.ar
• 2625-15431452
MALARGÜE
• Salas s/n
• mujeryfamilia@alvearmendoza.gob.ar
• 0260 4673650 / 02627 470505 int. 213 /
4471060
• 260-154231530
Gestionar turnos para la asistencia judicial
Dirección de la Mujer, Género y Diversidad “Dra. Carmen María Argibay”
Suprema Corte de Justicia
• http://www.jus.mendoza.gov.ar/web/direccion-de-lamujer/consultas
• direcciondelamujer@jus.mendoza.gov.ar
• Primera Circunscripción Judicial (Capital, Godoy Cruz, Guaymallén, Las
Heras, Luján, Maipú y Lavalle). Y Segunda Circunscripción (San Rafael,
General Alvear y Malargüe) (261) 449 3236/5749 261 6842676 /
2616568336
100
• Tercera Circunscripción (San Martín, Rivadavia, Junín, Santa Rosa y La
Paz) (2634) 439678 - 2634 665645
• Cuarta Circunscripción (Tunuyán, San Carlos y Tupungato) (02622)
423163 - 261 6832107
DENTRO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO
Dónde acudir en la UNCUYO ante situaciones de violencia de género
Fuente:
PRENSA INSTITUCIONAL – UNCUYO. (14 DE MAYO DE 2019) Dónde
acudir en la UNCUYO ante situaciones de violencia de género.
Recuperado de: https://www.uncuyo.edu.ar/prensa/donde-acudir-en-la-
uncuyo-ante-situaciones-de-violencia-de-genero. [fragmentos]
La Universidad cuenta con un protocolo de intervención institucional; un área de
asesoramiento gratuito; una consejería de sexualidades, identidades de género y
101
situaciones de violencia patriarcal; y un espacio que aborda la temática de
géneros en particular y su vinculación con la educación desde los marcos legales.
Conocé en detalle cómo acceder a cada una de las propuestas.
Hace tiempo que la Universidad trabaja sobre uno de los objetivos que plantea su
Plan Estratégico, como es poder dar respuesta con pertinencia a las demandas
legítimas de la sociedad.
En ese sentido el Consejo Superior aprobó en 2017 el protocolo de intervención
institucional ante denuncias por violencia de género, propuesta que impulsó el
rector Daniel Pizzi.
Asimismo, la Casa de Estudios habilitó un espacio de asesoramiento gratuito
exclusivo para víctimas de violencia de género, que funciona en los Consultorios
Jurídicos de la facultad de Derecho. Y puso en funcionamiento el servicio de
Consejería de Sexualidades, identidades de género y situaciones de violencia
patriarcal.
Consejería de Sexualidades, identidades de género y situaciones de
violencia patriarcal
Ofrece información sobre género y sexualidad, y asesoramiento personalizado a
estudiantes, docentes y personal de apoyo académico de todas las dependencias
de la UNCuyo (incluidos los secundarios) sobre situaciones de violencia de género
a través de la Consejería de Sexualidades, identidades de género y situaciones de
violencia patriarcal.
En ese sentido profesionales de psicología, derecho, trabajo social y educación,
con especialización y experiencia en el ámbito de los derechos humanos y
perspectiva de género, atienden por demanda espontánea o por derivación. La
atención se realiza en el Comedor Universitario, los martes de 14 a 19, los
miércoles de 11 a 19 y los viernes de 11 a 14.
Es un espacio para escuchar, dialogar e informarse sobre distintas temáticas que
promueven la toma de decisiones autónomas, garantizando intimidad y
confidencialidad. A través de constantes capacitaciones y la difusión del protocolo
en todas las unidades académicas busca promover la igualdad de género en el
102
ámbito universitario, con el fin de erradicar cualquier forma de sexismo,
discriminación y violencia contra las personas.
Consejería de Sexualidades, identidades de género y situaciones de
violencia patriarcal
Sede Comedor Universitario, Hogar y Club Universitario (Comedor
Universitario), Ciudad Universitaria, Ciudad de Mendoza
Correo electrónico: consejeria@uncu.edu.ar
Horario de atención: Lunes a viernes de 9.30 a 13.30 hs.
Teléfono: 2616949064
Protocolo
Cómo proceder para radicar una denuncia. Cualquier persona que se considere
víctima de violencia, en términos del artículo 4 de la Ley Nº 26.485, en el ámbito
de la UNCUYO podrá formular la denuncia de la situación ante la autoridad de
mayor proximidad por cualquier medio, quien se encargará de poner en
conocimiento al funcionario designado por la secretaría de Bienestar en un plazo
no mayor a 48 horas. Ese funcionario contará con formación en perspectiva de
género necesaria para recepcionar las denuncias que ante ellos se realicen. Por su
parte, la Secretaría en un plazo no mayor a 48 horas coordinará una entrevista
con la posible víctima.
El funcionario que realice la entrevista deberá informar a la persona que tiene
derecho a recibir asesoramiento integral en el ámbito de la Secretaría y/o
acompañamiento -en caso de ser estudiante-, desde la Defensoría Estudiantil de
la Universidad o ámbito y espacio a fines. Además, en la entrevista se permitirá
que la denunciante asista en compañía de una persona de confianza para su
contención. Se considerarán de “gravedad y urgencia” aquellos casos en donde
corra riesgo de vida o la integridad física de la denunciante o su grupo familiar.
Las autoridades designadas por Bienestar tendrán el deber de remitir sus
actuaciones a la Autoridad Universitaria que detenta la potestad disciplinaria
103
sobre el posible agresor en un plazo no mayor a las 48 horas de realizada la
entrevista. La denunciante podrá pedir que las sesiones de los Órganos
Colegiados que traten la denuncia en cuestión sean reservadas o cerradas.
En el caso que el denunciado tenga una relación directa de autoridad sobre quien
realiza la denuncia, con el mismo acto administrativo con el que se disponga el
inicio de la investigación administrativa pertinente, deberá dictarse la/s
medida/s preventiva/s que eviten el contacto entre ellos.
A su vez, la Oficina de Sumario del Rectorado de la UNCUYO contará con
personal formado en perspectiva de género y violencia sexista que estará a
disposición de toda Unidad Académica. Al mismo tiempo, todas las Oficinas de
Sumarios e instructores sumariantes de la Universidad deberán dar tratamiento
prioritario a las investigaciones que se inicien según el presente protocolo de
género.
Se debe aclarar que en toda investigación administrativa dispuesta en los
términos de éste protocolo y la Ley Nº 26.485, los funcionarios que intervienen
en el proceso deberán proteger la identidad de la potencial víctima de violencia
sexista.
Por otro lado, una vez resuelto el sumario administrativo, y junto con la sanción
que procediere, el instructor en el informe previsto en el artículo 108 del
Reglamento de Investigación Administrativa deberá expedirse sobre la
posibilidad de medidas de reparación al daño y de no repetición del mismo.
Para concluir el proceso, la secretaría de Bienestar deberá monitorear la
aplicación del protocolo y realizar informes anuales sobre su avance. Una vez
confeccionado el mencionado informe, se comunicará ante el Consejo Superior
de la UNCUYO los resultados que éste arroje.
Resolución nº 682 (Protocolo violencia - Normativa)
Mendoza 4 de julio de 2017
Disponible en:
http://fcp.uncuyo.edu.ar/upload/protocolo-de-violencia.pdf
104
Consultorios
Es un espacio de asesoramiento gratuito exclusivamente para víctimas de
violencia de género. Funciona en los Consultorios Jurídicos de la facultad de
Derecho. Esa Unidad Académica presta servicios en temas vinculados con el
Derecho Penal, Civil, Familiar, Laboral y Administrativo para la población en
general y en especial para personas con escasos recursos.
Las consultas se atienden los viernes por la tarde. Las personas pueden solicitar
turno al 4494104, de lunes a viernes de 9 a 12 o acercarse personalmente a la
oficina ubicada en el primer piso de Derecho.
105
REFERENCIA
BIBLIOGRÁFICA
106
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA
• ÁLVAREZ GARCÍA, MARIÁNGELES; SÁNCHEZ ALÍAS, ANA Mª; BOJÓ
BALLESTER, PEPA. (2016) Manual De Atención Psicológica A Víctimas
De Maltrato Machista. Donostia - Gipuzkoa: Colegio Oficial de la
Psicología de Gipuzkoa.
• ASAMBLEA GENERAL - NACIONES UNIDAS. (6 de julio de 2006)
Estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer.
Informe del Secretario General. Nueva York: Naciones Unidas.
• BOLLA, DAGNINO CONTINI; EKKERT, FERNÁNDEZ MICHELLI;
GOTTA, SEGURA, SIRI; STANGE Y TALAMONTI. (2019) Herramientas
para hacer frente a la violencia de género: aportes y experiencias desde
los feminismos: Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género-
CAV. La Plata: Ediciones de la Caracola.
• CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD
REPRODUCTIVA - SECRETARÍA DE SALUD. (2009) Modelo Integrado
para la Prevención y Atención de la Violencia Familiar y sexual. Manual
Operativo. México DF: Centro Nacional de Equidad de Género y Salud
Reproductiva.
• INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES. (2008) Guía metodológica
para la sensibilización en género: Una herramienta didáctica para la
capacitación en la administración pública. Violencia contra las mujeres:
un obstáculo crítico para la igualdad de género. Volumen 4. México DF:
INMUJERES.
• JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - ARGENTINA.GOB.AR
(N/D) Contra de la Trata y la Explotación de personas. Recuperado de:
https://www.argentina.gob.ar/jefatura/comitecontralatrata
• LIBRES DEL SUR; MUMALA; BARRIOS DE PIE (N/D) Recursero
MUMALA. ¿Dónde acudir en caso de violencia de género?. Mendoza:
MUMALA.
107
• MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS -
ARGENTINA.GOB.AR (19 de diciembre de 2020) Con Vos en la Web.
Situaciones. ¿Qué es la pornovenganza y cómo me protejo?. Recuperado
de:
https://www.argentina.gob.ar/justicia/convosenlaweb/situaciones/que-
es-y-como-protegerse-de-la-pornovenganza
• MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS -
ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Violencia familiar y sexual - Línea 137.
Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/justicia/violencia-
familiar-sexual
• MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD -
ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Línea 144–. Recuperado de:
https://www.argentina.gob.ar/generos/linea-144
• MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD–
ARGENTINA. (2020) Plan nacional de acción contra las violencias por
motivos de género (2020 - 2022). Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación.
• MINISTERIO DE SEGURIDAD – ARGENTINA.GOB.AR (N/D) 911
Emergencias. Recuperado de:
https://www.argentina.gob.ar/seguridad/911emergencias.
• MINISTERIO DE SEGURIDAD - ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Búsqueda
de personas desaparecidas y extraviadas. ¿Qué tenés que hacer si no
aparece un familiar?. Recuperado de:
https://www.argentina.gob.ar/seguridad/personasextraviadas/denuncia
• MUMALA Mendoza (3 de enero de 2021) Mumala Mendoza -
REGISTRO NACIONAL DE FEMICIDIOS... [Estado de facebook].
Recuperado de:
https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=3713623185347869&id=
517327314977488&sfnsn=scwspwa
108
• MUMALA Mendoza (31 de agosto de 2021) Mumala Mendoza - 2⃣0⃣2⃣1⃣
REGISTRO NACIONAL DE FEMICIDIOS... [Estado de facebook].
Recuperado de:
https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=4407596109283903&id=
517327314977488&sfnsn=scwspwa
• ONU MUJERES; Secretaría de Relaciones Exteriores – Estados Unidos
Mexicanos (2016) Caja de Herramientas. Protocolo de atención consular
para personas víctimas de violencia basada en el género. México:
Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el
Empoderamiento de las Mujeres.
• PRENSA INSTITUCIONAL – UNCUYO. (14 DE MAYO DE 2019) Dónde
acudir en la UNCUYO ante situaciones de violencia de género. Recuperado
de: https://www.uncuyo.edu.ar/prensa/donde-acudir-en-la-uncuyo-
ante-situaciones-de-violencia-de-genero
• RED DE MUJERES JÓVENES POR LA DEMOCRACIA PARITARIA
(2020) “LA PANDEMIA COMO AL PATRIARCADO, LO VENCEMOS
JUNTAS”. Protocolo para atender la "Violencia de género durante la
contingencia COVID-19 en Jalisco. Jalisco: Red De Mujeres Jóvenes Por
La Democracia Paritaria.

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  • 2. 2 SELECCIÓN DE TEXTOS Caja de herramientas contra la violencia de género Ciclo de capacitaciones destinado a estudiantes y promotoras territoriales Equipo: SALATINO, Renata – Coordinadora (Facultad de Filosofía y Letras) BOBBA, María Belén – Articulación MUMALA (Facultad de Ciencias Políticas y Sociales) LÓPEZ, Rocío (Facultad de Educación) MONTAÑO, Kevin (Facultad de Ciencias Políticas y Sociales) PIZARRO, Constanza (Facultad de Artes y Diseño) Evaluación y financiamiento: FONDO DE INICIATIVAS ESTUDIANTILES (FIE) Dirección de Políticas Públicas y Planificación - Secretaría de Relaciones Internacionales, Asuntos Legales y Administración. UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO. Editado por: FONDO DE INICIATIVAS ESTUDIANTILES – Universidad Nacional de Cuyo. Mendoza - Argentina Septiembre de 2021
  • 3. 3 Índice VIOLENCIA DE GÉNERO..................................................................5 ¿Qué es la violencia contra las mujeres? .........................................................6 ¿Qué genera la violencia contra las mujeres? ............................................ 7 Las Causas de la Violencia...........................................................................8 La Violencia Contra las Mujeres es una Manifestación de las Inequidades .............................................................................................................................. 10 La violencia contra la mujer: una forma de discriminación y violación de los derechos humanos.......................................................................................... 12 Consecuencias de la categorización de la violencia contra la mujer como un problema de derechos humanos ...........................................................................17 Dinámica de la violencia ........................................................................... 18 Ciclo de violencia.......................................................................................20 Espiral de la violencia................................................................................22 Impacto del maltrato en la salud de las mujeres ......................................23 MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL, REGIONAL Y NACIONAL .......................................................................................................26 Marco normativo internacional y regional en materia de violencia de género ................................................................................................................... 27 Marco normativo nacional en materia de violencias de género...............32 La ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres y el Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad de la Nación como organismo rector..................34 Tipos y modalidades de violencias por motivos de género ......................36 ESTADÍSTICAS...............................................................................41 Registro Nacional De Femicidios ................................................. 42 GUÍA DE HERRAMIENTAS PRÁCTICAS SOBRE COMO ACCIONAR ...................................................................................................... .51
  • 4. 4 ¿Cómo saber si vives en situación de violencia? ......................................52 ¿Qué hacer en caso de vivir violencia y sentir que tu vida está en peligro? .............................................................................................................................. 55 ¿Y si conozco alguien que sufre este tipo de violencia, qué puedo hacer?57 Promotorxs territoriales y personas acompañantes ante situaciones de violencia de género...............................................................................................60 Procedimientos ante situaciones de violencia ...............................60 Acompañamiento ........................................................................... 61 Guía de preguntas para detección y mensajes clave .....................62 Guía para valoración del peligro y riesgo.......................................66 Guía de entrevista...........................................................................70 Guía de primer apoyo emocional y manejo de crisis .....................82 RECURSERO DE VIOLENCIA DE GÉNERO ....................................87 Nivel nacional ...........................................................................................88 911 Emergencias .............................................................................88 Línea 144.........................................................................................88 Violencia familiar y sexual .............................................................89 Contra de la Trata y la Explotación de personas ........................... 91 ¿Qué es la pornovenganza y cómo me protejo? ............................92 ¿Qué tenés que hacer si no aparece un familiar? ..........................94 Nivel provincial .........................................................................................95 Recursero de MUMALA. ¿Dónde acudir en caso de violencia de género? .................................................................................................................95 Dentro de la Universidad Nacional de Cuyo ..........................................100 Dónde acudir en la UNCUYO ante situaciones de violencia de género .................................................................................................................100 REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA....................................................105
  • 6. 6 ¿Qué es la violencia contra las mujeres? Fuente: INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES (2008) Guía metodológica para la sensibilización en género: Una herramienta didáctica para la capacitación en la administración pública. Violencia contra las mujeres: un obstáculo crítico para la igualdad de género. Volumen 4. México DF: INMUJERES [fragmentos] La violencia contra las mujeres ha sido denunciada por grupos organizados de mujeres en todo el mundo, por ser uno de los problemas que atenta contra su dignidad y derechos humanos. Han destacado que este tipo de violencia no es un asunto “íntimo de las parejas ni de las familias disfuncionales”, sino consecuencia de las relaciones de inequidad y poder entre mujeres y hombres. Al considerarla parte de las prerrogativas masculinas de ejercicio de poder y de autoridad tanto en la familia como en la esfera pública, la violencia contra las mujeres ha sido naturalizada y tolerada por la sociedad y el Estado. De ahí que el discurso social admite la reproducción de la violencia mediante imágenes y creencias que continuamente las culpabilizan y las hacen responsables de la agresividad de los otros, configurando la violencia de género como una expresión de la dominación masculina (Carcedo y Molina, 2003). Según informes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en países con diferentes niveles de desarrollo, para la mayoría de las mujeres la violencia empieza en el hogar a manos de los padres, los hermanos o de la pareja. Al contrario de lo que sucede con los hombres, más de las dos terceras partes de los actos violentos son cometidos por alguien cercano a ellas (Rojas, 2005:38). La Organización Mundial de la Salud (2002) reporta que 70% de las mujeres víctimas de homicidio en el mundo fueron asesinadas por sus maridos o amantes. Por ello, el Artículo 1 de la Declaración de Naciones Unidas sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (1993) la define como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”.
