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JAA-COC 1
JAA-COC 2
EL SISTEMA DE SALUD EN COLOMBIA
Hace parte del sistema de seguridad social de Colombia regulado
por el gobierno nacional, por intermedio del ministerio de salud y
protección social y del ministerio de trabajo, bajo mandato
constitucional y delegado en parte al sector privado.
El sistema general de seguridad social de Colombia integral
vigente en Colombia esta reglamentado por la ley 100, expedida
en 1993.
JAA-COC 3
JAA-COC 4
Reglamentación
El sistema de salud en el país está reglamentado en el segundo libro de la
Ley 100 de 1993 expedida por el Congreso de Colombia la cual estableció
el Sistema de Seguridad Social en el país y que además se ocupa de regular
el sistema de pensiones en el primer libro, de las condiciones de trabajo en
el tercer libro, y dispone sobre servicios complementarios en el cuarto libro,
aspectos que se deben prestar con sujeción a los principios de eficiencia,
universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación.
La reforma al sistema de salud tuvo como fin evitar el monopolio del estado
sobre la salud y permitir el derecho de la competencia con la incorporación
de empresas prestadoras de salud.
También la creación de subsidios al sector salud para cubrir a la población
con menos ingresos.
Además de los principios generales de la ley y de la constitución política, la
ley establece reglas fundamentales para regir el servicio público de salud
como son la equidad, la obligatoriedad, la protección integral, la libre
escogencia, la autonomía de las instituciones, la descentralización
administrativa, la participación social, la concertación y la calidad.
JAA-COC 5
JAA-COC 6
El sistema en salud está compuesto básicamente por tres entes:
El estado: actúa como ente de coordinación, dirección y control. Sus organismos son :
El Ministerio de la Salud y Protección Social (Colombia), la Comisión de Regulación en
Salud (CRES) que reemplazó al Concejo Nacional de Seguridad Social en Salud
(CNSSS) por la Ley 1122 de 2007, y la Superintendencia Nacional de Salud que vigila y
controla a los actores del sistema.
Los aseguradores: Son entidades privadas que aseguran a la población, actúan como
intermediarias y administradoras de los recursos que provee el estado en forma de
prima anual denominada Unidad de Pago por Capitación -UPC-. Son las entidades
promotoras de salud (EPS) y las administradoras de riesgos laborales(ARL).
Los prestadores: son las instituciones prestadores de salud (IPS), son los hospitales,
clínicas, laboratorios, etc que prestan directamente el servicio a los usuarios y aportan
todos los recursos necesarios para la recuperación de la salud y la prevención de la
enfermedad, los profesionales independientes de salud (médicos, enfermeras/os, etc) y
los transportadores especializados de pacientes (ambulancias).
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JAA-COC 9
JAA-COC 10
JAA-COC 11
ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD (EPS)
Su función es organizar y garantizar, la prestación de los servicios de
salud que se encuentran en el POS (Plan Obligatorio de Salud) y son
las responsables de la gestión de riesgos derivados de la enfermedad
general o no ocupacional.
Es posible vincularse a salud por medio de dos modelos de
aseguramiento, mediante el sistema del régimen contributivo y el
de régimen subsidiado.
JAA-COC 12
régimen contributivo régimen subsidiado
están vinculados todos los empleados y
empleadores con capacidad de pago
quienes hacen un aporte mensual para
salud y pensión
cobija a todas las personas pobres y vulnerables en
donde los servicios de salud están amparados con
los recaudos de solidaridad de los demás entes
participantes en el sistema
La responsabilidad de la afiliación del empleado
es del empleador y del pensionado es del Fondo
de Pensiones
quienes ingresan a él reciben subsidios
totales o parciales
El aporte a salud debe ser el 12,5% del salario
base de cotización, porcentaje que asume en su
totalidad los trabajadores independientes, y en
caso de los empleados éste asume el 4% y el
empleador el 8,5%.
se financian con dos recursos fundamentales: las
trasferencias de la nación a los departamentos y
municipios y el Fondo de Solidaridad y Garantía,
FOSYGA
El empleado, escoge la EPS que prefiere y se lo
comunica al empleador junto con los datos de su
familia. El pensionado, como viene de ser
empleado, seguramente se encontrará ya afiliado
a una EPS, tal y como debe hacerlo todo
empleado; al pasar de empleado a pensionado su
afiliación no se verá afectada.
Si el pensionado decide cambiar de EPS lo puede
hacer sin ningún problema
Las personas que ingresan a este régimen subsidiado son
escogidas por cada uno de los municipios o distritos, teniendo
en cuenta unos criterios de priorización:
 Recién nacidos.
 Menores desvinculados del conflicto armado, bajo la
protección del Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar.
 La población del área rural y del área urbana de bajos
recursos.
 Población indígena.
CUADRO COMPARATIVO
JAA-COC 13
beneficios del Plan Obligatorio de
Salud
La selección y asignación de subsidios, la
hacen las entidades ejecutoras de
programas sociales del Estado a partir de
la información de la base consolidada y
certificada por el Departamento Nacional
de planeación (DNP) y la encuesta del
sisbén.
Subsidio en dinero en caso de
incapacidad por enfermedad.
