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TRABAJO PRACTICO N° I
Alumno/s: - Danderfert, Cesar.
- Ferreyra, Juliana.
- Helver Verónica.
- Sotelo, Evelyn.
Año: 2do.
Carrera: Profesorado de Educación Secundaria en Matemática.
Asignatura: Sujeto de Educación Secundaria.
Profesor/a: Merlach, Natalia.
Fecha de Entrega: 31 de Agosto.
Ciclo Lectivo: 2015.
I.S.F.D. – “DR LUIS ARIENTI”.
El Sistema Educativo Argentino
El sistema educativo es el conjunto organizado de servicios y acciones
educativas reguladas por el Estado que posibilitan el ejercicio del derecho a la
educación.
Está integrado por los servicios de educación de gestión estatal y privada,
gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país,
que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación,
definidos en la Ley 26.206.
El sistema educativo argentino brinda servicio educativo a un total
de 11.916.081 alumnos en 41.284 establecimientos educativos de los
niveles inicial, primario, secundario y/o superior no universitario y en 106
instituciones universitarias.
Los principios del Sistema Educativo son:
a. En la Argentina la educación es un derecho consagrado en el art.14 de
la Constitución Nacional y en Tratados Internacionales incorporados a ella.
b. La Ley de Educación Nacional sancionada a fines del año 2006
establece que la educación y el conocimiento son un bien público y un
derecho personal y social garantizado por el Estado (art.2)
c. La educación es una prioridad nacional y se constituye en política de
Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e
identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática,
respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el
desarrollo económico-social de la Nación (art. 3°)
d. El Estado Nacional se obliga a no suscribir tratados bilaterales o
multilaterales de libre comercio que impliquen concebir la educación
como un servicio lucrativo o alienten cualquier forma de
mercantilización de la educación pública. (art.10)
Consejo Federal de Educación.
El Consejo Federal de Educación es el organismo de concertación, acuerdo y
coordinación de la política educativa nacional para asegurar la unidad y
articulación del Sistema Educativo Nacional. Su presidente es el Ministro de
Educación de la Nación y se encuentra a su vez integrado por la máxima
autoridad educativa de cada jurisdicción y tres representantes del Consejo de
Universidades.
Luego de las sucesivas transferencias de servicios educativos a las provincias
(años 1978 y 1992), la administración de las instituciones educativas (gestión y
organización de manera principal) quedó en manos de las provincias (estados
federales) y de la CABA.
Excepto en algunos pocos casos en los que administra algunas instituciones de
manera directa, la Nación tiene a cargo la gestión de los recursos de las
universidades nacionales, y propone políticas educativas en ese nivel, en el
marco de su vigente autonomía.
Información y datos de interés acerca del sistema educativo argentino
¿Cuál es la responsabilidad del Estado nacional?
El Estado Nacional fija la política educativa y controla su cumplimiento con la
finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades
provinciales y locales. (art. 5).
¿Quién garantiza el derecho a la educación?
El Estado garantiza el ejercicio el derecho constitucional de enseñar y
aprender. También garantiza el acceso de todos/as los/as ciudadanos a la
información y al conocimiento como instrumentos centrales de la participación
en un proceso de desarrollo con crecimiento económico y justicia social. (art.
6°).
¿Quiénes son los responsables de garantizar el derecho la educación?
Son responsables de las acciones educativas el Estado Nacional, las
Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes tienen la
responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral,
permanente y de calidad para todos/as. También son responsables los
municipios, las confesiones religiosas reconocidas oficialmente y las
organizaciones de la sociedad; y la familia, como agente natural y primario.
(art.4° y 6°).
¿Quiénes son los responsables de planificar, organizar, supervisar y
financiar el sistema educativo?
El Gobierno y Administración de la educación es una responsabilidad
concurrente y concertada través de:
• El Estado Nacional,
• las Provincias y
• la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ellos son los responsables de la planificación, organización, supervisión y
financiamiento del Sistema Educativo Nacional. Garantizan el acceso a la
educación en todos los niveles y modalidades. Crean y administran los
establecimientos educativos de gestión estatal. El Estado Nacional crea y
financia las universidades nacionales (estatales). (art. 12) (el Poder
Legislativo es el que las crea y el Ejecutivo las financia).
¿Quiénes son los responsables de planificar, organizar, supervisar el
funcionamiento de la educación privada?