  • 7. 7 De acuerdo con esta definición, la violencia se caracteriza por: • Ser un acto u omisión intencional con el propósito de ejercer el control y el sometimiento sobre las personas, • Transgredir un derecho humano que afecta la vida y la dignidad de las personas, y • Ocasionar un daño visible o no, resultado de la violencia psicológica y simbólica, que abarca un conjunto de manifestaciones imperceptibles que se acumulan a lo largo de los años. ¿Qué genera la violencia contra las mujeres? Fuente: INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES (2008) Guía metodológica para la sensibilización en género: Una herramienta didáctica para la capacitación en la administración pública. Violencia contra las mujeres: un obstáculo crítico para la igualdad de género. Volumen 4. México DF: INMUJERES [fragmentos] La violencia es un comportamiento aprendido que tiene sus raíces en la cultura y en la forma como ésta se estructura socialmente. La violencia contra las mujeres se origina en la existencia de desequilibrios de poder en determinados contextos, formas de control interpersonales, posiciones de desventaja social frente a los hombres, y por pautas de construcción y orientación de la identidad. De ahí que entre las causas de violencia hacia las mujeres, encontramos la exaltación de los estereotipos, roles e identidades asociadas a lo masculino- femenino, como categorías binarias y jerarquizadas. Las representaciones y expectativas que tenemos sobre lo que significa “ser hombre” o “ser mujer” son determinantes en la forma de comportarnos o reaccionar ante situaciones o conflictos. Por ejemplo, se espera que un hombre defienda a “golpes” a su familia, su propia dignidad y sobre todo su “hombría”. Así como se espera que las mujeres sean obedientes frente a la autoridad de sus padres, esposos o hermanos. De acuerdo con estas expectativas culturales de la masculinidad y la feminidad, la sociedad tolera e incentiva la violencia de género que se ve reflejada en las
  • 8. 8 prácticas cotidianas y en las disposiciones normativas que justifican y legitiman este tipo de violencia tanto en el ámbito privado como en la vida pública. Por lo anterior, debe quedar claro que la pobreza, el hacinamiento, el desempleo, la falta de acceso a la educación, el abuso del alcohol y/o drogas son factores que favorecen la violencia, mas no razones que explican sus orígenes. Está comprobado que la violencia afecta a personas, familias y comunidades de diferentes condiciones y culturas. Las Causas de la Violencia Fuente: CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA - SECRETARÍA DE SALUD. (2009) Modelo Integrado para la Prevención y Atención de la Violencia Familiar y sexual. Manual Operativo. México DF: Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva [fragmentos] La violencia es parte de nuestra realidad. Todas las personas, en diferentes contextos geográficos, políticos y culturales, con independencia de su condición económica, edad, etnia y sexo son objeto de violencia en sus múltiples expresiones cotidianas. La violencia está presente en todas partes, en las calles, las escuelas, los centros de trabajo y en los hogares. Los medios de comunicación nos muestran todos los días imágenes o descripciones de hechos violentos. El uso de la violencia es motivo de preocupación y reprobación social que se expresa en el rechazo a la guerra, el genocidio, el homicidio, el terrorismo. Sin embargo, estos fenómenos son valorados de distinta manera, según el contexto en el que se presentan y los grupos sociales a los que afectan. Lo que en una sociedad o en un determinado momento histórico es considerado violento, puede no serlo en un contexto distinto. La aceptación, tolerancia o sanción de las conductas violentas varía de una sociedad a otra y se modifica en el tiempo, al modificarse las creencias y los valores. Más aún, en nuestra sociedad se expresan de manera simultánea manifestaciones ambivalentes de reprobación y tolerancia ante la violencia, en particular hacia algunas de sus manifestaciones y ámbitos de ocurrencia.
  • 9. 9 El uso ancestral de la violencia como un mecanismo para la resolución de conflictos entre personas, grupos y naciones ha llevado a su interpretación como un rasgo inevitable de la conducta humana. Esta idea de que la violencia es un rasgo inherente a la naturaleza humana impide la comprensión de sus causas y limita las posibilidades de su prevención y de la atención a sus consecuencias. La violencia es un comportamiento aprendido que tiene sus raíces en la cultura, en la forma como se estructuran y organizan las sociedades. La utilización de la violencia como un mecanismo para reducir los conflictos se aprende desde la niñez y se transmite de una generación a otra a través de la familia, los juegos, la educación, el cine o los medios de comunicación. Si bien la violencia se ejerce de muchas maneras y sus consecuencias se manifiestan en daños de diversa índole, todos los actos violentos, ya sea entre personas, grupos, comunidades o países, tienen en común el objetivo del sometimiento y el control de la otra parte, es decir, el ejercicio del poder mediante la fuerza. “Para que una conducta violenta sea posible, tiene que darse una condición: la existencia de cierto desequilibrio de poder, que puede estar definido culturalmente o por el contexto, o producido por maniobras interpersonales de control de la relación.” El poder se puede definir como la habilidad de las personas o grupos de provocar la obediencia de otras personas o grupos. Para ejercer el poder, las personas o grupos deben poseer recursos superiores a los que tienen las personas que obedecen, recursos que éstos valoran y necesitan. Los recursos se refieren no sólo a bienes materiales o dinero, sino también a la aprobación social, prestigio, a los servicios, a la seguridad, etcétera. La violencia contra las mujeres, en particular la que es infligida por la pareja, es frecuentemente explicada por razones individuales, es decir por características específicas tanto de la persona que agrede como de la que es agredida. También existe la percepción, muy generalizada, de que la violencia contra las mujeres en el contexto familiar es un fenómeno exclusivo de las familias o comunidades pobres. Estas creencias son erróneas. El abuso de alcohol y drogas son factores
  • 10. 10 que influyen o que favorecen el surgimiento de la violencia, pero no son su causa. De igual manera, la pobreza, el desempleo, la falta de acceso a la educación, el hacinamiento, la falta de disponibilidad de bienes y servicios y la carencia de recursos, no son por sí mismos causas de la violencia, son factores que configuran condiciones de vida y situaciones que la propician y la favorecen; sin embargo, la violencia afecta a las personas, hogares y comunidades de todas las condiciones sociales y niveles de ingreso. La diversidad de situaciones sociales y de historias personales configura los factores de riesgo de violencia que requieren explicaciones que no se limiten al campo de acción y conocimientos de los distintos profesionales que pueden poner mayor énfasis, ya sea en las patologías individuales o en aspectos del entorno social. La atención integrada de la violencia contra las mujeres requiere que el problema sea comprendido de manera integral e integrada, es decir, que se refiera a las características de las personas involucradas en el problema, agresores y quienes viven situaciones de violencia, al contexto en el que se desenvuelven, para identificar las necesidades y las capacidades de atención en los diferentes servicios que se requieren. La Violencia Contra las Mujeres es una Manifestación de las Inequidades Fuente: CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA - SECRETARÍA DE SALUD. (2009) Modelo Integrado para la Prevención y Atención de la Violencia Familiar y sexual. Manual Operativo. México DF: Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva [fragmentos] La violencia que se ejerce contra las mujeres ha sido considerada por mucho tiempo como algo “natural” y de carácter privado. No ha sido sino hasta muy reciente cuando el movimiento de mujeres, aunado a la preocupación y acción de los gobiernos, ha hecho visible el problema y lo han posicionado en la agenda pública. El origen de la violencia contra las mujeres se encuentra enraizado en las creencias que tiene la sociedad sobre las mujeres y los hombres. En México, como
  • 11. 11 en casi todo el mundo, persisten las creencias sobre lo que deben ser los comportamientos femeninos y masculinos con base en estereotipos muy marcados: a esto se le llama roles o construcción de género. Se suele pensar que las mujeres son por naturaleza dulces, sumisas, sentimentales, pasivas, y que los hombres son fuertes, activos, agresivos y dominantes. Con base en estas creencias se justifica que los hombres impongan su voluntad y autoridad sobre las mujeres, incluso recurriendo a la violencia. El comportamiento masculino de dominación y control no es natural, es resultado de la construcción de los géneros y sus relaciones que van modelando las actitudes y conductas diferenciadas entre unos y otras. El término género se refiere a las diferencias de comportamiento, de actividades y de actitudes de mujeres y hombres, que tienen su origen en la educación y la cultura. Dichas diferencias no están determinadas por la biología, sino que son resultado de las creencias sociales sobre lo que deben ser las mujeres y los hombres. El mayor valor que la sociedad asigna a los hombres ha originado una posición de desventaja para las mujeres que se traduce en un menor acceso a recursos, oportunidades y toma de decisión. El género da cuenta de las relaciones entre hombres y mujeres caracterizadas por la asimetría de poder. La violencia contra las mujeres es una expresión de las desigualdades de género. Las actitudes de violencia hacia las mujeres se deben a la exaltación y la valoración social de ciertas características consideradas como masculinas y, por lo tanto, no deben ser juzgadas como patológicas. Las mujeres, por su parte, asumen y reproducen los roles de sumisión y subordinación socialmente aceptados como parte de la feminidad. Tales conductas son resultado de un entorno social que avala el poder y la autoridad de los hombres sobre las mujeres. Como resultado, estas desigualdades limitan la posibilidad de las mujeres para desarrollar y ejercitar sus capacidades, para su propio beneficio y para el conjunto de la sociedad. Por ello, la atención a la violencia contra las mujeres desde la perspectiva de género implica reconocerla como un problema que se explica por la posición de desventaja social de las mujeres frente a los hombres. Significa tomar en cuenta las características e historias personales de mujeres que viven en
  • 12. 12 situación de violencia y sus agresores, sin perder de vista el contexto social en el que ocurre la violencia. La violencia contra la mujer: una forma de discriminación y violación de los derechos humanos Fuente: ASAMBLEA GENERAL - NACIONES UNIDAS. (6 de julio de 2006) Estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer. Informe del Secretario General. Nueva York: Naciones Unidas. [fragmentos] Las pruebas reunidas por los investigadores acerca de la difusión generalizada y las múltiples formas de violencia contra la mujer, unidas a campañas de promoción, desembocaron en el reconocimiento de que la violencia contra la mujer era de carácter mundial y sistémica y estaba arraigada en los desequilibrios de poder y la desigualdad estructural entre los hombres y las mujeres. Fue fundamental la identificación del vínculo entre la violencia contra la mujer y la discriminación. La labor del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el órgano establecido por tratado en 1982 para supervisar la aplicación de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ha contribuido en alto grado al reconocimiento de la violencia contra la mujer como una cuestión de derechos humanos. La Convención no se refiere explícitamente a la violencia contra la mujer, pero el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer ha dejado en claro que todas las formas de violencia contra la mujer están comprendidas en la definición de discriminación contra la mujer establecida en la Convención. El Comité pide ordinariamente a los Estados parte que adopten las medidas necesarias para poner fin a dicha violencia. En su recomendación general N° 12 (1989), señaló a los Estados parte la obligación de proteger a la mujer contra la violencia establecida en varios artículos de la Convención y les pidió que incluyeran en sus informes periódicos que presentan al Comité información sobre la frecuencia de la violencia y las medidas adoptadas para erradicarla. En su recomendación general N° 19 (1992) el Comité estableció con toda claridad la
  • 13. 13 conexión: afirmó inequívocamente que la violencia contra la mujer constituye una forma de discriminación por motivos de género y que la discriminación es una de las causas principales de dicha violencia. Ese análisis ubicó a la violencia contra la mujer dentro de los términos de la Convención y la norma jurídica internacional de no discriminación por motivos de sexo y, de tal modo, directamente en el lenguaje, las instituciones y los procesos de derechos humanos. Los procedimientos de investigación y denuncias individuales previstos en el Protocolo Facultativo de la Convención, en vigor desde el año 2000, permiten que el Comité vaya elaborando una jurisprudencia en esta esfera. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993 se vio una movilización mundial coordinada tendiente a reafirmar los derechos de la mujer como derechos humanos. Mujeres provenientes de todas las regiones, que representaban a gobiernos y a organizaciones no gubernamentales, colaboraron y se organizaron para influir en los procesos preparatorios de la Conferencia en los niveles regional y mundial haciendo campaña para incorporar una perspectiva de género a el programa internacional de acción en materia de derechos humanos e incrementar la visibilidad de las violaciones de los derechos humanos de las mujeres. En la Declaración y Programa de Acción de Viena se afirmó la universalidad de los derechos de la mujer como derechos humanos y se hizo un llamamiento a la eliminación de la violencia por motivos de género. La Conferencia de Viena también incrementó significativamente el impulso que llevó poco después en ese mismo año a la adopción de la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer por parte de la Asamblea General. La Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer expresa que la violencia contra la mujer “constituye una manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales entre el hombre y la mujer, que han conducido a la dominación de la mujer y a la discriminación en su contra por parte del hombre e impedido el adelanto pleno de la mujer”. Pone de relieve los distintos escenarios de la violencia contra la mujer: violencia en la familia, violencia en la comunidad, y violencia cometida o tolerada por el Estado. La Declaración expresa preocupación por el hecho de que algunos grupos de mujeres, como por ejemplo las mujeres pertenecientes a minorías, las mujeres indígenas, las refugiadas, las mujeres indigentes, las mujeres recluidas en instituciones o detenidas, las niñas,
  • 14. 14 las mujeres con discapacidades, las ancianas y las mujeres en situaciones de conflicto armado son particularmente vulnerables a la violencia. Enuncia una serie de medidas que deben adoptar los Estados para prevenir y eliminar la violencia contra la mujer. Exige que los Estados condenen la violencia contra la mujer y no invoquen ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa para eludir su obligación de eliminarla. Definiciones de la violencia contra la mujer • Recomendación general N° 19 Recomendación general N° 19 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer, párrs. 6 y 7: La violencia contra la mujer por motivos de género es “la violencia dirigida contra la mujer porque es mujer o que la afecta en forma desproporcionada. Incluye actos que infligen daños o sufrimientos de índole física, mental o sexual, amenazas de cometer esos actos, coacción y otras formas de privación de la libertad.” “La violencia contra la mujer, que menoscaba o anula el goce de sus derechos humanos y sus libertades fundamentales en virtud del derecho internacional o de los diversos convenios de derechos humanos, constituye discriminación, como la define el artículo 1 de la Convención.” • Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, artículo 1 Resolución 48/104 de la Asamblea General Por “violencia contra la mujer” se entiende “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.” • Resolución de la Asamblea General sobre la eliminación de la violencia contra la mujer en el hogar