Los beneficios del POS que a partir del 1
de julio de 2012 son los mismos que en el
Régimen Contributivo
subsidio en dinero en caso de licencia
de maternidad
Exención de copagos si está clasificado
en el nivel I del Sisbén
JAA-COC 14
JAA-COC 15

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Sistema de salud colombiano presentacion

  • 3. EL SISTEMA DE SALUD EN COLOMBIA Hace parte del sistema de seguridad social de Colombia regulado por el gobierno nacional, por intermedio del ministerio de salud y protección social y del ministerio de trabajo, bajo mandato constitucional y delegado en parte al sector privado. El sistema general de seguridad social de Colombia integral vigente en Colombia esta reglamentado por la ley 100, expedida en 1993. JAA-COC 3
  • 5. Reglamentación El sistema de salud en el país está reglamentado en el segundo libro de la Ley 100 de 1993 expedida por el Congreso de Colombia la cual estableció el Sistema de Seguridad Social en el país y que además se ocupa de regular el sistema de pensiones en el primer libro, de las condiciones de trabajo en el tercer libro, y dispone sobre servicios complementarios en el cuarto libro, aspectos que se deben prestar con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación. La reforma al sistema de salud tuvo como fin evitar el monopolio del estado sobre la salud y permitir el derecho de la competencia con la incorporación de empresas prestadoras de salud. También la creación de subsidios al sector salud para cubrir a la población con menos ingresos. Además de los principios generales de la ley y de la constitución política, la ley establece reglas fundamentales para regir el servicio público de salud como son la equidad, la obligatoriedad, la protección integral, la libre escogencia, la autonomía de las instituciones, la descentralización administrativa, la participación social, la concertación y la calidad. JAA-COC 5
  • 7. El sistema en salud está compuesto básicamente por tres entes: El estado: actúa como ente de coordinación, dirección y control. Sus organismos son : El Ministerio de la Salud y Protección Social (Colombia), la Comisión de Regulación en Salud (CRES) que reemplazó al Concejo Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSSS) por la Ley 1122 de 2007, y la Superintendencia Nacional de Salud que vigila y controla a los actores del sistema. Los aseguradores: Son entidades privadas que aseguran a la población, actúan como intermediarias y administradoras de los recursos que provee el estado en forma de prima anual denominada Unidad de Pago por Capitación -UPC-. Son las entidades promotoras de salud (EPS) y las administradoras de riesgos laborales(ARL). Los prestadores: son las instituciones prestadores de salud (IPS), son los hospitales, clínicas, laboratorios, etc que prestan directamente el servicio a los usuarios y aportan todos los recursos necesarios para la recuperación de la salud y la prevención de la enfermedad, los profesionales independientes de salud (médicos, enfermeras/os, etc) y los transportadores especializados de pacientes (ambulancias). JAA-COC 7
  • 12. ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD (EPS) Su función es organizar y garantizar, la prestación de los servicios de salud que se encuentran en el POS (Plan Obligatorio de Salud) y son las responsables de la gestión de riesgos derivados de la enfermedad general o no ocupacional. Es posible vincularse a salud por medio de dos modelos de aseguramiento, mediante el sistema del régimen contributivo y el de régimen subsidiado. JAA-COC 12
  • 13. régimen contributivo régimen subsidiado están vinculados todos los empleados y empleadores con capacidad de pago quienes hacen un aporte mensual para salud y pensión cobija a todas las personas pobres y vulnerables en donde los servicios de salud están amparados con los recaudos de solidaridad de los demás entes participantes en el sistema La responsabilidad de la afiliación del empleado es del empleador y del pensionado es del Fondo de Pensiones quienes ingresan a él reciben subsidios totales o parciales El aporte a salud debe ser el 12,5% del salario base de cotización, porcentaje que asume en su totalidad los trabajadores independientes, y en caso de los empleados éste asume el 4% y el empleador el 8,5%. se financian con dos recursos fundamentales: las trasferencias de la nación a los departamentos y municipios y el Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA El empleado, escoge la EPS que prefiere y se lo comunica al empleador junto con los datos de su familia. El pensionado, como viene de ser empleado, seguramente se encontrará ya afiliado a una EPS, tal y como debe hacerlo todo empleado; al pasar de empleado a pensionado su afiliación no se verá afectada. Si el pensionado decide cambiar de EPS lo puede hacer sin ningún problema Las personas que ingresan a este régimen subsidiado son escogidas por cada uno de los municipios o distritos, teniendo en cuenta unos criterios de priorización:  Recién nacidos.  Menores desvinculados del conflicto armado, bajo la protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.  La población del área rural y del área urbana de bajos recursos.  Población indígena. CUADRO COMPARATIVO JAA-COC 13
  • 14. beneficios del Plan Obligatorio de Salud La selección y asignación de subsidios, la hacen las entidades ejecutoras de programas sociales del Estado a partir de la información de la base consolidada y certificada por el Departamento Nacional de planeación (DNP) y la encuesta del sisbén. Subsidio en dinero en caso de incapacidad por enfermedad. Los beneficios del POS que a partir del 1 de julio de 2012 son los mismos que en el Régimen Contributivo subsidio en dinero en caso de licencia de maternidad Exención de copagos si está clasificado en el nivel I del Sisbén JAA-COC 14