El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
reconocen, autorizan y supervisan el funcionamiento de instituciones
educativas de gestión privada, confesionales o no confesionales, de gestión
cooperativa y de gestión social. (art.13).
¿Quiénes tienen derecho a prestar este servicio?
La Iglesia Católica, las confesiones religiosas inscriptas en el Registro Nacional
de Cultos, las sociedades, cooperativas, organizaciones sociales, sindicatos,
asociaciones, fundaciones y empresas con personería jurídica y las personas
físicas.
¿Cómo es el financiamiento del sistema educativo?
El Estado garantiza el financiamiento del sistema educativo nacional y el
presupuesto consolidado del estado nacional, las provincias y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. El presupuesto consolidado destinado
exclusivamente a educación no será inferior al 6% del Producto Bruto Interno
(PBI) Ver art.9, Ley de Financiamiento y convenios bilaterales.
¿Cómo se concierta la política educativa nacional?
El Consejo Federal de Educación, formado por los ministros de educación de
la nación y de las jurisdicciones, es el organismo de carácter permanente
destinado a la concertación, acuerdo y coordinación de la política educativa
nacional. Asegura la unidad y articulación del sistema educativo nacional.
El Gobierno y Administración del sistema educativo asegurará el cumplimiento
de los principios y objetivos de la educación, conforme a los criterios
constitucionales de unidad nacional y federalismo.
¿Quiénes son los principales actores de la comunidad educativa?
• Docentes. Ver derechos y obligaciones, art. 67 de la Ley de Educación
Nacional (archivo en formato PDF).
• Alumnos/as. Ver derechos y deberes, art. 125 de la Ley de Educación
Nacional (archivo en formato PDF).
• Padres, madres y/o tutores. Ver derechos y deberes, art. 128 de la Ley
de Educación Nacional (archivo en formato PDF).
• Ex Alumnos/as
• Directivos
• Personal administrativo y auxiliar de la docencia
• Equipos de apoyo pedagógico
• Cooperadoras escolares
Otras organizaciones vinculadas con la institución educativa.
Acerca del Sistema Educativo Argentino.
El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de manera
concertada y concurrente, son los responsables de planificar, organizar, supervisar y
financiar el sistema educativo nacional; debiendo garantizar el acceso a la educación
en todos los niveles y modalidades, creando y administrando establecimientos
educativos de gestión estatal. A su vez, el Estado nacional crea y financia las
Universidades Nacionales.
Por ello es que, el sistema educativo argentino es el conjunto organizado de
servicios y acciones educativas reguladas por el Estado, que posibilitan el
ejercicio del derecho a la educación. Este Sistema está integrado por los
servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y
gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos
niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley 26.206
La Estructura del Sistema Educativo.
¿Cómo es la estructura del sistema educativo argentino?
La estructura del sistema educativo se encuentra en un proceso
de unificación en todo el país asegurando su ordenamiento y cohesión, la
organización y la articulación de los niveles y modalidades de la educación y la
validez nacional de los títulos y certificados que se expidan.
¿Cómo está integrado el sistema educativo argentino?
El sistema educativo está integrado por servicios educativos de gestión estatal
y privada, gestión cooperativa y gestión social. La educación es obligatoria
desde la edad de cinco años y hasta la finalización de la escuela secundaria.
La estructura del Sistema Educativo comprende cuatro niveles (Educación
Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Superior)
y ocho modalidades.
Las Modalidades.
Son las opciones organizativas y/o curriculares de la educación común, dentro
de uno o más niveles educativos, que procuran dar respuesta a requerimientos
específicos de formación y atender particularidades de carácter permanente o
temporal, personales y/o contextuales, con el propósito de garantizar la
igualdad en el derecho a la educación y cumplir con las exigencias legales,
técnicas y pedagógicas de los diferentes niveles educativos.
Son las siguientes:
• La Educación Técnico Profesional es la modalidad de la Educación
Secundaria y la Educación Superior responsable de la formación de
técnicos medios y técnicos superiores en áreas ocupacionales específicas
y de la formación profesional.