  • 15. 15 Resolución 58/147 de la Asamblea General Reconoce que “la violencia en el hogar puede incluir privaciones económicas y aislamiento, y ese tipo de comportamiento puede constituir un peligro inminente para la seguridad, la salud o el bienestar de la mujer.” También como resultado de la Conferencia de Viena, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas designó en 1994 una Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias. Ese mandato creó un mecanismo institucional para hacer periódicamente un examen a fondo sobre la violencia contra la mujer en todo el mundo y presentar el correspondiente informe. Esa labor se lleva a cabo en el marco del régimen internacional de derechos humanos, y comprende recomendaciones sobre la forma de eliminar la violencia contra la mujer y sus causas, y corregir sus consecuencias. Mediante la realización de análisis, recomendaciones y visitas a los países, la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias ha elevado el nivel de conciencia acerca de las causas y consecuencias de las distintas formas de violencia contra la mujer y ha profundizado la comprensión de los estándares internacionales en esta esfera. La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, adoptada por 189 países en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, consolidó esos avances al subrayar que la violencia contra la mujer es a la vez una violación de los derechos humanos de las mujeres y un obstáculo para el pleno disfrute a ser la exigencia de responsabilizar a los Estados por las medidas encaminadas prevenir y eliminar la violencia contra la mujer. En la Plataforma de Acción de Beijing se determinaron 12 esferas principales para la adopción de medidas urgentes encaminadas a alcanzar los objetivos de igualdad, desarrollo y paz; una de dichas esferas era la relacionada con la violencia contra la mujer. En varias otras esferas de particular preocupación también se contemplaba a la violencia contra la mujer. La Plataforma de Acción de Beijing
  • 16. 16 La esfera principal de preocupación de la Plataforma de Acción de Beijing sobre la violencia contra la mujer comprende tres objetivos estratégicos: • Adoptar medidas integradas para prevenir y eliminar la violencia contra la mujer • Estudiar las causas y las consecuencias de la violencia contra la mujer y la eficacia de las medidas de prevención • Eliminar la trata de mujeres y prestar asistencia a las víctimas de la violencia derivada de la prostitución y la trata de mujeres. Dentro de dichos objetivos, la Plataforma de Acción establece una serie de medidas concretas que deben adoptar los gobiernos, en particular la aplicación de los instrumentos internacionales de derechos humanos; la adopción y la revisión periódica de legislación sobre la violencia contra la mujer, el acceso a la justicia y a recursos efectivos; políticas y programas encaminados a proteger y apoyar a las mujeres víctimas de la violencia, y medidas de sensibilización y educación. En el examen quinquenal de la Plataforma de Acción de Beijing llevado a cabo en el año 2000, los Estados especificaron que la violencia contra las mujeres y las niñas ya sea en su vida pública o privada, era una cuestión de derechos humanos y pusieron de relieve la obligación de los Estados de hacer frente a dicha violencia. Se pidió a los gobiernos que tomaran todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación y la violencia contra la mujer por parte de cualquier persona, organización o empresa, y que tipificaran como delitos a todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas. La resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, relativa a las mujeres y la paz y la seguridad, fue un hito histórico en la lucha contra la violencia contra la mujer en situaciones de conflicto armado. Reconociendo la necesidad de aplicar plenamente las normas que protegen los derechos de las mujeres y las niñas durante los conflictos armados y después de ellos, el Consejo de Seguridad instó a que se adoptaran medidas especiales para proteger a las mujeres y las niñas de
  • 17. 17 la violencia por razón de género en situaciones de conflicto armado. En la resolución también se puso de relieve la obligación de todos los Estados de poner fin a la impunidad de los culpables. Consecuencias de la categorización de la violencia contra la mujer como un problema de derechos humanos Fuente: ASAMBLEA GENERAL - NACIONES UNIDAS. (6 de julio de 2006) Estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer. Informe del Secretario General. Nueva York: Naciones Unidas. [fragmentos] La categorización de la violencia contra la mujer como una cuestión de derechos humanos tiene importantes consecuencias. El reconocimiento de que la violencia contra la mujer es una violación de derechos humanos clarifica las normas vinculantes que imponen a los Estados las obligaciones de prevenir, erradicar y castigar esos actos de violencia y los hacen responsables en caso de que no cumplan tales obligaciones. Éstas emanan del deber de los Estados de tomar medidas para respetar, proteger, promover y cumplir los derechos humanos. De tal modo, la exigencia de que el Estado tome todas las medidas adecuadas para responder a la violencia contra la mujer sale del reino de la discrecionalidad y pasa a ser un derecho protegido jurídicamente. (…) Los derechos humanos aportan un conjunto unificador de normas que pueden utilizarse para responsabilizar a los Estados en relación con el cumplimiento de sus obligaciones, supervisar los progresos y promover la coordinación y la congruencia. El enfoque de la violencia contra la mujer como una cuestión de derechos humanos empodera a las mujeres, al posicionarlas no como receptoras pasivas de beneficios discrecionales, sino como activas titulares de derechos. Asimismo realza la participación de otros promotores de los derechos humanos, inclusive hombres y niños, que pasan a ser interesados en el enfoque de la violencia contra
  • 18. 18 la mujer como parte de la construcción del respeto por todos los derechos humanos. El reconocimiento de que la violencia contra la mujer es una cuestión de derechos humanos también ha permitido que el discurso y la práctica en materia de derechos humanos se vuelvan más inclusivos, al abarcar las experiencias de las mujeres. Cuando las experiencias particulares de las mujeres permanecen invisibles, no contribuyen a la comprensión de las violaciones de los derechos humanos y las formas de corregirlas. Por consiguiente, para que las normas de derechos humanos sean plenamente universales, deben tener en cuenta las circunstancias particulares de las mujeres. Un régimen de derechos humanos integrado e inclusivo debe tener en cuenta no sólo las perspectivas de género, sino también la gran diversidad de factores que conforman y fortalecen las experiencias de las mujeres, y de los hombres, en materia de discriminación y violencia, en particular en materia de raza, origen étnico, clase, edad, orientación sexual, discapacidad, nacionalidad, religión y cultura. La comprensión de la violencia contra la mujer como cuestión de derechos humanos no excluye otros enfoques para la prevención y la eliminación de la violencia, como los esfuerzos en materia de educación, salud, desarrollo y justicia penal. Más bien, el enfoque de la violencia contra la mujer como una cuestión de derechos humanos inspira una respuesta indivisible, holística y multisectorial que añade una dimensión de derechos humanos al trabajo en todos los sectores. Exige que en todas las esferas se fortalezcan y aceleren las iniciativas encaminadas a prevenir y eliminar la violencia contra la mujer, en particular en los sectores de la justicia penal, la salud, el desarrollo, las actividades humanitarias, la consolidación de la paz y la seguridad. Dinámica de la violencia Fuente: ÁLVAREZ GARCÍA, MARIÁNGELES; SÁNCHEZ ALÍAS, ANA Mª; BOJÓ BALLESTER, PEPA. (2016) Manual De Atención Psicológica A Víctimas De
  • 19. 19 Maltrato Machista. Donostia - Gipuzkoa: Colegio Oficial de la Psicología de Gipuzkoa. [fragmentos] Es fundamental poder devolver a la mujer que ha sido víctima de la violencia machista y que tiene interiorizado un profundo sentimiento de vergüenza y culpabilidad, la explicación tanto de las causas que explican el maltrato, como de los factores que inciden en el mantenimiento de este tipo de relaciones. El sentimiento de culpabilidad, como sabemos, les acompaña durante mucho tiempo; primero, culpabilidad por no conseguir “hacer funcionar” la relación y, posteriormente, cuando identifican el maltrato, por haber estado ahí durante un tiempo sufriendo las consecuencias, tanto ellas como los hijos e hijas, si los hay. La comprensión a nivel cognitivo, tanto del problema como del mantenimiento, es de gran ayuda. Evidentemente, en el mantenimiento de la relación se conjugan varios factores: la dependencia económica, no tener trabajo, no disponer de economía propia, la existencia de hijos, la falta de apoyo económico y/o afectivo fuera (no tener a quién recurrir o a dónde ir), el miedo y la indefensión aprendida que lleva al bloqueo, la inseguridad y confusión, la sintomatología emocional que le sume en un estado ansioso- depresivo, la falta de autoestima a la que habrá llegado, etc. Todos estos extremos son objeto de nuestro trabajo y aspectos a recuperar y transformar. El maltrato en la pareja no surge de forma repentina, sino que suele ser resultado de un proceso más o menos prolongado que se inicia con conductas abusivas y que posteriormente va aumentando en intensidad y frecuencia. (…) En efecto, numerosos estudios inciden en algunos puntos comunes que ayudan a comprender la permanencia en la relación: la intermitencia de la violencia, con el refuerzo positivo que proviene del mismo agresor, la dependencia material y emocional del mismo (como ocurre en los caos de víctimas de guerra o secuestros), la existencia de un vínculo afectivo con las creencias sobre el mismo y la teoría de la indefensión aprendida (Seligman, 1975; Walker, 1979).
  • 20. 20 Cuando una persona se enfrenta a un acontecimiento que es independiente de sus respuestas, aprende que es incontrolable. La víctima se mantiene inmóvil dentro de la relación, sin esperanza de que la violencia acabe y sin ver otras alternativas a las que pueda acceder. Ciclo de violencia Fuente: ÁLVAREZ GARCÍA, MARIÁNGELES; SÁNCHEZ ALÍAS, ANA Mª; BOJÓ BALLESTER, PEPA. (2016) Manual De Atención Psicológica A Víctimas De
  • 21. 21 Maltrato Machista. Donostia - Gipuzkoa: Colegio Oficial de la Psicología de Gipuzkoa. [fragmentos] Generalmente el maltrato no es continuo, sino que se alternan fases de agresión con las de cariño o calma. Es lo que L. Walker denominó "ciclo de la violencia", que nos ayuda a entender cómo se produce y se mantiene la violencia en la pareja. Este ciclo varía en intensidad, duración y frecuencia, pero con el tiempo el intervalo entre etapas se hace más corto. Fase de acumulación de la tensión: En esta fase los actos o actitudes hostiles hacia la mujer se suceden, produciendo conflictos dentro de la pareja. La hostilidad del hombre va en aumento sin motivo comprensible y aparente para la mujer. El agresor puede demostrar su violencia de forma verbal y, en algunas ocasiones, con agresiones físicas, con cambios repentinos de ánimo, que la mujer no acierta a comprender y que suele justificar, ya que no es consciente del proceso de violencia en el que se encuentra involucrada. De esta forma, la víctima siempre intenta calmar a su pareja, procura complacerle y evitar aquello que le moleste, en la creencia de que así eludirá los conflictos y podrá controlar a su pareja, e, incluso, con la equivocada creencia de que esos conflictos son provocados por ella, en algunas ocasiones. Fase de explosión: Estalla la violencia y se producen las agresiones físicas, psicológicas y sexuales. Esta fase suele ser corta y aquí se da la mayor probabilidad de sufrir lesiones graves o de alto riesgo para su vida. Suele ser en esta fase cuando la mujer denuncia o pide ayuda. Fase de reconciliación: Más conocida como “fase de luna de miel”: en esta etapa el agresor manifiesta que se arrepiente y pide perdón. Para evitar que la relación se rompa utiliza estrategias de manipulación afectiva (regalos, caricias, disculpas, promesas...). También suele transferir la culpa del conflicto a la mujer, negando su responsabilidad. Ella a menudo piensa que todo cambiará y, con frecuencia, retira la denuncia y/o rechaza la ayuda ofrecida por la familia o por servicios sociales y sanitarios. En algunas ocasiones, busca justificaciones tales como que su pareja tiene problemas y que debe ayudarle a resolverlos.
  • 22. 22 En la medida en que los comportamientos violentos se van afianzando y ganando terreno, la fase de reconciliación tiende a desaparecer y los episodios violentos se aproximan en el tiempo. El ciclo suele comenzar de una forma insidiosa y sutil (maltrato psicológico mediante estrategias de control) que afecta a la autoestima de la víctima. Después se suceden agresiones verbales que, unidas al maltrato psicológico, aumentan la intensidad del desprecio. Finalmente se produce la agresión física, incrementando tanto la intensidad como la frecuencia del maltrato. Es una escalada de violencia (Jáuregui Balenciaga, I. 2006). Hemos de tener en cuenta este ciclo porque va a repercutir en la urgencia para recibir atención (fase de explosión) y, a veces, en la retirada de la denuncia y tal vez reticencia a seguir en la terapia en la fase de reconciliación. Por ello, en cuanto una mujer acude a nosotros es muy importante establecer un vínculo con ella, que sienta que se encuentra en un espacio seguro, que se sienta acogida y que entienda que el trabajo pretende ayudarle a sentirse mejor y recuperarse de sus síntomas. Cualquier proyección de alguna expectativa por nuestra parte o una indicación como “deberías pensar en separarte”, va a provocar desconfianza, incomodidad y ruptura de la relación de ayuda. Espiral de la violencia Fuente: RED DE MUJERES JÓVENES POR LA DEMOCRACIA PARITARIA (2020) “LA PANDEMIA COMO AL PATRIARCADO, LO VENCEMOS JUNTAS”. Protocolo para atender la "Violencia de género durante la contingencia COVID-19 en Jalisco. Jalisco: Red De Mujeres Jóvenes Por La Democracia Paritaria. [fragmentos] Tienes que saber, que la violencia, fluye en grados y niveles como si estuviera dentro de un espiral, de modo que puede atravesar por las diferentes fases en un mismo momento, así cómo aumentar de nivel sin que sea escalonado.
  • 23. 23 Impacto del maltrato en la salud de las mujeres Fuente: ÁLVAREZ GARCÍA, MARIÁNGELES; SÁNCHEZ ALÍAS, ANA Mª; BOJÓ BALLESTER, PEPA. (2016) Manual De Atención Psicológica A Víctimas De Maltrato Machista. Donostia - Gipuzkoa: Colegio Oficial de la Psicología de Gipuzkoa. [fragmentos] Las consecuencias psicológicas del maltrato crónico pueden resultar devastadoras para la regulación emocional de la persona que lo sufre. Un elevado porcentaje de víctimas de violencia presentan un perfil psicopatológico caracterizado por el estrés crónico, estrés postraumático (TEPT) y por otras alteraciones clínicas (depresión, ansiedad, síntomas depresivos, tendencias suicidas, baja autoestima, sentimientos de culpa, etc.).
  • 24. 24 Ser víctima de violencia de género de alta o baja intensidad durante periodos prolongados produce daños, tanto biológicos como psicológicos. Las/os profesionales que trabajan con víctimas de maltrato han incorporado la perspectiva del trauma para explicar los daños psíquicos que presentan las mujeres que han sufrido violencia de género en sus diferentes versiones (emocional, física, cognitiva, económica, sexual). Este marco teórico permite entender los padecimientos de las mujeres maltratadas, relacionando sus dolencias con las condiciones en las que viven. CONSECUENCIAS EN LA SALUD A. Consecuencias mortales: • Homicidio • Suicidio B. Consecuencias no mortales: • Síntomas inespecíficos • Lesiones traumáticas • Afecciones genitourinarias • Problemas con el embarazo • Comportamientos de riesgo • Efectos en la salud mental • Efectos en los hijos e hijas EFECTOS EN LA SALUD MENTAL A. Patologías agravadas B. Trastornos cognitivos y relacionales C. Depresión, es el trastorno más diagnosticado • Estado de ánimo • Desesperanza • Baja autoestima • Culpa • Pérdidas • Falta de proyección de futuro • Suicidio D. Trastorno por estrés postraumático
  • 25. 25 • Reexperimentación: a. Miedo b. Pesadillas c. Recuerdos intrusivos • Evitación: a. Distanciamiento emocional b. Aislamiento c. Escasa proyección de futuro • Activación fisiológica: a. Dificultades en el sueño b. Problemas de atención y concentración c. Irritabilidad d. Hipervigilancia e. Alerta y sobresalto OTROS EFECTOS EN LA SALUD PSÍQUICA • Devastación emocional • Miedo • Parálisis • Desesperanza • Rabia • Aislamiento • Culpa • Ansiedad • Victimización • Autoestima • Trastornos del sueño • Trastornos de la atención • Trastornos de la memoria • Hipervigilancia • Adicciones • Auto-lesiones La violencia sufrida sin duda tiene efectos, a veces incluso muy intensos y perdurables, por lo que tras diagnosticar los efectos que ha producido en cada caso de forma precisa y eficaz, intervendremos para ayudarles a superar las consecuencias del maltrato, en muchos casos cronificadas.
  • 27. 27 Marco normativo internacional y regional en materia de violencia de género Fuente: MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD– ARGENTINA. (2020) Plan nacional de acción contra las violencias por motivos de género (2020 - 2022). Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación. [fragmentos] El derecho de las mujeres y las personas LGBTI+ a tener una vida libre de violencias se ha desarrollado de forma prolífica en las últimas décadas, tanto en el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos como en el orden jurídico nacional, compuesto por una robusta legislación protectora en esta materia. De acuerdo con los principios y estándares del derecho internacional de los derechos humanos, el derecho a recibir asistencia y protección frente a todas las formas de violencias de género establece la obligación de los Estados de actuar con debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar tales hechos, así como para garantizar a las víctimas el acceso efectivo a la justicia y a una reparación integral.
