El documento describe las sociedades comerciales según la Ley 19.550 de Argentina. Explica que una sociedad comercial requiere dos o más personas que realicen aportes para producir o intercambiar bienes y servicios, compartiendo beneficios y pérdidas. Luego enumera los tipos de sociedades reconocidas por la ley y las clasifica en de personas, de capital, e intermedias. Finalmente, destaca que una sociedad debe cumplir con los elementos de un contrato como capacidad, consentimiento, objeto y forma.