• La Educación Artística comprende: a) la formación en distintos
lenguajes artísticos para niños/as y adolescentes, en todos los niveles y
modalidades; b) la modalidad artística orientada a la formación específica
de Nivel Secundario para aquellos/as alumnos/as que opten por seguirla y
c) la formación artística impartida en los Institutos de Educación Superior
(profesorados en los diversos lenguajes artísticos para los distintos niveles
de enseñanza y las carreras artísticas específicas).
• La Educación Especial es la modalidad del sistema
educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas
con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y
modalidades del Sistema Educativo.
• La Educación Permanente de Jóvenes y Adultos es la modalidad
educativa destinada a garantizar la alfabetización y el cumplimiento de la
obligatoriedad escolar prevista por la presente ley, a quienes no la hayan
completado en la edad establecida reglamentariamente, y a brindar
posibilidades de educación a lo largo de toda la vida.
• La Educación Rural es la modalidad del sistema educativo de
los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria destinada a
garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria a través de formas
adecuadas a las necesidades y particularidades de la población que
habita en zonas rurales.
• La Educación Intercultural Bilingüe es la modalidad del sistema
educativo de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria que
garantiza el derecho constitucional de los pueblos indígenas, conforme al
art. 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, a recibir una educación que
contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, su
cosmovisión e identidad étnica; a desempeñarse activamente en un
mundo multicultural y a mejorar su calidad de vida.
• La Educación en Contextos de Privación de Libertad es la modalidad
del sistema educativo destinada a garantizar el derecho a la educación de
todas las personas privadas de libertad, para promover su formación
integral y desarrollo pleno.
• La Educación Domiciliaria y Hospitalaria es la modalidad del sistema
educativo en los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria,
destinada a garantizar el derecho a la educación de los/as alumnos/as
que, por razones de salud, se ven imposibilitados/as de asistir con
regularidad a un establecimiento educativo.
Los Niveles
Los niveles del sistema educativo son: educación Inicial, educación Primaria,
educación Secundaria y educación Superior.
• La educación Inicial comprende a los/as niños/as desde los cuarenta y
cinco (45) días hasta los cinco (5) años de edad inclusive, siendo
obligatorio el último año.
• La educación primaria y secundaria tiene una extensión de 12 años
de escolaridad. Las jurisdicciones pueden optar por una estructura que
contemple 7 años de primario y 5 de secundario o bien de 6 años de
primario y 6 de secundario.
• La educación Primaria comienza a partir de los 6 años de edad.
Consta de 6 o de 7 años según decisión de cada jurisdicción.
• La educación Secundaria consta de 6 o 5 años según cada
jurisdicción lo determine. Se divide en dos (2) ciclos: un Ciclo Básico,
de carácter común a todas las orientaciones y un Ciclo Orientado, de
carácter diversificado según distintas áreas del conocimiento, del
mundo social y del trabajo.
• La educación Superior comprende:
• Universidades e Institutos Universitarios, estatales o privados
autorizados, en concordancia con la denominación establecida en
la Ley Nº 24.521.
• Institutos de Educación Superior de jurisdicción nacional,
provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de gestión
estatal o privada.
Ley N° 26.206 de Educación Nacional
La etapa de la "consulta y el debate".
En el mes de mayo de 2006 el Gobierno Nacional y el Ministerio de Educación,
Ciencia y Tecnología de la Nación lanzan la convocatoria para "debatir" una
nueva Ley Nacional de Educación. "Al debatir esta ley ponemos en el centro
de la discusión el modelo de país que queremos para las próximas
décadas", sostuvo el Presidente N. Kirchner en la presentación del
"Documento para el Debate", que se presentó el 23 de mayo de 2006 en el
Salón Blanco de la Casa de Gobierno. En ese acto también se encontraban
presentes, entre otros, el titular de la CTERA, Hugo Yasky; representantes de
la CGT encabezados por Hugo Moyano; representantes de organismos de
DD.HH.; miembros de distintas confesiones religiosas, el CONSUDEC, y
también no faltaron a la cita empresarios como Santiago Soldati (Comercial del
Plata) y Luis Pagani (Arcor).