  • 28. 28 El primer instrumento específico de protección de los derechos humanos de las mujeres es la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), en 1979. La CEDAW, que goza de jerarquía constitucional (en virtud del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional), pertenece al ámbito del sistema de protección de las Naciones Unidas y contiene diversas disposiciones en materia de igualdad y no discriminación. Pese a no mencionarse específicamente en su articulado el derecho a una vida libre de violencias, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) —órgano de supervisión de la Convención—, afirmó en la Recomendación General 19 que “la violencia contra la mujer es una forma de discriminación que inhibe gravemente la capacidad de la mujer de gozar de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre”, de modo que los Estados deben adoptar medidas efectivas para superar todas las formas de violencia basadas en el género. La Recomendación General 35 del año 2017 completa y actualiza el alcance de la Convención en materia de violencias contra las mujeres por motivos de género y debe leerse conjuntamente con ella “El concepto de “violencia contra la mujer”, tal como se define en la recomendación general número 19 y en otros instrumentos y documentos internacionales, hace hincapié en el hecho de que dicha violencia está basada en el género. En consecuencia, en la presente recomendación, la expresión “violencia por razón de género contra la mujer” se utiliza como un término más preciso que pone de manifiesto las causas y los efectos relacionados con el género de la violencia. (Párrafos 8 y 9). El primer tratado que aborda con especificidad el tema de las violencias por motivos de género es la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que data de 1994 y pertenece al ámbito del sistema interamericano de protección. Esta Convención tiene especial trascendencia por ser el primer instrumento de ese tenor en reconocer el derecho a una vida libre de violencias como un derecho humano y en detallar los deberes de los Estados Parte en materia de prevención, sanción y erradicación de las violencias de género. Tanto por la riqueza de su contenido como por su trascendencia histórica, la Convención de Belém do Pará
  • 29. 29 constituye una guía insoslayable para el diseño e implementación de políticas públicas en esta temática. En el año 2002 Argentina ratificó, mediante la ley 25.632, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus protocolos facultativos. Entre ellos se destaca el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños (Protocolo de Palermo). Este Protocolo fue el primer instrumento jurídico internacional creado con el objetivo de abordar todos los aspectos de la trata de personas, de cuya modalidad con fines de explotación sexual las mujeres y personas LGBTI+ son las principales afectadas. Los fines del Protocolo son, según el artículo 2, prevenir y combatir la trata de personas, “con especial atención a las mujeres y los niños”, proteger y ayudar a las víctimas de trata y promover la cooperación entre los Estados Parte para lograrlo. Los estándares en materia de violencias de género han sido además desarrollados y profundizados por los distintos organismos internacionales de protección, tanto bajo el sistema de casos y peticiones individuales como por la prolífica labor de los diversos comités de seguimientos de los tratados de derechos humanos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos acuñó un estándar trascendental al desarrollar el concepto de “debida diligencia reforzada” para definir el alcance de los deberes estatales en esta temática. Esta regla implica que el Estado tiene un deber de prevención y protección calificado o “reforzado”, en razón de su posición de garante frente a patrones de violencia estructural que afectan a ciertos grupos subordinados o en situación de vulnerabilidad. De acuerdo con el tribunal regional, la obligación de realizar medidas integrales para cumplir con la debida diligencia en casos de violencias de género incluye el deber de contar con un marco jurídico adecuado de protección, pero también exige diseñar e implementar una estrategia de prevención amplia, dirigida a evitar, y en su caso eliminar, los factores de riesgo y a fortalecer las instituciones para que puedan proporcionar una respuesta efectiva a los casos de violencias contra las mujeres. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) precisó, asimismo, que los estándares en materia de violencia de género comprenden a su vez la protección de las personas LGBTI+, aunque la orientación
  • 30. 30 sexual y la identidad de género no estén expresamente incluidas en la Convención de Belém do Pará. En ese mismo sentido, cabe mencionar que en el ámbito de Naciones Unidas se aprobaron en 2016 los “Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos con relación a la orientación sexual y la identidad de género” (Principios de Yogyakarta). Este documento no es un instrumento jurídicamente vinculante, pero establece estándares legales para guiar la actuación de los Estados y otros agentes en materia de prevención y erradicación de la violencia, abuso y discriminación sistemática que sufren las personas LGBTI+. Corresponde aclarar que aun cuando no abordan con especificidad el tema de las violencias de género, la mayor parte de los instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional en Argentina contienen cláusulas alusivas al reconocimiento a la igualdad entre varones y mujeres y al acceso a la justicia, que permiten contar con elementos para prevenirlas y defender los derechos de las mujeres y de las personas LGBTI+ frente a tales violencias. Por otra parte, los mecanismos encargados de supervisar el efectivo cumplimiento de la CEDAW y de Belém do Pará han evaluado en los últimos años la situación argentina y formularon una serie de recomendaciones para el diseño de políticas en materia de género, que han sido centrales en la elaboración de este Plan. Tanto el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) como el Comité CEDAW instaron al Estado argentino a garantizar el acceso a la justicia a todas las mujeres, sin distinción por razones de diversidad sexual, identidad de género, etnia, condición de mujer rural o afrodescendiente, ni por tratarse de una mujer con discapacidad, privada de la libertad, migrante o desplazada, a través de mecanismos reales que permitan contar con servicios de calidad en toda la ruta institucional de atención, investigación y enjuiciamiento. Asimismo, ambos exigieron reforzar las medidas para asegurar en todo el territorio servicios especializados, particularmente refugios para los casos más extremos. Además, insistieron en que se adopten las acciones necesarias para garantizar que las personas en situación de violencia tengan acceso a recursos
  • 31. 31 eficaces y oportunos en materia de reparación integral, que incluyan como mínimo medidas de restitución, indemnización y rehabilitación. En materia de prevención, además de instar a desarrollar políticas culturales tendientes a desmantelar las situaciones de desigualdad y exclusión estructural de las mujeres, los organismos hicieron hincapié en la urgencia de implementar acciones para sensibilizar y capacitar en materia de género a lxs funcionarixs y personal de todos los poderes del Estado. Cabe remarcar también las recomendaciones concretas dirigidas a crear sistemas de registro e información públicos y fiables y la sugerencia enfática de establecer una encuesta nacional de prevalencia de violencia contra las mujeres con cobertura nacional. Estas recomendaciones son el fruto de la preocupación general por la falta de datos sistematizados y confiables sobre los casos de violencia de género. La vigencia actual del compromiso asumido por la comunidad internacional en materia de igualdad y no discriminación se ve plasmada también en los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Estos Objetivos son, en parte, una continuación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y entre sus 17 puntos, el Objetivo 5 se propone “lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas”. Para alcanzarla los Estados se han comprometido, entre otras acciones, a “poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo” y a “eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en el ámbito público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación”. Cabe mencionar que la nueva institucionalidad que representa la creación del MMGyD permitirá cumplir de forma más efectiva y contundente con cada una de las 5 metas que componen dicho objetivo. Específicamente, la sinergia y co-construcción de compromisos logrados con los Ministerios en materia de políticas que aborden la violencia por motivos de género permitirá dar respuesta y mostrar avances en relación a esta agenda en particular. Resulta importante mencionar también la importancia que el tratamiento de las intersecciones ha tenido en el ámbito normativo internacional y que también se constituye como marco de referencia para el presente Plan.
  • 32. 32 En el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos, se ha hecho especial énfasis en que a la perspectiva de género se le debe sumar asimismo el enfoque de interseccionalidad, de modo tal de dar cuenta de la relación del género con otras condiciones de vulnerabilidad que lo interseccionan, tales como: edad, pobreza, orientación sexual, identidad de género, migración y desplazamiento interno, discapacidad, pertenencia a comunidades indígenas u otras minorías, ruralidad, privación de la libertad, entre otras. Estas interseccionalidades han sido abordadas por diversos instrumentos internacionales y han sido objeto de pronunciamientos específicos por parte de los comités. Estos diversos factores que incrementan la situación de vulnerabilidad de mujeres y personas LGBTI+ no solo han sido considerados al elaborar este documento, sino que es uno de los pilares sobre los que está construido el Plan Nacional de Acción 2020-2022. Marco normativo nacional en materia de violencias de género Fuente: MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD– ARGENTINA. (2020) Plan nacional de acción contra las violencias por motivos de género (2020 - 2022). Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación. [fragmentos] En sintonía con muchos de los estándares señalados en el apartado anterior, en el ámbito interno se han adoptado una serie de normas de avanzada en estas temáticas. El mayor hito normativo en temas de violencias contra las mujeres fue la sanción, en marzo de 2009, de la Ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres. Un año antes, en abril de 2008 y en consonancia con el Protocolo de Palermo, fue sancionada la Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, modificada luego por la ley 26.842. La creación de ambas leyes da cuenta del compromiso del Estado Nacional de dar cumplimiento a las obligaciones internacionales suscritas en materia de prevención, sanción y erradicación de las violencias por motivos de género.
  • 33. 33 En materia de reconocimiento de derechos de las personas LGBTI+, Argentina ha sido pionera al sancionar la Ley 26.618, que modificó el Código Civil y Comercial de la Nación para incorporar al matrimonio igualitario y la Ley 26.743 de Identidad de Género, que reconoce la identidad autopercibida de cada persona y su derecho a un trato digno, independientemente del sexo asignado al nacer y de sus registros identificatorios. Por lo demás, es preciso remarcar que las disposiciones contempladas en esta norma proyectan sus efectos en todas las medidas que se impulsen para prevenir, erradicar y reparar las violencias por motivos de género. Otro avance legislativo trascendental en materia de violencias por motivos de género fue la sanción, en noviembre de 2012, de la Ley 26.791, que reformó el artículo 80 del Código Penal para criminalizar de modo agravado ciertos homicidios especialmente relacionados con el fenómeno de las violencias de
  • 34. 34 género. La Ley amplió la figura del homicidio calificado por el vínculo (inciso 1), que previamente sólo comprendía a los cónyuges, a un abanico de relaciones presentes y pasadas, hubiera habido o no convivencia, y amplió el catálogo de crímenes de odio a aquellos cometidos por odio de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión (inciso 4). Además, la Ley 26.791 incorporó los incisos 11 y 12. El inciso 11 agrava el homicidio de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género, es decir, recepta la figura del femicidio y el inciso 12 agrava el homicidio cometido con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación. Si bien este último inciso es neutro en términos de género, es un reflejo de lo que la doctrina define como “femicidio vinculado”. En consonancia con la tipificación del femicidio, la Ley 27.363 dispuso la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación para establecer la privación de la responsabilidad parental al progenitor condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio agravado por el vínculo o mediando violencia de género. Más recientemente, la Ley 27.452 (Ley Brisa) instauró un régimen de reparación económica para lxs hijxs de víctimas de femicidios. Como corolario del robusto marco normativo argentino en materia de prevención, sanción y erradicación de las violencias por motivos de género cabe mencionar a la Ley 27.499 (Ley Micaela), que establece la capacitación obligatoria en las temáticas de género y violencias por motivos de género para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación. La ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres y el Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad de la Nación como organismo rector Fuente: MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD– ARGENTINA. (2020) Plan nacional de acción contra las violencias por motivos de género (2020 - 2022). Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación. [fragmentos]
  • 35. 35 La sanción de la ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres marcó un cambio de paradigma en el abordaje de la violencia por motivos de género, ya que la norma que primero abordó la temática (la Ley 24.417) lo hizo de forma acotada. La Ley 24.417 fue una ley de “Protección contra la Violencia Familiar” estrictamente, ceñida al ámbito doméstico y sin hacer alusión al género de las principales personas que se encuentran en esa situación. Esta ley fue sancionada en consonancia con los preceptos de la Convención de Belém do Pará. Tiene como objeto promover y garantizar, entre otros y según el artículo 2, “a) La eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida; b) El derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia; c) Las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos; d) El desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra las mujeres; e) La remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres; f) El acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia; y g) La asistencia integral a las mujeres que padecen violencia en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las mujeres y/o en los servicios especializados de violencia”. En el artículo 4 brinda una definición amplia del concepto de violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.” El Título II de la Ley 26.485 contiene un apartado específico sobre las políticas públicas. El mismo está dividido en cuatro capítulos que comprenden: I) los principios rectores que deben guiarlas, II) el organismo competente en la
  • 36. 36 materia, III) los lineamientos básicos para las políticas estatales y IV) el observatorio de la violencia contra las mujeres. El organismo designado como competente, según el artículo 8 de la Ley, fue el entonces Consejo Nacional de la Mujer (luego Consejo Nacional de las Mujeres y, desde el 2017, reconvertido en Instituto Nacional de las Mujeres). Al crearse el MMGyD el 10 de diciembre del 2019, como respuesta a la demanda de jerarquizar las políticas públicas que aborden esta temática e incorporar la perspectiva de la diversidad, dicho Instituto fue suprimido. Así, el Ministerio se constituyó como el organismo rector encargado del diseño de las políticas públicas necesarias para efectivizar las disposiciones de la Ley N° 26.485. El artículo 9 enumera un listado de facultades propias del organismo competente, de las cuales la primera es “Elaborar, implementar y monitorear un Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres”. El Decreto Reglamentario 1011/2010 le reconoció además la potestad al órgano rector de “Instar a quien corresponda a la ejecución de las acciones previstas en el respectivo Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres” (artículo 9 inciso 4). Tipos y modalidades de violencias por motivos de género Fuente: MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD– ARGENTINA. (2020) Plan nacional de acción contra las violencias por motivos de género (2020 - 2022). Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación. [fragmentos] Conforme el marco normativo reseñado con anterioridad, las violencias por motivos de género constituyen una práctica estructural violatoria de los derechos humanos y las libertades fundamentales que afecta gravemente a mujeres y a las personas LGBTI+. No sólo supone el maltrato físico, sino que incluye también otras formas de violencias como la psicológica, sexual, económica, simbólica y mediática.
  • 37. 37 En ese mismo sentido, en el artículo 5 de la Ley 26.485 define seis tipos y ocho modalidades posibles de violencia contra las mujeres, de acuerdo con el detalle que se señala a continuación: 1. Física La que se emplea contra el cuerpo de la persona produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato que afecte su integridad física. 2. Psicológica La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación, aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia de obediencia, sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación. 3. Sexual Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de las mujeres de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres. 4. Económica y patrimonial La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de las mujeres, a través de: (a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes; (b) La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales; (c) La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o
  • 38. 38 privación de los medios indispensables para vivir una vida digna; (d) La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo. 5. Simbólica La que se presenta a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos que transmitan y reproduzcan dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad. 6. Política La que se dirige a menoscabar, anular, impedir, obstaculizar o restringir la participación política de las mujeres, vulnerando el derecho a una vida política libre de violencias y/o el derecho a participar en los asuntos públicos y políticos en condiciones de igualdad con los varones. Las diversas modalidades en que pueden manifestarse los distintos tipos de violencia contra las mujeres en los diferentes ámbitos se encuentran descritas en el artículo 6, que comprende las siguientes: Violencia doméstica Aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia. Violencia institucional Aquella realizada por lxs funcionarixs, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas
  • 39. 39 públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil. Violencia laboral Aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral. Violencia contra la libertad reproductiva Aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable. Violencia obstétrica Aquella que ejerce el personal de la salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929. Violencia mediática Aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones
  • 40. 40 socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres. Violencia contra las mujeres en el espacio público Aquella ejercida contra las mujeres por una o más personas, en lugares públicos o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo. Violencia pública-política Aquella que, fundada en razones de género, mediando intimidación, hostigamiento, deshonra, descrédito, persecución, acoso y/o amenazas, impida o limite el desarrollo propio de la vida política o el acceso a derechos y deberes políticos, atentando contra la normativa vigente en materia de representación política de las mujeres, y/o desalentando o menoscabando el ejercicio político o la actividad política de las mujeres, pudiendo ocurrir en cualquier espacio de la vida pública y política, tales como instituciones estatales, recintos de votación, partidos políticos, organizaciones sociales, asociaciones sindicales y medios de comunicación, entre otros.
  • 42. 42 REGISTRO NACIONAL DE FEMICIDIOS Desde el 1° de Enero hasta el 30 de Agosto del 2021 Fuente: MUMALA Mendoza (31 de agosto de 2021) Mumala Mendoza - 2⃣0⃣2⃣1⃣ REGISTRO NACIONAL DE FEMICIDIOS... [Estado de facebook]. Recuperado de: https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=4407596109283903&id=517327 314977488&sfnsn=scwspwa Presentamos los datos de los primeros ocho meses del año de Femicidios - Lesbi/Trans/Travesticidios de nuestro #ObservatorioMumalá Mujeres, Disidencias, Derechos. Desde el 1° de Enero hasta el 30 de Agosto del 2021. 142 Femicidios en Argentina de un total de 219 muertes violentas de mujeres. Continúa siendo urgente la implementación de políticas públicas integrales hacia quienes se encuentran en situación de violencia de género. De acuerdo a los datos se cuentan 219 muertes violentas de mujeres, travestis y trans, es decir 1 muerte violenta cada 26 horas; de las cuales: 142 son Femicidios, femicidios vinculados y trans - travesticidios. 32 muertes violentas asociadas al género, vinculadas a economías delictivas y robos. 34 muertes violentas de mujeres están en proceso de investigación (esperando autopsia y peritajes.) 11 suicidios femicidas En lo que va del 2021 151 niñxs y adolescentes se quedaron sin madre. Datos a resaltar:
  • 43. 43 Las provincias que presentan mayor tasa provincial de femicidios son: Santiago del Estero, Formosa, Neuquén, Tucumán, La Rioja, Salta y Chaco. Todas ellas, superan ampliamente la tasa nacional de femicidios. (0.54%) El 62% de los femicidios fueron cometidos en la vivienda de la víctima o en la vivienda compartida. El 56 % de las víctimas tenía entre 19 a 40 años. La edad promedio de las víctimas es de 39 años. 6 de cada 10 femicidios fueron cometidos por parejas o ex parejas de las víctimas. El 24% de las víctimas había denunciado a su agresor. El 15% tenía orden de restricción de contacto o perimetral y el 2% botón antipánico. Es responsabilidad del estado garantizar la seguridad de las víctimas mediante la intervención integral de las instituciones públicas. El 35 % de las víctimas fue asesinada con un arma blanca. El 14% de los femicidas tenía antecedentes en violencia de género. El 13% de los femicidas era integrante de las fuerzas de seguridad. En un contexto electoral dónde los discursos ganan terreno, estos datos nos bajan abruptamente a una realidad que no cesa: las mujeres y diversidades seguimos muriendo a manos de la violencia machista. Que se declare la #EmergenciaNiUnaMenos. #vivasylibresnosqueremos Mujeres de la Matria Latinoamericana. Libres y Diverses Nacional
  • 44. 44
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  • 47. Entre el 01 de Enero y el 31 de Diciembre del 2020 Fuente: MUMALA Mendoza (3 de enero de 2021) Mumala Mendoza - REGISTRO NACIONAL DE FEMICIDIOS... [Estado de facebook]. Recuperado de: https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=3713623185347869&id=517327 314977488&sfnsn=scwspwa Se perpetraron 329 muertes violentas de mujeres, travestis y trans de las cuales 270 son femicidios directos, femicidios vinculados y trans- travesticidios. 2020: 1 Femicidio cada 32 hs Hubo, además, 278 intentos de femicidios. 300 niños, niñas y adolescentes se quedaron sin madre. Info Femicidios 2020: 270 Femicidios, de los cuales: - 230 fueron directos. - 15 vinculados de niñas/mujeres. -17 vinculados de niños y varones - 6 trans/travesticidios - 2 lesbicidios - Otros 34 muertes violentas están en proceso de investigación. En Contexto de Pandemia COVID-19 hubo 203 Femicidios. Desde MuMaLá exigimos al Estado Nacional presupuesto acorde para la atención integral de mujeres e integrantes del colectivo LGTBIQ+. Reclamamos la implementación urgente de todas las medidas económicas anunciadas por el gobierno para víctimas de violencia de género y el colectivo travesti trans, que siguen con demoras burocráticas y clientelares (Programa Potenciar Trabajo, Programa Acompañar).
  • 48. 48 OTROS DATOS: - En el 40% de los casos víctima y victimario convivían. - El 13% de las víctimas estuvo desaparecida. - El 7% fue abusada sexualmente. - El 4% ejercía la prostitución. - El 8% de las mujeres era migrante de otro país, el 4% de otra provincia. La tasa nacional de Femicidios es de 1,1 c/ 100.000 mujeres. Las provincias tasas más altas son: Jujuy, Tucumán, Salta Chaco y Corrientes. Es urgente declarar la #EmergenciaNiUnaMenos; la implementación de la Ley de Educación Sexual Integral y la aplicación efectiva de la Ley Micaela de capacitación obligatoria en género y violencia de género en todos los ámbitos del Estado, desde una perspectiva feminista, diverse – disidente. Mujeres de la Matria Latinoamericana. Libres y Diverses Nacional
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  • 52. 52 ¿Cómo saber si vives en situación de violencia? Fuente: RED DE MUJERES JÓVENES POR LA DEMOCRACIA PARITARIA (2020) “LA PANDEMIA COMO AL PATRIARCADO, LO VENCEMOS JUNTAS”. Protocolo para atender la "Violencia de género durante la contingencia COVID-19 en Jalisco. Jalisco: Red De Mujeres Jóvenes Por La Democracia Paritaria. [fragmentos] Existen distintas formas de experimentar o vivir la violencia: Psicológica Está presente en todo momento, es la más sutil, afecta tu personalidad porque puede causarte confusión, desorientación y desconfianza ante la toma de decisiones. Se manifiesta de las siguientes maneras: • Controla cómo y con quienes te relacionas, pueden ser amistades o familiares • Controla tu forma de vestir • Se enoja súbitamente, te amenaza • Te hace sentir menos o que tus opiniones no cuentan • Te hace sentir responsable o culpable de todo lo malo que le sucede • No respeta tu intimidad • No reconoce tus cualidades, únicamente tus defectos • Te trata con crueldad • Muestra celos continuamente • Te acusa de infidelidad • Critica las costumbres y las tradiciones de tu familia y amistades
  • 53. 53 • Siempre quiere tener la razón Física Es el acto intencional con fuerza física que puede causar daño a tu cuerpo, con lesiones visibles o internas Se manifiesta de las siguientes maneras: • Golpes • Empujones • Jalones de cabello • Patadas • Cachetadas • Heridas • Quemaduras • Zapes • Mordidas • Intento de ahorcamiento Económica Son conductas que afectan tu supervivencia económica Se manifiesta de las siguientes maneras: • Controla o quita tu dinero • Te obliga a que te endeudes de diferente manera • Te niega el dinero para comprar alimentos • No cumple con la pensión alimenticia obligatoria Sexual Es el uso y abuso de tu cuerpo, sin tu consentimiento Se manifiesta de las siguientes maneras: • Toca tu cuerpo sin que estés de acuerdo • Te obliga a tener relaciones sexuales o verlas o realizar conductas sexuales que no te gustan
  • 54. 54 • Te obliga a tomarte fotos sin que tú lo quieras hacer Patrimonial Este tipo de violencia se da cuando el agresor se aprovecha de tu confianza Se manifiesta de las siguientes maneras: • Empeñar tus objetos de valor (celular, televisión, radio. anillos, pulseras, reloj, computadora, etc.) • Pone a su nombre tus propiedades, mediante el engaño • Destruye tus cosas de valor • Pierde, esconde, o rompe tus documentos personales • Recuerda que la agresión nunca, pero nunca es culpa de la víctima. Evita juzgar, y hacer comentarios sobre ¿Por qué no deja al agresor? Aquí te dejamos algunas de las causas: • En muchos casos, dependen económicamente del agresor. • Le tienen miedo, y durante esta pandemia, estarán bajo su mirada todo el tiempo. • Presión psicológica... -Si me dejas me mato. • La esperanza de que algún día va a cambiar; Ya que la sociedad nos ha vendido el cuento que el amor todo lo puede y hace cambiar... cuando en realidad el amor no puede con la violencia. • Creencias religiosas • Codependencia emocional • Desconocimiento emocional • Vergüenza • Presión psicológica... -Si me dejas me mato.
  • 55. 55 ¿Qué perpetúa estas violencias? • Desigualdad entre mujeres y hombres • El amor romántico • La creencia de que la violencia es "normal" • Falta de redes de apoyo • Dependencia (económica o emocional) ¿Qué hacer en caso de vivir violencia y sentir que tu vida está en peligro? Fuente: RED DE MUJERES JÓVENES POR LA DEMOCRACIA PARITARIA (2020) “LA PANDEMIA COMO AL PATRIARCADO, LO VENCEMOS JUNTAS”. Protocolo para atender la "Violencia de género durante la contingencia COVID-19 en Jalisco. Jalisco: Red De Mujeres Jóvenes Por La Democracia Paritaria. [fragmentos] Lo primero que debes hacer es un plan de seguridad, tener presente las acciones a seguir en caso de que se agrave la situación de violencia; identificar las instituciones y redes de ayuda a las que puedes recurrir en una emergencia. Pasos a seguir para elaborar tu plan de seguridad: Procura tener a la mano y en un mismo lugar (bolsa/mochila) lo siguiente, puede ser que los necesites en caso de tener que salir de casa: • Duplicado de las llaves de tu casa • Documentos importantes (Actas de nacimiento tuya, de tus hijos e hijas) • Acta de matrimonio (si estás casada) • Dinero • Carnet para atención médica
  • 56. 56 • Identificación oficial (credencial de elector, pasaporte etc.) • Directorio telefónico de las personas que puedan ayudarte • Medicinas que tengas que tomar (si padeces alguna enfermedad) • Número de expediente (si has iniciado trámite de divorcio o de pensión alimenticia) • Un cambio de ropa tuya y de tus hijos e hijas • Celular Trata de estar atenta a posibles situaciones de violencia, si crees que puedes vivir una agresión. Es importante: • Identificar todas las puertas y las ventanas por las que puedas escapar de manera segura. • Identificar a uno o más vecinos(as)/ familiares/ amistades (red de apoyo) a quienes puedas hablarles y pedirles ayuda en caso de necesitarlo. Inventa una palabra clave para que sepan que estás corriendo peligro y que tienen que auxiliarte. • Intenta mantener comunicación frecuente con tu red de apoyo, intenta memorizar algunos teléfonos, así como los de emergencia (911). • Desarrolla un plan de seguridad con tus hijos e hijas para cuando no estés con ello/as , que sepan qué hacer para protegerse, explícales la situación, crea con ellas y ellos palabras clave o señas en caso de estar en peligro y enséñales a marcar los números de emergencia (911) o teléfonos de tu red de apoyo. • En caso de vivir una agresión, es importante • Permanecer en una habitación segura, fuera del alcance de la persona generadora de violencia y donde esta persona no tenga acceso a objetos peligrosos, evita permanecer en el baño y cocina, y cercana a la puerta para facilitar la salida.
  • 57. 57 • Pon en marcha el plan de seguridad que realizaste con redes de apoyo e hijas e hijos. • Recuerda que puedes solicitar apoyo a los números de emergencia (911) para solicitar apoyo En caso de requerir salir de casa: • Identifica un lugar seguro al que puedas acudir, ya sea la casa de algún/a vecino/a, familiar, amistad, o institución de gobierno. El gobierno cuenta con refugios donde se puede resguardar tu integridad, y la de tus hijas e hijos. En caso de que la persona generadora de violencia salga de casa, cierra las entradas y ventanas, y en caso de que no viva en tu casa y acude, no le abras...y comunicate de manera urgente con tu red de apoyo y números de emergencia 911. ¿Y si conozco alguien que sufre este tipo de violencia, qué puedo hacer? Fuente: RED DE MUJERES JÓVENES POR LA DEMOCRACIA PARITARIA (2020) “LA PANDEMIA COMO AL PATRIARCADO, LO VENCEMOS JUNTAS”. Protocolo para atender la "Violencia de género durante la contingencia COVID-19 en Jalisco. Jalisco: Red De Mujeres Jóvenes Por La Democracia Paritaria. [fragmentos] Si tú no estás en una situación de violencia, pero formas parte de la red de apoyo de alguna otra mujer que sí lo está, aquí te dejamos algunas recomendaciones: • Ten presente que estar en una situación de violencia NO ES FÁCIL y que las mujeres requieren de todo el apoyo que se les pueda brindar, como respeto y empatía. • Pregunta si ya realizó su plan de seguridad, en caso de que no lo tenga, comparte con ella este documento o comparte la información con ella.
  • 58. 58 • Procura estar presente y tener cercanía con la mujer que está en situación de violencia, por ningún motivo cierres canales de comunicación; hazle saber constantemente que puede contar contigo en cualquier circunstancia. • Ten a la mano los teléfonos de emergencias 911 o policía local • Pide los números de teléfono de algún familiar de confianza u otra persona de su red de apoyo para que estén en contacto. • Establece un código de comunicación de seguridad con las mujeres víctimas de violencia para activarlo en caso de ser necesario. • Si está en tus posibilidades, ofrece tu espacio como un espacio de seguridad en caso de tener que salir huyendo. • Si escuchas que tu vecino está golpeando, agrediendo a su pareja o a algún familiar, es importante que llames a la policía o al 911. ¿Por qué es importante que tengas esta información aunque no sufras violencia durante esta cuarentena, ni después de esta? • Durante la cuarentena aumenta el nivel de ansiedad y estrés, así como frustración e incertidumbre, lo que vuelve al encierro un clima propicio para detonar la violencia. • Puede ser momento de platicar de ventana a ventana, de azotea en azotea... • Ser vecino/a chismoso/a puede salvar una vida • Tal vez la víctima no pueda salir a pedir ayuda, y tú puedes hacer la diferencia con una llamada a los números de emergencia • Puede ser momento de dejar a un lado el egoismo y prestar atención a tu alrededor. Recuerda, la víctima puede tener menos acceso a sus redes de apoyo debido a la contingencia.
  • 59. 59 • Tal vez tengas cerca alguna vecina que se está enfrentando al desempleo o precarización de su situación económica. Y tal vez compartir un poco de despensa haga la diferencia. Recuerda, la falta de recursos disminuye sus posibilidades de salir de una situación de violencia. Puedes ofrecer resguardar la bolsa de emergencia de alguien que vive violencia, para que en el momento en que este lista de salir de su hogar, pueda tener una red de apoyo a la cual acudir. Si tienes la posibilidad de apoyar con recursos para que la mujer en situación de riesgo tenga siempre saldo/linea en su teléfono para pedir ayuda o pueda tomar un taxi en caso de necesitarlo, hazlo. Si escuchas gritos, si escuchas golpes... LLama a los números de emergencia Siempre es mejor prevenir, no queremos más víctimas, vivas nos necesitamos por eso hay que: Estar atentas a cualquier situación NO MINIMIZAR ninguna forma de violencia, recuerda que puede escalar de una a otra, es mentira que va en escalafón. • Enseñarles el número de emergencia a tus hijos e hijas y como marcar por teléfono. • Crea con una persona de confianza una clave (puede ser un emoji o un sticker si es por redes) o sí es una vecina, puedes prender y a pagar la luz, varias veces, golpear la pared, algún gesto de confianza para que sepa debe llamar a la policía. • Crear una señal o palabra clave que identifiquen para resguardarse o pedir ayuda. • Mantén contacto con familiares, amigas o redes que noten tu ausencia. • Pepara una bolsa pequeña (de emergencia) con cosas indispensables documentos oficiales, dinero, ropa. • No permitamos que la escalera de violencia se replique… Algunas herramientas por si el estrés subiera son:
  • 60. 60 • Realiza respiraciones abdominales tantas veces como las necesites en el tiempo que lo requieras. • Toma un tiempo fuera y racionaliza la situación. • Escribe tus pensamientos y emociones. • Realiza actividades depurativas (ejercicio, baila etc.) • Activa tus redes de apoyo, amigos, familiares que con una palabra te digan que te estas sobresaltando… ejemplo, vamos a tranquilizarnos. • Pide ayuda. Hoy la tecnología permite tomar contacto con profesionales expertos que pueden entregar soporte psicológico de forma remota. Promotorxs territoriales y personas acompañantes ante situaciones de violencia de género Procedimientos ante situaciones de violencia Fuente: BOLLA, DAGNINO CONTINI; EKKERT, FERNÁNDEZ MICHELLI; GOTTA, SEGURA, SIRI; STANGE Y TALAMONTI. (2019) Herramientas para hacer frente a la violencia de género: aportes y experiencias desde los feminismos: Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género-CAV. La Plata: Ediciones de la Caracola. [fragmentos] De acuerdo con el Art. 16 de la Ley 26.485 y 6 ter de la Ley 12.569, todos los organismos del Estado deberán garantizar a las mujeres, en cualquier procedimiento judicial o administrativo, es decir, cuando una mujer inicie una denuncia por violencia, las siguientes condiciones: • Gratuidad de las actuaciones judiciales y asistencia jurídica, preferentemente especializada; • Obtener una respuesta oportuna y efectiva;
  • 61. 61 • Ser oída personalmente por el juez y por la autoridad administrativa competente; • Recibir protección judicial urgente y preventiva; • Recibir protección de su intimidad, garantizando la confidencialidad de las actuaciones; • Recibir un trato humanizado, evitando la revictimización; • Recibir la amplitud probatoria; es decir, que se pueda presentar cualquier tipo de pruebas para acreditar los hechos denunciados — teniendo en cuenta las circunstancias especiales en las que se desarrollan los actos de violencia y quiénes son lxs testigxs habituales, en caso de haberlxs—; • Permitir que la mujer se pueda oponer a la realización de inspecciones sobre su cuerpo por fuera del estricto marco de la orden judicial (en caso de consentirlas) y facilitar, en los peritajes judiciales, su derecho a ser acompañada por alguien de su confianza, además de que sean realizados por personal profesional especializado y formado con perspectiva de género. Acompañamiento Fuente: BOLLA, DAGNINO CONTINI; EKKERT, FERNÁNDEZ MICHELLI; GOTTA, SEGURA, SIRI; STANGE Y TALAMONTI. (2019) Herramientas para hacer frente a la violencia de género: aportes y experiencias desde los feminismos: Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género-CAV. La Plata: Ediciones de la Caracola. [fragmentos] Quien realiza una denuncia ante una situación de violencia de género tiene derecho a estar acompañada por la persona que elija. Las instituciones tienen la obligación de respetar esto y no impedir el acompañamiento tal como está contemplado en el Art. 6 ter de la Ley 12.569, que dice: “En cualquier instancia del proceso se admitirá la presencia de un/a acompañante como ayuda protectora
  • 62. 62 de la mujer, siempre que quien padece violencia lo solicite y con el único objeto de preservar la salud física y psicológica de la misma. En todas las intervenciones, tanto judiciales como administrativas, deberán observarse los derechos y garantías mínimas de procedimiento enumeradas en el Art. 16 de la Ley N° 26485”. Guía de preguntas para detección y mensajes clave1 Fuente: ONU MUJERES; Secretaría de Relaciones Exteriores – Estados Unidos Mexicanos (2016) Caja de Herramientas. Protocolo de atención consular para personas víctimas de violencia basada en el género. México: Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres. [fragmentos] “La detección temprana es una herramienta básica para proporcionar a las mujeres en situación de violencia los apoyos necesarios para evitar el agravamiento de su situación y es la puerta de entrada al proceso de atención.” 1. Detección a partir de la observación El primer paso para la detección es buscar signos clave sobre una posible situación de violencia. Éstos pueden obtenerse observando aspectos físicos, emocionales y de actitud de las mujeres. 1 La “Guía de preguntas para detección y mensajes clave para el personal consular” sirve de igual modo para acompañantes y promotorxs territoriales. Simplemente se debe omitir la palabra “cónsul” que figurará marcada entre corchetes.
  • 63. 63 Otros signos clave pueden encontrarse en las personas que acompañan a las posibles mujeres víctimas, ya sean niñas, niños o bien, las probables personas agresoras. Se recomienda observar el comportamiento de estas personas respecto de la mujer víctima de violencia.
  • 64. 64 2. Detección a partir de preguntas La mayoría de mujeres víctimas de violencia no presentan indicios o signos visibles. Por ello, siempre que sea posible y se garanticen las condiciones de privacidad, se recomienda la detección a través de preguntas de rutina. RECUERDE No tenga miedo de preguntar. Contrariamente a la creencia popular, la mayoría de las mujeres están dispuestas a revelar el maltrato cuando se les pregunta en forma directa y no valorativa. En realidad muchas mujeres están esperando en silencio que alguien les pregunte. La detección temprana puede salvar vidas. Para facilitar la entrevista se recomienda introducir el tema de manera cuidadosa pero clara. Ejemplo de cómo introducir el tema: Como la violencia y la discriminación es común en la vida de las mujeres, hemos empezado a hacer preguntas a las mujeres de esta circunscripción. Es fundamental informar a la usuaria sobre la confidencialidad de la conversación. Si no accede, el personal consular siempre podrá proporcionarle material informativo sobre los servicios de ayuda que existen para esos casos.