"La consulta y los debates serán orientados por el Ministerio de Educación,
Ciencia y Tecnología de la Nación, en coordinación con el Consejo Federal de
Cultura y Educación. Aspiramos a una participación de todos los actores
sociales (...) A través de la Comisión de Ministros (...) se convocará al conjunto
de los actores del sistema educativo: organizaciones gremiales docentes y no
docentes, de padres, de estudiantes y de asociaciones vinculadas tanto a la
educación de gestión estatal como privada, etc. Al mismo tiempo, deberá
convocar a importantes actores sociales comprometidos con la realidad
educativa: representantes de los medios de comunicación, del mundo del
trabajo y la producción, las iglesias, las organizaciones no gubernamentales y
los movimientos populares", además de esta "amplia" convocatoria para
discutir del documento oficial, se incluía un cronograma en donde estaban
detalladamente programado el calendario a seguir, que culminaría en octubre
del mismo año, es decir, el debate sobre la nueva Ley de Educación Nacional
apenas si duraría menos de seis meses. Sobre esta supuesta convocatoria al
debate y sobre los principales lineamientos del Documento, numerosas
organizaciones y colectivos docentes de oposición formularon muchas críticas,
entre ellas puedo destacar:
• El documento oficial no realiza un verdadero diagnóstico de las causas
de la actual situación educativa. No toma en cuenta el malestar de los
trabajadores y estudiantes que habitan las escuelas. No menciona las
condiciones de pobreza económica en que los docentes y estudiantes
realizan sus tareas de enseñanza-aprendizaje.
• No realiza autocrítica alguna de las propias responsabilidades de la
llamada Reforma Educativa de los 90.
• Se condiciona el debate, ya que no se da tiempo para profundizarlo. Se
promueve la respuesta a 20 preguntas que abundan en cuestiones de
menos polémicas y se dejan por fuera del debate los principios centrales
de la Reforma.
• Los principales responsables como autores intelectuales de la Ley
Federal de Educación, como Filmus y Tedesco, también son
principalísimos protagonistas del documento oficial.
• El documento oficial es ahistórico y atemporal.
• Convierte a los docentes y a gran parte de la sociedad en parte de una
manipulación organizada del consenso que ayuda a legitimar lo que
otros ya han decidido.
Los Adolescentes en la LEY 26.206 – Ley de Educación Nacional
CAPITULO VI
DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS ALUMNOS/AS
ARTICULO 125. — Todos/as los/as alumnos/as tienen los mismos derechos y
deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad, del nivel educativo
o modalidad que estén cursando o de las que se establezcan por leyes
especiales.
ARTICULO 126. — Los/as alumnos/as tienen derecho a:
a) Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidad, que
contribuya al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisición de
conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y solidaridad sociales
y que garantice igualdad de oportunidades.
b) Ser respetados/as en su libertad de conciencia, en el marco de la
convivencia democrática.
e) Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.
d) Ser protegidos/as contra toda agresión física, psicológica o moral.
e) Ser evaluados/as en su desempeño y logros, conforme a criterios rigurosa y
científicamente fundados, en todos los niveles, modalidades y orientaciones del
sistema, e informados/as al respecto.
f) Recibir el apoyo económico, social, cultural y pedagógico necesario para
garantizar la igualdad de oportunidades y posibilidades que le permitan
completar la educación obligatoria.
g) Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional que
posibilite su inserción en el mundo laboral y la prosecución de otros estudios.
h) Integrar centros, asociaciones y clubes de estudiantes u otras
organizaciones comunitarias para participar en el funcionamiento de las
instituciones educativas, con responsabilidades progresivamente mayores, a
medida que avancen en los niveles del sistema.
i) Participar en la toma de decisiones sobre la formulación de proyectos y en la
elección de espacios curriculares complementarios que propendan a
desarrollar mayores grados de responsabilidad y autonomía en su proceso de
aprendizaje.
j) Desarrollar sus aprendizajes en edificios que respondan a normas de
seguridad y salubridad, con instalaciones y equipamiento que aseguren la
calidad del servicio educativo.
ARTICULO 127. — Son deberes de los/as alumnos/as:
a) Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus
capacidades y posibilidades.
b) Participar en todas las actividades formativas y complementarias.
c) Respetar la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de
todos/as los/as miembros de la comunidad educativa.
d) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la
consecución de un adecuado clima de estudio en la institución, respetando el
derecho de sus compañeros/as a la educación y las orientaciones de la
autoridad, los/as docentes y los/as profesores/as.
e) Respetar el proyecto educativo institucional, las normas de organización,
convivencia y disciplina del establecimiento escolar.
f) Asistir a clase regularmente y con puntualidad.
g) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones, equipamiento y
materiales didácticos del establecimiento educativo.