  • 65. 65
  • 66. 66 3. Mensajes clave Es importante siempre cerrar la detección con mensajes positivos, que reafirmen a las mujeres. • “Nadie merece ser maltratada en ninguna circunstancia.” • “Existen muchas mujeres que han vivido lo que usted y han logrado superar esta situación.” • “Es usted una persona con gran valor, gracias por compartirme su situación.” • “Existen leyes que la protegen porque la violencia es un delito.” • “La violencia no es su culpa, es responsabilidad absoluta de su agresor.” • “No está sola, ni es la única mujer que vive esto. Hay personas especializadas en este lugar que la pueden apoyar.” • “Aquí está segura.” • “Comprendo lo que le sucede.” Guía para valoración del peligro y riesgo Fuente: ONU MUJERES; Secretaría de Relaciones Exteriores – Estados Unidos Mexicanos (2016) Caja de Herramientas. Protocolo de atención consular para personas víctimas de violencia basada en el género. México: Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres. [fragmentos]
  • 67. 67 Cuando [el personal consular] identifica a una mujer que vive una situación de violencia, tiene la oportunidad y la obligación de evaluar con ella el peligro y los riesgos que podría enfrentar y ayudarla a encontrar soluciones viables para mejorar su seguridad. Además, la evaluación del riesgo le permitirá realizar acciones PREVENTIVAS que eventualmente puedan evitar o disminuir el daño e impedir la muerte de las mujeres. Una vez realizada esta valoración es fundamental realizar en conjunto con la usuaria un plan de seguridad, que tiene como propósito promover la conciencia sobre su propia situación, y poner en “blanco y negro” las alternativas y las acciones que podrían disminuir peligros. Esta guía propone una serie de criterios para la valoración: • Primer criterio. Para evaluar el riesgo que enfrenta una mujer se le pregunta directamente si cree que corre peligro: • ¿Considera que estará a salvo en su casa/ trabajo/ centro de detención? • ¿Teme que su pareja u otra persona le haga daño? ¿Y usted misma? En algunos casos, la mujer responderá que su vida corre peligro y es imprescindible que el personal consular tome sus palabras en serio. Sin embargo, otras mujeres no reconocen el peligro que las acecha. Un estudio realizado en los Estados Unidos hizo notar que casi la mitad de las mujeres cuyas parejas intentaron matarlas no se habían dado cuenta de que sus vidas corrían peligro hasta que se produjo la agresión. • Segundo criterio de valoración de riesgo. El personal consular debe tener en cuenta que el mayor peligro se produce: • En el periodo en que la mujer decide abandonar a su pareja abusiva e inmediatamente después de que la abandona.6 • Cuando decide confrontar a su jefe/a o colega de trabajo y abandonar su trabajo.
  • 68. 68 • Tercer criterio de valoración de riesgo. Ver (…) el cuadro de observación física y de actitudes. • Cuarto criterio de valoración de riesgo. La situación es de mayor riesgo e implica una mayor urgencia en la intervención si la mujer víctima: • Está embarazada o tiene un hijo recién nacido. • Tiene algún grado de discapacidad o dependencia. • Es una adulta mayor o niña. • Está en proceso de separación o divorcio o ha denunciado al agresor. Sin embargo, todas las mujeres pueden estar en riesgo o peligro para su salud o su propia vida. Otros criterios fundamentales de alerta. Otros indicadores de riesgo o peligro alto de muerte o de ataque físico muy severo son los siguientes: • Ataques previos con riesgo mortal. • Amenazas de muerte a la mujer víctima. • Intento o amenaza de suicidio de parte de la persona agresora. • La persona agresora es convicto o ex-convicto por delitos contra las personas. • La persona agresora tiene una acusación o condena previa por delitos contra la integridad física o sexual de las personas. • La persona agresora no respeta las medidas de protección. • La mujer víctima considera que el agresor es capaz de matarla. • La mujer víctima está aislada o retenida por la persona agresora contra su voluntad o ha estado previamente. • Abuso sexual de la persona agresora contra hijas/os u otras personas menores de edad de la familia cercana, así como tentativa de realizarlo. • Hay abuso físico contra sus hijas/os.
  • 69. 69 • La víctima está recientemente separada, ha anunciado que piensa separarse, ha puesto una denuncia penal o ha solicitado medidas de protección, ha existido amenaza por parte de la persona agresora de llevarse a sus hijas/os si decide separarse. • Abuso de alcohol o drogas por parte de la persona agresora. • Aumento de la frecuencia y gravedad de la violencia. • La mujer víctima ha recibido atención en salud como consecuencia de las agresiones o ha recibido atención psiquiátrica. • La persona agresora tiene antecedentes psiquiátricos. • La persona agresora es una persona con acceso y tiene conocimiento en el uso de armas de fuego y/o trabaja con ellas o porta armas. • Acoso, control o amedrentamiento sistemático de la víctima. • Que la persona agresora haya matado mascotas. En caso de querer complementar esta herramienta, uno de los ejemplos más usados es la herramienta de “Evaluación de peligro” desarrollada por Jacquelyn Campbell. Esta herramienta se basa en un estudio sobre los factores que tienen más posibilidades de predecir lesiones o feminicidio en el ámbito de los Estados Unidos y ha sido objeto de muchas pruebas de campo. Tiene como objetivo principal evaluar el peligro de violencia letal que corren las mujeres que mantienen relaciones físicamente abusivas. Después de la valoración del riesgo y peligro, un aspecto que contribuye sustancialmente a aumentar la seguridad de las mujeres es la realización de un plan de autoprotección o de seguridad. En este plan se deben tomar en consideración las acciones a realizar de manera inmediata y en el corto y mediano plazo. También deben considerarse las personas y las instituciones que apoyarán a la mujer y las estrategias para llevar a cabo el plan.
  • 70. 70 Guía de entrevista Fuente: ONU MUJERES; Secretaría de Relaciones Exteriores – Estados Unidos Mexicanos (2016) Caja de Herramientas. Protocolo de atención consular para personas víctimas de violencia basada en el género. México: Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres. [fragmentos] • Paso 1. Ponderar la entrevista Observar y detectar necesidades generales de la persona a entrevistar: ¿Está en condiciones mínimas físicas y psicológicas (de actitud, estado emocional) de poder tener una conversación con el [personal del consulado]? SÍ. Se realizará la entrevista acorde a esta guía. NO. Ver Herramientas de: • Apoyo emocional y manejo de crisis. • Valoración de riesgo. • Canalización. • Paso 2. Lugar de la entrevista Contestarse lo siguiente: • ¿El lugar está preparado para que haya privacidad y no sucedan interrupciones? • Si no existe la posibilidad de tener un espacio exclusivo y privado para este proceso, ¿es posible preparar algún espacio en donde se pueda llevar a cabo la entrevista sin interrupciones? Un espacio adecuado puede generar ambientes que inviten a la conversación: • Sentarse de tal modo que puedan verse unas a otras.
  • 71. 71 • Que la posición de la silla sugiere imparcialidad. • Que no haya una distinción pronunciada entre las sillas y sillones que utilice [el personal consular] y las que ofrezca a las usuarias. Esto para generar un ambiente amigable y no de superioridad por parte de quien entrevista. A continuación, se sugieren algunos aspectos que podrían generar un ambiente en donde se desarrolle la entrevista en un espacio acogedor, seguro, agradable y que genere confianza: 1. Debe ser un lugar de fácil acceso especialmente para aquellas personas de movilidad reducida. 2. Mobiliario como sillas cómodas, mesa para tomar anotaciones por parte del [personal consular], archivo para resguardo de documentos, mueble para guardar algún material como hojas, colores, crayones o algún juguete (por si la entrevista se lleva a cabo con algún niño o niña o si están acompañando a su mamá para ser entrevistada). 3. Tener a la mano una caja de pañuelos desechables. 4. Una adecuada ventilación e iluminación, preferentemente natural. Si es luz artificial, que ésta sea cálida. 5. Que el espacio esté pintado de colores que generen calidez y reflejen la luz natural como blanco, beige o colores pastel. 6. Garantizar, en la medida de lo posible, la privacidad tanto visual como auditiva. 7. Si es posible, tener vasos y agua potable para ofrecer a las usuarias. • Paso 3. Prever la duración de la entrevista Puede suceder que en la conversación la mujer entrevistada comparta información que pudiera parecer no relevante para el proceso de apoyo posterior, sin embargo, necesita hablar de algo en ese espacio y es posible que necesite unos minutos para desahogarse.
  • 72. 72 Se considera que un rango de tiempo adecuado podría ser de 45 a 90 minutos. Cuanto más tiempo sea posible invertir en la entrevista, según las necesidades, mayores posibilidades existirán de obtener información completa y precisa sin re-victimizar a persona. • Paso 4. Iniciar la entrevista Una manera de iniciar la conversación puede ser a través de preguntas de la vida cotidiana como hablar del clima, de la distancia que tuvo que recorrer para llegar, de alguna situación o tema que puedan tener en común quien entrevista y la entrevistada. Se recomienda que la presentación se lleve a cabo de manera clara y sencilla, explicando el cargo del entrevistador/a y rol que desempeña en la [oficina consular] y evitando en la medida de lo posible los tecnicismos. Se debe especificar de entrada la confidencialidad de la entrevista. Puede ser de utilidad explicarle a la mujer que llega a la entrevista cómo funciona la misma, informando: • El tiempo aproximado que disponen para conversar. • Que van a haber una serie de preguntas que se realizarán dependiendo de las necesidades de la entrevistada. • Que la información que se comparta será absolutamente confidencial [dentro del consulado] y para efectos de proporcionar un mejor servicio. Es necesario aclararle qué tipo de información estaría plasmada en algún expediente o qué información es necesario darle a otras personas para que el [personal del consulado] se asegure que tendrá un apoyo y seguimiento adecuado. • Que se respetará si no prefiere hablar de ciertos temas. • Que la intención de la entrevista es poder apoyarla a tomar la mejor decisión. Es importante que los datos de esta entrevista queden documentados, por lo que se recomienda comentar que se tomarán una serie de datos con el objetivo de
  • 73. 73 tener un mejor registro para el apoyo de la víctima, así como para referencias que puedan servir para generar mejores maneras de apoyar a otras mujeres con problemáticas similares –siempre enfatizando la confidencialidad. Esta recopilación de datos se debe realizar teniendo como principal objetivo escuchar a la entrevistada. ¿Cómo generar confianza en la entrevista? Para generar confianza por parte del [personal consular] podemos empezar desde lo más simple con plantearnos estas dos preguntas: • ¿De qué manera recibiríamos a una persona nueva en nuestra casa? ¿De qué manera la podemos hacer sentir cómoda y bien recibida? • ¿Cómo podemos ser “buenos anfitriones” tomando en cuenta nuestros alcances dentro de la [oficina consular] y las costumbres del lugar donde radicamos? Es importante establecer la conversación desde una actitud respetuosa, amable y orientada al servicio, en una postura de escucha atenta para que la mujer entrevistada se sienta comprendida, y que el [personal consular] pueda tener una posición de acompañamiento más que de autoridad. Esta actitud ayudará a que las mujeres víctimas de violencia puedan decirnos cómo son las cosas para ellas, qué les preocupa y qué necesitan y a tener una escucha que permita al personal responder de manera útil y adecuada e incluso aprender. A continuación, algunos puntos que pueden ser de utilidad para generar confianza en la conversación: 1. Postura de incertidumbre: Ser capaces de no “entender demasiado rápido”, de abandonar supuestos y estereotipos prematuros, de cuestionar lo que pensamos que sabemos, y de no apreciar nuestro conocimiento más que el de las mujeres víctimas de violencia. 2. Confiar y creer: las mujeres víctimas de violencia están buscando un apoyo o acompañamiento para resolver una problemática que puede ser complicada para ellas, en este sentido buscan validar su historia y que confíen en que la
  • 74. 74 información que están compartiendo es verídica e importante, por lo que es necesario recibir esta información desde esta postura. Posteriormente se pueden hacer algunas de las siguientes preguntas: • ¿De qué manera le puedo ayudar? • ¿Qué espera [del consulado]? • ¿Cuáles son los temas de los que tenemos que hablar para que pueda saber lo que necesita? • ¿Qué necesita para resolver su situación? Es necesario aclarar el alcance que puede tener [el consulado] en cuestiones de atención y seguimiento y poder tener redes de servicios especializados a la mano con el fin de ofrecerle a la víctima un abanico de posibilidades para tener el acompañamiento más adecuado. Para que la entrevista se lleve de manera fluida se recomienda que no sea una especie de “interrogatorio”. Para esto es necesario escuchar sus necesidades y observar sus gestos y posturas. Esto nos hará saber si se está sintiendo cómoda con la conversación y si le está siendo de utilidad. Algo sencillo para saber si esto está ocurriendo es preguntar. Dos sugerencias serían: ¿Le parece bien si hablamos de este tema? ¿Está de acuerdo con darme algunos datos que necesito para poder entender un poco mejor su situación? 1. El desarrollo de la entrevista El tema de violencia contra las mujeres puede resultar complicado de expresar para algunas mujeres, ya que muchas veces quienes las agreden son las parejas o personas cercanas que han logrado mantener una relación de poder sobre la víctima, y por el hecho de que le resulta complicado separarse por varias razones, por ejemplo, económicas, emocionales, por miedo, o por sus hijas/os. Puede ser útil manifestar conciencia de esto por parte del/a entrevistador/a, por ejemplo, de la siguiente manera:
  • 75. 75 “Sé que hay cosas de las que es complicado hablar. Este espacio es para que pueda hablar de lo que considere necesario para que le podamos apoyar. Si hay alguna información que le resulta difícil de expresar o le resulta dolorosa y prefiere no compartir, está en su derecho”. A partir de la información que vaya compartiendo la entrevistada, se podrán generar nuevas preguntas. Se recomienda que éstas sean preguntas abiertas que inviten a la mujer a la conversación. Por lo general, las preguntas que inician con un por qué cierran la conversación y en muchos casos resultan poco útiles para la comprensión de la situación de la víctima. También pueden generar revictimización (ver ejemplos y recuadro sobre ¿Qué preguntas no hacer?). Una manera de diferenciar una pregunta abierta de una cerrada es: • En las preguntas cerradas por lo general se obtiene un sí o un no por respuesta. • En las preguntas abiertas obtenemos respuestas ricas de información, respuestas que generan posteriormente más preguntas útiles. Ejemplos: • Pregunta cerrada: ¿Le puedo ayudar en algo? = Sí • Pregunta abierta: ¿De qué manera le puedo ayudar? = Necesito que me ayude a resolver una situación de violencia que estoy viviendo en este momento. • Pregunta cerrada: ¿La situación de violencia que me está comentando la está viviendo en tu hogar? = Sí • Pregunta abierta: ¿Podría contarme un poco más acerca de esta situación de violencia que está viviendo? = Desde hace algunos días mi pareja ha estado reaccionando de manera violenta ante cosas que pasan en la casa. • Pregunta cerrada: ¿Su pareja le ha golpeado? = Sí • Pregunta abierta: ¿Cuáles son estas reacciones violentas que tiene su pareja?, ¿Las podría describir? = Últimamente parece estresado por todo, si algo no
  • 76. 76 sale como él quiere me empieza a insultar y hace unos días llego a golpearme y yo me asusté mucho, no sabía qué hacer. • Pregunta cerrada: ¿Por qué no le ha puesto un alto a su pareja? = No sé/Porque no he podido o no he sabido cómo. • Pregunta abierta: ¿Qué le gustaría hacer al respecto de lo que me está contando? = Me gustaría cambiar esta situación porque tengo miedo que me siga haciendo daño, pero no sé cómo podría cambiarla. • Pregunta cerrada: ¿Por qué no lleva un proceso legal en contra de su pareja?, ¿Por qué no toma algún tipo de terapia para que le ayude a superar esto? = No sé/Porque no he podido o no he sabido cómo. • Pregunta abierta: Hay varias cosas en lo que podemos apoyarle, pero necesitamos saber, de las opciones que le puedo mostrar, ¿cuál cree que sea la más conveniente para usted? ¿QUÉ PREGUNTAS NO HACER? ➢ ¿Por qué cree que le pasó esto? No tiene ninguna utilidad buscar causalidades de la problemática, además puede revictimizar. ➢ ¿Por qué no buscó ayuda con anterioridad? Puede generar culpa de algo que en su momento no sabía cómo manejar. Lo importante es que en este momento está buscando ayuda y hay que brindársela. ➢ ¿Cree que podría haberse defendido? Otra pregunta que genera culpa y posiblemente impotencia, además de que puede ser una pregunta cerrada. ➢ No tiene por qué llorar, todo se va a resolver: Descalifica lo que siente y no sabemos qué va a suceder en el futuro. ➢ ¿Por qué no se ha separado de la persona que le agrede? Existen un sin fin de factores que mantienen una relación en donde uno de los miembros es violento. Cualquier decisión que se tome tendrá efectos colaterales por lo que es necesario tener una perspectiva contextual de cada caso para poder tomar acciones. La entrevistada es la que cuenta con la información más completa acerca de lo que implicaría tomar
  • 77. 77 cualquier decisión, es por esto que cualquier proceso se debe de llevar a cabo de la mano de la víctima en un trabajo colaborativo. A continuación, se detallan preguntas específicas por tipo y ámbito de violencia:
  • 78. 78
  • 79. 79 2. Plan de acción
  • 80. 80 Se recomienda que el plan de acción que se vaya llevar a cabo, sea elaborado a partir de la información que se recabó en la entrevista y corroborando en todo momento con la entrevistada que esto es lo que necesita o quiere llevar a cabo. Es importante que el plan de acción se integre con un plan de seguridad, orientación acerca de posibles acciones y se identifique una ruta de derivación de acuerdo a cada caso (a servicios legales, médicos, albergues, grupos de apoyo, entre otros), y se inicie la atención a las hijas y los hijos. Es importante tomar en cuenta que cada decisión que se tome puede impactar de alguna u otra manera diferentes áreas de la vida de la persona, por ejemplo, la relación con sus hijas/os, con su pareja, [su situación legal en el país], su vida laboral, entre otros. Un ejercicio que podría ser útil para tomar las decisiones más adecuadas, partiendo de la información que nos de la entrevistada es comenzar con la siguiente pregunta: ¿Qué pasaría si… Y completarla con aquellas opciones o escenarios que [el personal del consulado], a partir de su experiencia e información disponible en relación a las redes de servicios especializados y profesionales que pueden dar seguimiento al caso, le puede ofrecer a la entrevistada. Posibles frases para completar: • … empieza a ir a un grupo de apoyo para mujeres víctimas de violencia? • … lleva a cabo acciones legales en contra de quien le agrede? • … decide no hacer nada al respecto? Es importante que tanto la persona que entrevista como la entrevistada puedan conversar acerca de las posibilidades de los distintos escenarios para tomar la mejor decisión en conjunto y concretar un plan de acción si así lo han decidido. 3. Concluir la entrevista Para dar por concluida la entrevista necesitamos asegurarnos de que hemos obtenido toda la información necesaria para apoyar a la mujer víctima de
  • 81. 81 violencia, así como haber corroborado que le ha quedado clara la información que le hemos proporcionado. Algunas preguntas para corroborar esta información podrían ser las siguientes: • ¿Cree que necesitamos conversar de algo más acerca de su situación? • ¿He sido clara/o con la información que le he proporcionado o necesita que le aclare algún punto en particular? • ¿Cree que podemos pasar al siguiente paso con respecto a la decisión que tomó? • ¿Le parece bien si damos por terminada esta entrevista? Una vez terminada la entrevista, [quien se desempeñe como representante consular] debe analizar y ordenar la información obtenida para definir las acciones pertinentes del plan de acción y canalización previamente acordado con la entrevistada. Es importante tomarse el tiempo que sea necesario para garantizar la organización de la información obtenida y el registro [del expediente en el SIPC]. Si se deja para un momento posterior, se corre el riesgo de no recordar información relevante. Este paso contempla tres momentos: la organización de la información, la definición de alternativas posibles y deseables, y el encauzamiento y canalización hacia las instancias pertinentes. [El personal consular] debe revisar la información obtenida. El análisis de una entrevista única, y a menudo breve, no puede arrojar información contundente. La tarea [consular] en este sentido es la de detectar posibles riesgos, sospechas y otra información útil para encauzar las necesidades de protección y asistencia que requiera la persona. Es importante que toda anotación se encuentre sustentada, es decir, que incluya la información en la que se basa a partir de lo que refirió la persona. Además, es importante que se registre el nombre de la persona que entrevistó y de los servicios especializados a los que se canalizó a la persona entrevistada.
  • 82. 82 Guía de primer apoyo emocional y manejo de crisis Fuente: ONU MUJERES; Secretaría de Relaciones Exteriores – Estados Unidos Mexicanos (2016) Caja de Herramientas. Protocolo de atención consular para personas víctimas de violencia basada en el género. México: Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres. [fragmentos] Es muy valioso este primer contacto que pueden tener las mujeres víctimas de violencia con [el personal consular], en el que decidan dar información relevante acerca de una situación de violencia. [El personal] debe estar atento y sensible ante esta situación, sobre todo si la mujer se encuentra en una situación crítica. El apoyo emocional en el primer contacto pasa por varias actitudes simultáneas, que constituyen en sí mismo herramientas de contención: la escucha atenta, la empatía, el buen trato y el acompañamiento. Escucha atenta Estar atentas/os a los detalles que proporciona la mujer víctima de violencia. Preguntar de manera respetuosa, en caso de no entender, es de suma importancia. Muchas veces partimos de “nuestro entendimiento” para llevar a cabo acciones. Sin embargo, es necesario corroborar que estamos entendiendo lo que la mujer está relatando para poder tomar la mejor decisión en conjunto con ella. Empatía Será de gran utilidad tener la intención de comprender los sentimientos de la mujer víctima de violencia. A continuación, se proponen unas preguntas que pueden ser de utilidad para que [el personal consular] se haga a sí mismo a partir de la información recabada hasta el momento. A partir de lo que me está diciendo la mujer víctima de violencia: • ¿De qué manera la debo escuchar para que se sienta comprendida? • ¿Qué tipo de preguntas tendría que hacerle para que se sienta apoyada?
  • 83. 83 • ¿Cómo tendría que hablarle para que se sienta acompañada? Buen trato Es necesario estar atentas/os de no revictimizar a las mujeres que han sufrido algún tipo de abuso. Un buen trato se caracteriza por observar los elementos descritos con anterioridad y ubicarse en una postura libre de prejuicios o discriminatoria, atenta a sus necesidades específicas y que envíe el mensaje de estar de su lado. Para una atención oportuna, respetuosa y de calidad, es necesario que todo proceso sea llevado libre de estereotipos de género, origen, condición social, edad, preferencias o cualquier otra índole. Acompañamiento Puede suceder que las mujeres víctimas de violencia se sientan solas y con vergüenza de hablar acerca de sus experiencias. Por ello la importancia del hacerles sentirse acompañadas, tomando en cuenta en todo momento sus intereses y necesidades. Es necesario transmitir a la mujer que atraviesa por un estado de crisis que somos capaces de acompañarle en su proceso y que estamos con toda la disposición de apoyarla tomando en cuenta nuestros alcances y posibilidades dentro y fuera [del Consulado]. En caso de sentirse imposibilitado para manejar una crisis recurrir al apoyo de una/un psicóloga/o de las redes de servicios especializados. El manejo de crisis también se realiza a través de los siguientes aspectos que incluyen la contención, el pedir ayuda a personal especializado y la valoración del nivel de riesgo. En un primer acercamiento se recomienda permitir reconstruir y entender lo sucedido mediante el diálogo, favoreciendo la descarga emocional: • Dejar llorar a la persona; es necesario. • Respetar sus silencios. • Acompañar mediante el contacto visual. • Darle la oportunidad de hablar cuando esté preparada y dispuesta.
  • 84. 84 Cuando se encuentren dificultades para establecer el diálogo, se tendrá que valorar la posibilidad de que la mujer víctima de violencia aún se encuentre en shock o de que existan componentes de algún trastorno psiquiátrico o incluso alguna lesión física. Es importante, simultáneamente a la contención, una valoración rápida del nivel de riesgo. En caso de crisis, [el personal consular] puede plantearse la siguiente pregunta para saber de qué manera continuar: ¿Puedo contener a esta persona o necesita ayuda en este momento de algún especialista para sobreponerse o encontrar una estabilidad emocional? La forma de reaccionar hacia un evento traumático, en este caso estar en contacto con violencia de cualquier tipo, puede variar de persona a persona. Un signo de crisis que puede ser visible es una descarga emocional notoria como gritos, llanto, lamentos o estado de shock. Es necesario evaluar si esta “descarga” se puede contener con el simple hecho de escuchar y acompañar hasta que se tranquilice la persona o es necesario canalizarla con un/a profesional. Corresponde al [personal del Consulado], en primer contacto y contención de crisis, informar a las mujeres víctimas sobre su derecho a denunciar los hechos de violencia que se presenten, la existencia de servicios especializados disponibles, así como los pasos a seguir para acceder a los servicios de atención, protección y defensa, facilitando y respetando la autonomía en sus decisiones e invitando a continuar con el seguimiento médico, psicológico y de trabajo social. Corresponde también estar atentas/os a los signos que pueden caracterizar las respuestas a las crisis vitales y al trauma: • Signos a nivel cognitivo: la mujer víctima de violencia se puede sentir “desbordada” por la situación inesperada, pueden estar afectadas sus habilidades de resolución de problemas y sus mecanismos de afrontamiento. • Signos a nivel psicológico: la mujer puede sentirse confundida, atemorizada, o con aplanamiento emocional, entre otras.
  • 85. 85 • Signos a nivel fisiológico: se pueden presentar reacciones de estrés general tales como los cambios del ritmo cardiaco, respiración y sudoración excesiva. La detección de la urgencia médica es un aspecto fundamental, dado los riesgos que implicaría pasarla por alto: En cualquier caso de lesiones (leves o graves), debe canalizarse a los servicios de salud para que se le dé la atención que se requiera. Si las lesiones son producto de violencia de cualquier tipo, un profesional de la salud legista podrá certificar sus lesiones cuanto antes (antes de que desaparezcan), puesto que pueden ser pruebas de un delito. Pueden existir lesiones no perceptibles a simple vista, como en caso de violación. Esta se considera una urgencia médica, por lo cual es importante atenderlas lo antes posible por las implicaciones que puedan tener relacionadas con enfermedades de transmisión sexual o embarazo. En este caso es necesario identificar junto con la mujer víctima de violencia qué tipo de atención necesita y canalizarla a la red de servicios especializados. Cómo canalizar en crisis Al hacer las preguntas o compartir información útil sobre los procesos, se recomienda emplear términos sencillos. Es preciso asegurarnos de que la víctima entiende lo que le estamos diciendo. ¿Qué hacer para canalizarla? • Valorar si está en alto riesgo para llevar a cabo medidas protectoras en coordinación con la red de servicios especializados. • Proporcionar información precisa y orientación explicando las posibilidades acorde a las necesidades y decisiones de la víctima. • Generar opciones en conjunto. Preguntas que el personal consular puede tomar en cuenta para generar posibles soluciones de manera colaborativa:
  • 86. 86 • ¿Cómo le puedo ayudar? • A partir de lo que me cuenta, ¿qué quisiera hacer al respecto? ¿QUÉ NO HACER EN CASOS DE APOYO EMOCIONAL Y MANEJO DE CRISIS? 1. Tratar a la mujer víctima de violencia desde una posición de poder, pensando que se tiene toda la información antes de corroborarla con ella para saber qué hacer. Por ejemplo, tomar acciones sin consultarla. 2. Tratar a la mujer víctima de violencia como culpable de la situación que está viviendo. Aquí se le estaría revictimizando en lugar apoyarla en su proceso. 3. Perder la calma cuando esté atendiendo a alguna mujer víctima de violencia que parece estar en crisis. Si el personal consular no se siente preparado para afrontar una crisis, es necesario tener a la mano los datos del personal especializado que sí pueda acompañarla y con quien se pueda canalizar. 4. Prometerle a la mujer víctima de violencia que cualquier situación por la que esté pasando se va a resolver, sin tomar en cuenta los alcances que pueda tener el personal consular, así como las implicaciones que cada decisión puede tener en su vida. 5. No darle importancia a las situaciones en donde las mujeres fueron heridas por quienes las agredieron. Hay heridas que pueden ser de gravedad o una prueba de delito. Es importante no subestimar esta situación y canalizar a la víctima de inmediato. 6. Canalizar a la mujer víctima de violencia, sin aclararle paso a paso la información que necesita tener. Antes de que pase con cualquier especialista o red de servicios especializados, es necesario que le quede muy claro los pasos que tendrá que tomar.
  • 88. 88 Esperemos que jamás necesites estos contactos, pero siempre es mejor tenerlos y no utilizarlos. NIVEL NACIONAL 911 Emergencias Fuente: MINISTERIO DE SEGURIDAD – ARGENTINA.GOB.AR (N/D) 911 Emergencias. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/seguridad/911emergencias. [fragmentos] Consejos para optimizar y agilizar tu llamada al 911 en caso de emergencia. Como primera medida, siempre debés mantenerte a resguardo, luego llamá al 911. Vamos a darte una mejor respuesta si le decís al operador que te atiende los siguientes datos: • El lugar donde te encontrás lo más exacto posible. • Intersección de calles. • Calle y dirección del lugar o piso donde ocurre el incidente. • En el caso de autopistas, sobre cuál mano. Línea 144 Fuente: MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD - ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Línea 144–. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/generos/linea-144. [fragmentos] Brindamos atención, contención y asesoramiento en situaciones de violencia de género.
  • 89. 89 Brindamos atención, asesoramiento y contención para situaciones de violencias por motivos de género, las 24 horas, de manera gratuita y en todo el país. Es importante que sepas no se trata de una línea de emergencia. Para casos de riesgo, comunicate con el 911. El equipo es interdisciplinario y está compuesto por profesionales de las áreas del Derecho, la Psicología, el Trabajo Social y otras áreas afines, con capacitación y/o especialización en perspectiva de género. Contemplamos todos los tipos y modalidades de violencia descritos en la ley: física, psicológica, sexual, económica y patrimonial, simbólica, política, doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica, mediática y en el espacio público. Esta línea fue creada en 2013 para cumplir los objetivos establecidos por la Ley 26.485, artículo 9. Vías de contacto Podés comunicarte de manera gratuita las 24 hs., los 365 días, a través de un llamado al 144, por WhatsApp al 1127716463, por mail a [email protected] y descargando la app. Centros de atención para mujeres y LGBTI+ https://www.argentina.gob.ar/generos/centros-de-atencion-para-mujeres-y- lgbti Violencia familiar y sexual Fuente: MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Violencia familiar y sexual - Línea 137. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/justicia/violencia-familiar- sexual. [fragmentos]
  • 90. 90 Si sos víctima de violencia familiar o sexual, o sabés de alguien que lo sea, llamá a la línea 137. Es gratuita, nacional y brinda contención, asistencia y acompañamiento las 24 horas, los 365 días del año. ¿Cómo te podemos ayudar? Un equipo de psicólogas y trabajadoras sociales del Programa las Víctimas contra las Violencias, atiende tu llamado o tu mensaje de WhatsApp. Te brindamos contención e información sobre tus derechos. Para ayudarte, las profesionales articulan con los recursos locales de seguridad y asistencia que se mantendrán en contacto con vos hasta saber que estás a resguardo. En caso de ser necesario se comunicarán al 911. En caso de que te encuentres en la Ciudad de Buenos Aires, Chaco (Resistencia) o Misiones (Posadas, Oberá o en El Dorado), equipos móviles se pueden desplazar hasta tu ubicación, acompañados por personal policial, para intervenir ante una situación de emergencia. Las profesionales podrán asesorarte para que tomes las medidas necesarias para tu protección: • Acompañarte a un hospital para que recibas atención y medicación gratuita. • Asesorarte sobre sus derechos. • Acompañarte a radicar la denuncia. • Contactar a tu red familiar o afectiva de apoyo. • Acompañarte hasta un espacio donde puedas alojarte. Seguimiento Luego de la primera intervención, las profesionales hacen un seguimiento de tu salud, de los procesos judiciales y de las medidas de protección, y pueden ponerte
  • 91. 91 en contacto con los recursos de tu localidad. También podrá participar un equipo de abogados para asesorarte. Violencias contra niños, niñas y adolescentes También podés comunicarte a la Línea 137 o al WhatsApp 11 3133-1000 si sabés o sospechas que un niño, niña o adolescente es víctima de violencia familiar, abuso sexual, grooming o explotación sexual. O podés realizar tu consulta confidencal mediante el formulario https://www.argentina.gob.ar/justicia/violencia-familiar-sexual/formulario-de- consulta-grooming Llamá al 137 Línea nacional, las 24 horas, los 365 días del año. Por WhatsApp Escribimos por WhatsApp al 11 3133-1000 Contra de la Trata y la Explotación de personas Fuente: JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Contra de la Trata y la Explotación de personas. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/jefatura/comitecontralatrata. [fragmentos] Desde el Comité Ejecutivo de Lucha en contra de la Trata y Explotación de Personas y para la protección y asistencia a sus víctimas, coordinamos el diseño y la planificación de la política pública en materia de prevención, persecución y asistencia a las personas damnificadas. Llamá al servicio de Detención/Denuncias: Línea 145 Whatsapp de atención
  • 92. 92 Asesoramos, respondemos consultas y brindamos información las 24 hs los 365 días del año (54–11) 65460580. ¿Qué es la pornovenganza y cómo me protejo? Fuente: MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - ARGENTINA.GOB.AR (19 de diciembre de 2020) Con Vos en la Web. Situaciones. ¿Qué es la pornovenganza y cómo me protejo?. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/justicia/convosenlaweb/situaciones/que-es- y-como-protegerse-de-la-pornovenganza [fragmentos] ¿Qué es la pornovenganza? Es la difusión no consentida de imágenes o videos íntimos en redes sociales, servicios de mensajería instantánea y cualquier tipo de medio social donde se comparte información. El Código Penal considera a la pornovenganza como un tipo de extorsión. ¿Qué imágenes se difunden? Imágenes o videos que son filmadas y grabadas en el contexto de la intimidad para uso en la intimidad. ¿Quiénes realizan la pornovenganza? La realizan parejas, exparejas o personas que buscan vengarse luego de una ruptura o pelea. ¿Qué diferencias hay entre pornovenganza y sextosión? Pornovenganza: luego de rupturas amorosas o peleas alguna de las personas involucradas difunde de forma pública material intimo sin consentimiento de la otra con intención de dañar. Sextorsión: la persona es amenazada y deberá dar dinero o hacer algo a cambio de que no difundan imágenes intimas.
  • 93. 93 ¿Dónde se publican y viralizan las imágenes de pornovenganza? Las publican y viralizan en: • Sitios para adultos donde se crean perfiles falsos para conocer personas y luego compartir las imágenes con extraños. • Redes sociales para adultos. • Sitios de videochat • Whatsapp, telegram y otro tipo de servicio de mensajería instantánea. ¿Qué hacer si soy víctima de pornovenganza? • Guardá todas las pruebas que tengas: chats, correos electrónicos, capturas de pantalla y cualquier tipo de contenido que aporte información a los peritos informáticos para presentarlas en una fiscalía. Muchas veces, los casos de pornovenganza pueden terminar en sextorsión. • Pedí que bajen el video o fotos de cada uno de los sitios donde se publicó. El artículo 16 de la ley 25.326 de Protección de Datos Personales establece que deben darlo de baja dentro de los 5 días hábiles a partir de tu denuncia. • Buscá asesoramiento legal. ¿Dónde podés hacer la denuncia? Ingresá al área de denuncias de Con Vos en la Web y buscá la fiscalía que te corresponde por tu domicilio para presentar las pruebas. ¿Cómo evitar que te vuelva a pasar? • Tené presente que cuando se viralizan imágenes en Internet, aunque los sitios den de baja las publicaciones ofensivas, es imposible borrarlas de toda la red. • Si vas a tomar imágenes en la intimidad, tené siempre el consentimiento de tu pareja.