Conclusión:
La desigualdad de oportunidades no tiene que ver solo con el
acceso al sistema educativo sino con la calidad del aprendizaje.
La calidad del aprendizaje difiere de jurisdicción en jurisdicción y
está relacionada con la política y la economía de las mismas. La
corrupción en la política incide directamente en la educación.
Bibliografía:
• http://www.buenastareas.com/ensayos/Cuadro-
Comparativo-Entre-Las-Leyes-1420/6494980.html
• http://es.slideshare.net/publicasiempre/balance-de-la-
ley-educacin-nacional-26206
• http://neetescuela.com/resena-historica-comparativa-
de-las-leyes-1420-y-26206/
• Ley de Educación Nacional 26.206 - Cap VI: Derechos y
deberes de los/as Alumnos/as (Formato PDF).

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  • 1. TRABAJO PRACTICO N° I Alumno/s: - Danderfert, Cesar. - Ferreyra, Juliana. - Helver Verónica. - Sotelo, Evelyn. Año: 2do. Carrera: Profesorado de Educación Secundaria en Matemática. Asignatura: Sujeto de Educación Secundaria. Profesor/a: Merlach, Natalia. Fecha de Entrega: 31 de Agosto. Ciclo Lectivo: 2015. I.S.F.D. – “DR LUIS ARIENTI”.
  • 2. El Sistema Educativo Argentino El sistema educativo es el conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Está integrado por los servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley 26.206. El sistema educativo argentino brinda servicio educativo a un total de 11.916.081 alumnos en 41.284 establecimientos educativos de los niveles inicial, primario, secundario y/o superior no universitario y en 106 instituciones universitarias. Los principios del Sistema Educativo son: a. En la Argentina la educación es un derecho consagrado en el art.14 de la Constitución Nacional y en Tratados Internacionales incorporados a ella. b. La Ley de Educación Nacional sancionada a fines del año 2006 establece que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social garantizado por el Estado (art.2) c. La educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación (art. 3°) d. El Estado Nacional se obliga a no suscribir tratados bilaterales o multilaterales de libre comercio que impliquen concebir la educación como un servicio lucrativo o alienten cualquier forma de mercantilización de la educación pública. (art.10)
  • 3. Consejo Federal de Educación. El Consejo Federal de Educación es el organismo de concertación, acuerdo y coordinación de la política educativa nacional para asegurar la unidad y articulación del Sistema Educativo Nacional. Su presidente es el Ministro de Educación de la Nación y se encuentra a su vez integrado por la máxima autoridad educativa de cada jurisdicción y tres representantes del Consejo de Universidades. Luego de las sucesivas transferencias de servicios educativos a las provincias (años 1978 y 1992), la administración de las instituciones educativas (gestión y organización de manera principal) quedó en manos de las provincias (estados federales) y de la CABA. Excepto en algunos pocos casos en los que administra algunas instituciones de manera directa, la Nación tiene a cargo la gestión de los recursos de las universidades nacionales, y propone políticas educativas en ese nivel, en el marco de su vigente autonomía. Información y datos de interés acerca del sistema educativo argentino ¿Cuál es la responsabilidad del Estado nacional? El Estado Nacional fija la política educativa y controla su cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades provinciales y locales. (art. 5). ¿Quién garantiza el derecho a la educación? El Estado garantiza el ejercicio el derecho constitucional de enseñar y aprender. También garantiza el acceso de todos/as los/as ciudadanos a la información y al conocimiento como instrumentos centrales de la participación en un proceso de desarrollo con crecimiento económico y justicia social. (art. 6°).
  • 4. ¿Quiénes son los responsables de garantizar el derecho la educación? Son responsables de las acciones educativas el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as. También son responsables los municipios, las confesiones religiosas reconocidas oficialmente y las organizaciones de la sociedad; y la familia, como agente natural y primario. (art.4° y 6°). ¿Quiénes son los responsables de planificar, organizar, supervisar y financiar el sistema educativo? El Gobierno y Administración de la educación es una responsabilidad concurrente y concertada través de: • El Estado Nacional, • las Provincias y • la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ellos son los responsables de la planificación, organización, supervisión y financiamiento del Sistema Educativo Nacional. Garantizan el acceso a la educación en todos los niveles y modalidades. Crean y administran los establecimientos educativos de gestión estatal. El Estado Nacional crea y financia las universidades nacionales (estatales). (art. 12) (el Poder Legislativo es el que las crea y el Ejecutivo las financia). ¿Quiénes son los responsables de planificar, organizar, supervisar el funcionamiento de la educación privada? El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconocen, autorizan y supervisan el funcionamiento de instituciones educativas de gestión privada, confesionales o no confesionales, de gestión cooperativa y de gestión social. (art.13).