  • 94. 94 • No compartas imágenes íntimas con personas que puedan difundirlas sin tu consentimiento. • Las historias subidas a Instagram pueden capturarse y compartirse sin tu consentimiento. • Si te vas a filmar o sacar una foto, evitá que en las imágenes o videos se vea tu cara o cualquier otro rasgo que permita identificarte. • Las imágenes que se envían por aplicaciones como Snapchat avisan cuando alguien realiza una captura. • Se pueden capturar las imágenes de redes sociales o servicios de mensajería instantánea con otro celular. Informate mejor: Más información en lenguaje claro en el sitio de Derecho Fácil • Ley de Protección de Datos Personales • Ley de Delitos Informáticos ¿Qué tenés que hacer si no aparece un familiar? Fuente: MINISTERIO DE SEGURIDAD - ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Búsqueda de personas desaparecidas y extraviadas. ¿Qué tenés que hacer si no aparece un familiar?. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/seguridad/personasextraviadas/denuncia. [fragmentos] Te explicamos cómo debés proceder si algún integrante de tu familia no vuelve a casa. Si alguien de tu familia desaparece, hacé la denuncia de manera inmediata en la comisaría más cercana. No tenés que esperar que pase un tiempo mínimo, y la comisaría está obligada a tomar tu denuncia.
  • 95. 95 • Brindá todos los datos que conozcas de la persona desaparecida, por más irrelevantes que parezcan. • Llevá la foto más actualizada que tengas. A continuación: • Comunicate con su entorno cercano (amigos, compañeros de escuela o de trabajo, etc) e informá sus datos a la autoridad a cargo de la investigación. • No uses los teléfonos que la persona pueda saber de memoria, por si intenta llamar. • Toda información que llegue a tu conocimiento, comunicala a la policía o al fiscal. • Si difundís la búsqueda en redes sociales, te recomendamos que solo informes el teléfono de contacto de la comisaría interviniente o el que los investigadores te propongan. • Si la persona aparece, acompañala a la comisaría para dejar sin efecto la búsqueda. SIFEBU, Sistema Federal de Búsqueda de Personas Desaparecidas y Extraviadas (54-11) 5278-9800 internos 5558 y 5507 NIVEL PROVINCIAL Recursero de MUMALA. ¿Dónde acudir en caso de violencia de género? Fuente: LIBRES DEL SUR; MUMALA; BARRIOS DE PIE (N/D) Recursero MUMALA. ¿Dónde acudir en caso de violencia de género?. Mendoza: MUMALA.
  • 96. 96 Si estás sufriendo violencia de género: • Línea 144: Llamá acá las 24 hs por información, asesoramiento o contención de forma anónima. • 1127716463: Si no podés hablar, mandá un wp a este número y escribí “Hola”. • App 144: Descargá la app de la Play Store para acceder a info de centros de atención y medios de contacto. • Línea 911: Si estás en situación de riesgo, llamá a la línea de emergencia. Dirección de Género y Diversidad de Mendoza Para asistencia y asesoramiento, pedí turno: • [email protected] • 4242281 - 4241862 • 2615100050 Si necesitás asesoramiento legal por violencia de género Mandá un mail a: [email protected] con el asunto “Asesoramiento legal” Los abogados y abogadas de la Dirección de Género y Diversidad de la provincia de Mendoza prestan patrocinio jurídico gratuito por esta vía. Para acceder a la Red de Hogares Refugios para mujeres en situación de violencia Comunicate a: • [email protected] • 4242281 • 2615931099
  • 97. 97 En Mendoza hay 11 refugios. Si necesitás un lugar donde quedarte podés pedirlo a por estos medios de contacto de la Dirección de Género y Diversidad de la provincia. Si querés realizar una denuncia por violencia de género: https://denuncias.jus.mendoza.gov.ar/ Si necesitás medidas de protección en violencia de género: http://www.jus.mendoza.gov.ar/inicio Si no tenés internet o no sabés cómo usarlo, escribinos y nosotras (MUMALA) te ayudamos. ¡No estás sola! Área Mujer/Género y Diversidad Municipal Pedir turno para atención y asesoramiento CIUDAD • 9 de julio 500- Subsuelo, (ingreso por patio inglés) • [email protected] v.ar • 4495304 • 2612093446 LAS HERAS • Calle Echeverría 463 (entre Dr. Moreno y Agustín Alvarez) • [email protected] • 2617092877 • 2616614243 GUAYMALLÉN • Godoy Cruz 1227, Subsuelo, San José • [email protected] • 4451223 • 2616175316 GODOY CRUZ • Hipermercado Libertad, Ala Norte, Joaquín V. González y Cipoletti • [email protected] • 4429349 • 2613064937
  • 98. 98 MAIPÚ • Padre Vásquez 586 • [email protected] • 4974285 • 2616683113 LUJÁN DE CUYO • Parque Cívico Bloque 2, Boedo 505 Mayor Drummond • [email protected] • 4872027 / 4989910 • 2615941156 LAVALLE • Bº Toum, Mzna. B Casa 9, Villa Tulumaya • [email protected] r • 4941775 • 2616560066 LA PAZ • Belgrano y Galigniana • [email protected] • 02626 421400 SANTA ROSA • Julio A. Roca 281 • [email protected] • 2634599718 JUNÍN • San Martín 15 • [email protected] • 263 4521667 RIVADAVIA • Perito Moreno y Lavalle • [email protected] • 2634663850 SAN MARTÍN • España 29, 2do. Piso • [email protected] • 0263 4650237 TUNUYÁN • La Argentina 600 SAN CARLOS • Independencia 345
  • 99. 99 • [email protected] • 02622-221132 / 410081 • 2622-15221132 • [email protected] • 02622-1543668 • 2622408603 TUPUNGATO • 25 de Mayo y Mosconi • [email protected] • 02622-15521059 SAN RAFAEL • Saavedra 273 • [email protected] • 0260 4422482 • 0260-154059046 GRAL. ALVEAR • Alvear Oeste 650 • [email protected] • 2625-15431452 MALARGÜE • Salas s/n • [email protected] • 0260 4673650 / 02627 470505 int. 213 / 4471060 • 260-154231530 Gestionar turnos para la asistencia judicial Dirección de la Mujer, Género y Diversidad “Dra. Carmen María Argibay” Suprema Corte de Justicia • http://www.jus.mendoza.gov.ar/web/direccion-de-lamujer/consultas • [email protected] • Primera Circunscripción Judicial (Capital, Godoy Cruz, Guaymallén, Las Heras, Luján, Maipú y Lavalle). Y Segunda Circunscripción (San Rafael, General Alvear y Malargüe) (261) 449 3236/5749 261 6842676 / 2616568336
  • 100. 100 • Tercera Circunscripción (San Martín, Rivadavia, Junín, Santa Rosa y La Paz) (2634) 439678 - 2634 665645 • Cuarta Circunscripción (Tunuyán, San Carlos y Tupungato) (02622) 423163 - 261 6832107 DENTRO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO Dónde acudir en la UNCUYO ante situaciones de violencia de género Fuente: PRENSA INSTITUCIONAL – UNCUYO. (14 DE MAYO DE 2019) Dónde acudir en la UNCUYO ante situaciones de violencia de género. Recuperado de: https://www.uncuyo.edu.ar/prensa/donde-acudir-en-la- uncuyo-ante-situaciones-de-violencia-de-genero. [fragmentos] La Universidad cuenta con un protocolo de intervención institucional; un área de asesoramiento gratuito; una consejería de sexualidades, identidades de género y
  • 101. 101 situaciones de violencia patriarcal; y un espacio que aborda la temática de géneros en particular y su vinculación con la educación desde los marcos legales. Conocé en detalle cómo acceder a cada una de las propuestas. Hace tiempo que la Universidad trabaja sobre uno de los objetivos que plantea su Plan Estratégico, como es poder dar respuesta con pertinencia a las demandas legítimas de la sociedad. En ese sentido el Consejo Superior aprobó en 2017 el protocolo de intervención institucional ante denuncias por violencia de género, propuesta que impulsó el rector Daniel Pizzi. Asimismo, la Casa de Estudios habilitó un espacio de asesoramiento gratuito exclusivo para víctimas de violencia de género, que funciona en los Consultorios Jurídicos de la facultad de Derecho. Y puso en funcionamiento el servicio de Consejería de Sexualidades, identidades de género y situaciones de violencia patriarcal. Consejería de Sexualidades, identidades de género y situaciones de violencia patriarcal Ofrece información sobre género y sexualidad, y asesoramiento personalizado a estudiantes, docentes y personal de apoyo académico de todas las dependencias de la UNCuyo (incluidos los secundarios) sobre situaciones de violencia de género a través de la Consejería de Sexualidades, identidades de género y situaciones de violencia patriarcal. En ese sentido profesionales de psicología, derecho, trabajo social y educación, con especialización y experiencia en el ámbito de los derechos humanos y perspectiva de género, atienden por demanda espontánea o por derivación. La atención se realiza en el Comedor Universitario, los martes de 14 a 19, los miércoles de 11 a 19 y los viernes de 11 a 14. Es un espacio para escuchar, dialogar e informarse sobre distintas temáticas que promueven la toma de decisiones autónomas, garantizando intimidad y confidencialidad. A través de constantes capacitaciones y la difusión del protocolo en todas las unidades académicas busca promover la igualdad de género en el
  • 102. 102 ámbito universitario, con el fin de erradicar cualquier forma de sexismo, discriminación y violencia contra las personas. Consejería de Sexualidades, identidades de género y situaciones de violencia patriarcal Sede Comedor Universitario, Hogar y Club Universitario (Comedor Universitario), Ciudad Universitaria, Ciudad de Mendoza Correo electrónico: [email protected] Horario de atención: Lunes a viernes de 9.30 a 13.30 hs. Teléfono: 2616949064 Protocolo Cómo proceder para radicar una denuncia. Cualquier persona que se considere víctima de violencia, en términos del artículo 4 de la Ley Nº 26.485, en el ámbito de la UNCUYO podrá formular la denuncia de la situación ante la autoridad de mayor proximidad por cualquier medio, quien se encargará de poner en conocimiento al funcionario designado por la secretaría de Bienestar en un plazo no mayor a 48 horas. Ese funcionario contará con formación en perspectiva de género necesaria para recepcionar las denuncias que ante ellos se realicen. Por su parte, la Secretaría en un plazo no mayor a 48 horas coordinará una entrevista con la posible víctima. El funcionario que realice la entrevista deberá informar a la persona que tiene derecho a recibir asesoramiento integral en el ámbito de la Secretaría y/o acompañamiento -en caso de ser estudiante-, desde la Defensoría Estudiantil de la Universidad o ámbito y espacio a fines. Además, en la entrevista se permitirá que la denunciante asista en compañía de una persona de confianza para su contención. Se considerarán de “gravedad y urgencia” aquellos casos en donde corra riesgo de vida o la integridad física de la denunciante o su grupo familiar. Las autoridades designadas por Bienestar tendrán el deber de remitir sus actuaciones a la Autoridad Universitaria que detenta la potestad disciplinaria
  • 103. 103 sobre el posible agresor en un plazo no mayor a las 48 horas de realizada la entrevista. La denunciante podrá pedir que las sesiones de los Órganos Colegiados que traten la denuncia en cuestión sean reservadas o cerradas. En el caso que el denunciado tenga una relación directa de autoridad sobre quien realiza la denuncia, con el mismo acto administrativo con el que se disponga el inicio de la investigación administrativa pertinente, deberá dictarse la/s medida/s preventiva/s que eviten el contacto entre ellos. A su vez, la Oficina de Sumario del Rectorado de la UNCUYO contará con personal formado en perspectiva de género y violencia sexista que estará a disposición de toda Unidad Académica. Al mismo tiempo, todas las Oficinas de Sumarios e instructores sumariantes de la Universidad deberán dar tratamiento prioritario a las investigaciones que se inicien según el presente protocolo de género. Se debe aclarar que en toda investigación administrativa dispuesta en los términos de éste protocolo y la Ley Nº 26.485, los funcionarios que intervienen en el proceso deberán proteger la identidad de la potencial víctima de violencia sexista. Por otro lado, una vez resuelto el sumario administrativo, y junto con la sanción que procediere, el instructor en el informe previsto en el artículo 108 del Reglamento de Investigación Administrativa deberá expedirse sobre la posibilidad de medidas de reparación al daño y de no repetición del mismo. Para concluir el proceso, la secretaría de Bienestar deberá monitorear la aplicación del protocolo y realizar informes anuales sobre su avance. Una vez confeccionado el mencionado informe, se comunicará ante el Consejo Superior de la UNCUYO los resultados que éste arroje. Resolución nº 682 (Protocolo violencia - Normativa) Mendoza 4 de julio de 2017 Disponible en: http://fcp.uncuyo.edu.ar/upload/protocolo-de-violencia.pdf
  • 104. 104 Consultorios Es un espacio de asesoramiento gratuito exclusivamente para víctimas de violencia de género. Funciona en los Consultorios Jurídicos de la facultad de Derecho. Esa Unidad Académica presta servicios en temas vinculados con el Derecho Penal, Civil, Familiar, Laboral y Administrativo para la población en general y en especial para personas con escasos recursos. Las consultas se atienden los viernes por la tarde. Las personas pueden solicitar turno al 4494104, de lunes a viernes de 9 a 12 o acercarse personalmente a la oficina ubicada en el primer piso de Derecho.
  • 106. 106 REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA • ÁLVAREZ GARCÍA, MARIÁNGELES; SÁNCHEZ ALÍAS, ANA Mª; BOJÓ BALLESTER, PEPA. (2016) Manual De Atención Psicológica A Víctimas De Maltrato Machista. Donostia - Gipuzkoa: Colegio Oficial de la Psicología de Gipuzkoa. • ASAMBLEA GENERAL - NACIONES UNIDAS. (6 de julio de 2006) Estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer. Informe del Secretario General. Nueva York: Naciones Unidas. • BOLLA, DAGNINO CONTINI; EKKERT, FERNÁNDEZ MICHELLI; GOTTA, SEGURA, SIRI; STANGE Y TALAMONTI. (2019) Herramientas para hacer frente a la violencia de género: aportes y experiencias desde los feminismos: Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género- CAV. La Plata: Ediciones de la Caracola. • CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA - SECRETARÍA DE SALUD. (2009) Modelo Integrado para la Prevención y Atención de la Violencia Familiar y sexual. Manual Operativo. México DF: Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva. • INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES. (2008) Guía metodológica para la sensibilización en género: Una herramienta didáctica para la capacitación en la administración pública. Violencia contra las mujeres: un obstáculo crítico para la igualdad de género. Volumen 4. México DF: INMUJERES. • JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Contra de la Trata y la Explotación de personas. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/jefatura/comitecontralatrata • LIBRES DEL SUR; MUMALA; BARRIOS DE PIE (N/D) Recursero MUMALA. ¿Dónde acudir en caso de violencia de género?. Mendoza: MUMALA.
  • 107. 107 • MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - ARGENTINA.GOB.AR (19 de diciembre de 2020) Con Vos en la Web. Situaciones. ¿Qué es la pornovenganza y cómo me protejo?. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/justicia/convosenlaweb/situaciones/que- es-y-como-protegerse-de-la-pornovenganza • MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Violencia familiar y sexual - Línea 137. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/justicia/violencia- familiar-sexual • MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD - ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Línea 144–. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/generos/linea-144 • MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD– ARGENTINA. (2020) Plan nacional de acción contra las violencias por motivos de género (2020 - 2022). Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación. • MINISTERIO DE SEGURIDAD – ARGENTINA.GOB.AR (N/D) 911 Emergencias. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/seguridad/911emergencias. • MINISTERIO DE SEGURIDAD - ARGENTINA.GOB.AR (N/D) Búsqueda de personas desaparecidas y extraviadas. ¿Qué tenés que hacer si no aparece un familiar?. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/seguridad/personasextraviadas/denuncia • MUMALA Mendoza (3 de enero de 2021) Mumala Mendoza - REGISTRO NACIONAL DE FEMICIDIOS... [Estado de facebook]. Recuperado de: https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=3713623185347869&id= 517327314977488&sfnsn=scwspwa
  • 108. 108 • MUMALA Mendoza (31 de agosto de 2021) Mumala Mendoza - 2⃣0⃣2⃣1⃣ REGISTRO NACIONAL DE FEMICIDIOS... [Estado de facebook]. Recuperado de: https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=4407596109283903&id= 517327314977488&sfnsn=scwspwa • ONU MUJERES; Secretaría de Relaciones Exteriores – Estados Unidos Mexicanos (2016) Caja de Herramientas. Protocolo de atención consular para personas víctimas de violencia basada en el género. México: Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres. • PRENSA INSTITUCIONAL – UNCUYO. (14 DE MAYO DE 2019) Dónde acudir en la UNCUYO ante situaciones de violencia de género. Recuperado de: https://www.uncuyo.edu.ar/prensa/donde-acudir-en-la-uncuyo- ante-situaciones-de-violencia-de-genero • RED DE MUJERES JÓVENES POR LA DEMOCRACIA PARITARIA (2020) “LA PANDEMIA COMO AL PATRIARCADO, LO VENCEMOS JUNTAS”. Protocolo para atender la "Violencia de género durante la contingencia COVID-19 en Jalisco. Jalisco: Red De Mujeres Jóvenes Por La Democracia Paritaria.