  • 5. ¿Quiénes tienen derecho a prestar este servicio? La Iglesia Católica, las confesiones religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, las sociedades, cooperativas, organizaciones sociales, sindicatos, asociaciones, fundaciones y empresas con personería jurídica y las personas físicas. ¿Cómo es el financiamiento del sistema educativo? El Estado garantiza el financiamiento del sistema educativo nacional y el presupuesto consolidado del estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El presupuesto consolidado destinado exclusivamente a educación no será inferior al 6% del Producto Bruto Interno (PBI) Ver art.9, Ley de Financiamiento y convenios bilaterales. ¿Cómo se concierta la política educativa nacional? El Consejo Federal de Educación, formado por los ministros de educación de la nación y de las jurisdicciones, es el organismo de carácter permanente destinado a la concertación, acuerdo y coordinación de la política educativa nacional. Asegura la unidad y articulación del sistema educativo nacional. El Gobierno y Administración del sistema educativo asegurará el cumplimiento de los principios y objetivos de la educación, conforme a los criterios constitucionales de unidad nacional y federalismo. ¿Quiénes son los principales actores de la comunidad educativa? • Docentes. Ver derechos y obligaciones, art. 67 de la Ley de Educación Nacional (archivo en formato PDF). • Alumnos/as. Ver derechos y deberes, art. 125 de la Ley de Educación Nacional (archivo en formato PDF). • Padres, madres y/o tutores. Ver derechos y deberes, art. 128 de la Ley de Educación Nacional (archivo en formato PDF). • Ex Alumnos/as
  • 6. • Directivos • Personal administrativo y auxiliar de la docencia • Equipos de apoyo pedagógico • Cooperadoras escolares Otras organizaciones vinculadas con la institución educativa.
  • 7. Acerca del Sistema Educativo Argentino. El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de manera concertada y concurrente, son los responsables de planificar, organizar, supervisar y financiar el sistema educativo nacional; debiendo garantizar el acceso a la educación en todos los niveles y modalidades, creando y administrando establecimientos educativos de gestión estatal. A su vez, el Estado nacional crea y financia las Universidades Nacionales. Por ello es que, el sistema educativo argentino es el conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado, que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Este Sistema está integrado por los servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley 26.206 La Estructura del Sistema Educativo. ¿Cómo es la estructura del sistema educativo argentino? La estructura del sistema educativo se encuentra en un proceso de unificación en todo el país asegurando su ordenamiento y cohesión, la organización y la articulación de los niveles y modalidades de la educación y la validez nacional de los títulos y certificados que se expidan. ¿Cómo está integrado el sistema educativo argentino? El sistema educativo está integrado por servicios educativos de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social. La educación es obligatoria desde la edad de cinco años y hasta la finalización de la escuela secundaria. La estructura del Sistema Educativo comprende cuatro niveles (Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Superior) y ocho modalidades. Las Modalidades. Son las opciones organizativas y/o curriculares de la educación común, dentro de uno o más niveles educativos, que procuran dar respuesta a requerimientos específicos de formación y atender particularidades de carácter permanente o temporal, personales y/o contextuales, con el propósito de garantizar la
  • 8. igualdad en el derecho a la educación y cumplir con las exigencias legales, técnicas y pedagógicas de los diferentes niveles educativos. Son las siguientes: • La Educación Técnico Profesional es la modalidad de la Educación Secundaria y la Educación Superior responsable de la formación de técnicos medios y técnicos superiores en áreas ocupacionales específicas y de la formación profesional. • La Educación Artística comprende: a) la formación en distintos lenguajes artísticos para niños/as y adolescentes, en todos los niveles y modalidades; b) la modalidad artística orientada a la formación específica de Nivel Secundario para aquellos/as alumnos/as que opten por seguirla y c) la formación artística impartida en los Institutos de Educación Superior (profesorados en los diversos lenguajes artísticos para los distintos niveles de enseñanza y las carreras artísticas específicas). • La Educación Especial es la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. • La Educación Permanente de Jóvenes y Adultos es la modalidad educativa destinada a garantizar la alfabetización y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar prevista por la presente ley, a quienes no la hayan completado en la edad establecida reglamentariamente, y a brindar posibilidades de educación a lo largo de toda la vida. • La Educación Rural es la modalidad del sistema educativo de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria destinada a garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria a través de formas adecuadas a las necesidades y particularidades de la población que habita en zonas rurales. • La Educación Intercultural Bilingüe es la modalidad del sistema educativo de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria que garantiza el derecho constitucional de los pueblos indígenas, conforme al art. 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, a recibir una educación que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, su
  • 9. cosmovisión e identidad étnica; a desempeñarse activamente en un mundo multicultural y a mejorar su calidad de vida. • La Educación en Contextos de Privación de Libertad es la modalidad del sistema educativo destinada a garantizar el derecho a la educación de todas las personas privadas de libertad, para promover su formación integral y desarrollo pleno. • La Educación Domiciliaria y Hospitalaria es la modalidad del sistema educativo en los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, destinada a garantizar el derecho a la educación de los/as alumnos/as que, por razones de salud, se ven imposibilitados/as de asistir con regularidad a un establecimiento educativo. Los Niveles Los niveles del sistema educativo son: educación Inicial, educación Primaria, educación Secundaria y educación Superior. • La educación Inicial comprende a los/as niños/as desde los cuarenta y cinco (45) días hasta los cinco (5) años de edad inclusive, siendo obligatorio el último año. • La educación primaria y secundaria tiene una extensión de 12 años de escolaridad. Las jurisdicciones pueden optar por una estructura que contemple 7 años de primario y 5 de secundario o bien de 6 años de primario y 6 de secundario. • La educación Primaria comienza a partir de los 6 años de edad. Consta de 6 o de 7 años según decisión de cada jurisdicción. • La educación Secundaria consta de 6 o 5 años según cada jurisdicción lo determine. Se divide en dos (2) ciclos: un Ciclo Básico, de carácter común a todas las orientaciones y un Ciclo Orientado, de carácter diversificado según distintas áreas del conocimiento, del mundo social y del trabajo. • La educación Superior comprende: • Universidades e Institutos Universitarios, estatales o privados autorizados, en concordancia con la denominación establecida en la Ley Nº 24.521. • Institutos de Educación Superior de jurisdicción nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de gestión estatal o privada.
  • 10. Ley N° 26.206 de Educación Nacional La etapa de la "consulta y el debate". En el mes de mayo de 2006 el Gobierno Nacional y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación lanzan la convocatoria para "debatir" una nueva Ley Nacional de Educación. "Al debatir esta ley ponemos en el centro de la discusión el modelo de país que queremos para las próximas décadas", sostuvo el Presidente N. Kirchner en la presentación del "Documento para el Debate", que se presentó el 23 de mayo de 2006 en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno. En ese acto también se encontraban presentes, entre otros, el titular de la CTERA, Hugo Yasky; representantes de la CGT encabezados por Hugo Moyano; representantes de organismos de DD.HH.; miembros de distintas confesiones religiosas, el CONSUDEC, y también no faltaron a la cita empresarios como Santiago Soldati (Comercial del Plata) y Luis Pagani (Arcor). "La consulta y los debates serán orientados por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, en coordinación con el Consejo Federal de Cultura y Educación. Aspiramos a una participación de todos los actores sociales (...) A través de la Comisión de Ministros (...) se convocará al conjunto de los actores del sistema educativo: organizaciones gremiales docentes y no docentes, de padres, de estudiantes y de asociaciones vinculadas tanto a la educación de gestión estatal como privada, etc. Al mismo tiempo, deberá convocar a importantes actores sociales comprometidos con la realidad educativa: representantes de los medios de comunicación, del mundo del trabajo y la producción, las iglesias, las organizaciones no gubernamentales y los movimientos populares", además de esta "amplia" convocatoria para discutir del documento oficial, se incluía un cronograma en donde estaban detalladamente programado el calendario a seguir, que culminaría en octubre del mismo año, es decir, el debate sobre la nueva Ley de Educación Nacional apenas si duraría menos de seis meses. Sobre esta supuesta convocatoria al debate y sobre los principales lineamientos del Documento, numerosas organizaciones y colectivos docentes de oposición formularon muchas críticas,
  • 11. entre ellas puedo destacar: • El documento oficial no realiza un verdadero diagnóstico de las causas de la actual situación educativa. No toma en cuenta el malestar de los trabajadores y estudiantes que habitan las escuelas. No menciona las condiciones de pobreza económica en que los docentes y estudiantes realizan sus tareas de enseñanza-aprendizaje. • No realiza autocrítica alguna de las propias responsabilidades de la llamada Reforma Educativa de los 90. • Se condiciona el debate, ya que no se da tiempo para profundizarlo. Se promueve la respuesta a 20 preguntas que abundan en cuestiones de menos polémicas y se dejan por fuera del debate los principios centrales de la Reforma. • Los principales responsables como autores intelectuales de la Ley Federal de Educación, como Filmus y Tedesco, también son principalísimos protagonistas del documento oficial. • El documento oficial es ahistórico y atemporal. • Convierte a los docentes y a gran parte de la sociedad en parte de una manipulación organizada del consenso que ayuda a legitimar lo que otros ya han decidido.
  • 12. Los Adolescentes en la LEY 26.206 – Ley de Educación Nacional CAPITULO VI DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS ALUMNOS/AS ARTICULO 125. — Todos/as los/as alumnos/as tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad, del nivel educativo o modalidad que estén cursando o de las que se establezcan por leyes especiales. ARTICULO 126. — Los/as alumnos/as tienen derecho a: a) Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidad, que contribuya al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisición de conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y solidaridad sociales y que garantice igualdad de oportunidades. b) Ser respetados/as en su libertad de conciencia, en el marco de la convivencia democrática. e) Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria. d) Ser protegidos/as contra toda agresión física, psicológica o moral. e) Ser evaluados/as en su desempeño y logros, conforme a criterios rigurosa y científicamente fundados, en todos los niveles, modalidades y orientaciones del sistema, e informados/as al respecto. f) Recibir el apoyo económico, social, cultural y pedagógico necesario para garantizar la igualdad de oportunidades y posibilidades que le permitan completar la educación obligatoria. g) Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional que posibilite su inserción en el mundo laboral y la prosecución de otros estudios. h) Integrar centros, asociaciones y clubes de estudiantes u otras organizaciones comunitarias para participar en el funcionamiento de las instituciones educativas, con responsabilidades progresivamente mayores, a medida que avancen en los niveles del sistema.
  • 13. i) Participar en la toma de decisiones sobre la formulación de proyectos y en la elección de espacios curriculares complementarios que propendan a desarrollar mayores grados de responsabilidad y autonomía en su proceso de aprendizaje. j) Desarrollar sus aprendizajes en edificios que respondan a normas de seguridad y salubridad, con instalaciones y equipamiento que aseguren la calidad del servicio educativo. ARTICULO 127. — Son deberes de los/as alumnos/as: a) Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y posibilidades. b) Participar en todas las actividades formativas y complementarias. c) Respetar la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de todos/as los/as miembros de la comunidad educativa. d) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en la institución, respetando el derecho de sus compañeros/as a la educación y las orientaciones de la autoridad, los/as docentes y los/as profesores/as. e) Respetar el proyecto educativo institucional, las normas de organización, convivencia y disciplina del establecimiento escolar. f) Asistir a clase regularmente y con puntualidad. g) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones, equipamiento y materiales didácticos del establecimiento educativo.
  • 14. Conclusión: La desigualdad de oportunidades no tiene que ver solo con el acceso al sistema educativo sino con la calidad del aprendizaje. La calidad del aprendizaje difiere de jurisdicción en jurisdicción y está relacionada con la política y la economía de las mismas. La corrupción en la política incide directamente en la educación.
  • 15. Bibliografía: • http://www.buenastareas.com/ensayos/Cuadro- Comparativo-Entre-Las-Leyes-1420/6494980.html • http://es.slideshare.net/publicasiempre/balance-de-la- ley-educacin-nacional-26206 • http://neetescuela.com/resena-historica-comparativa- de-las-leyes-1420-y-26206/ • Ley de Educación Nacional 26.206 - Cap VI: Derechos y deberes de los/as Alumnos/as (Formato PDF).