SlideShare una empresa de Scribd logo
“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”
INSTITUCIÓN EDUCATIVA “Alfredo Tejada”
Dirección: Jr. Tarapoto S/N. – Soritor – Moyobamba – San Martín
Teléfax: 042-557090
ENSAYO
TÍTULO:
“EL DELITO DE
TRATA DE PERSONAS EN
LA REGIÓN SAN MARTÍN”
EQUIPO DE TRABAJO:
 JUAN CARLOS DÁVILA CARDOZO.
 LELY JUDITH MONTEZA TORRES.
 WESLEY SÁNCHEZ GÁSLAC
GRADO : Quinto.
ASESOR : Prof. HEBER ALCALDE TARRILLO. Cel. 942487383.
Soritor – Perú
2 0 1 6
EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS EN LA REGIÓN SAN MARTÍN
En la actualidad la problemática de la "trata de personas", o también conocida tradicionalmente
como "trata de blancas", es el comercio ilegal de seres humanos con propósitos de
esclavitud laboral, mental, reproductiva, sexual, trabajos, extracción de órganos, o
cualquier forma moderna de esclavitud contra la voluntad y el bienestar del ser
humano; acto que atenta contra la humanidad en su conjunto.
Es un delito internacional de lesa humanidad y viola los derechos humanos de la
persona, también se lo denomina la esclavitud del siglo XXI. Es una violación a los
derechos humanos que atenta contra la libertad y la dignidad de las víctimas
consagradas en la carta magna. Esto envuelve la capitulación y el transporte ilegal
de humanos. Lamentablemente se trata de un problema extendido, pero que ha
sido invisibilizado y silenciado por años convirtiéndose en un fenómeno criminal mundial.
En la antigüedad romana la palabra plagio (secuestro) surge con el significado de
la reesclavización de los libertos para su venta, e inclusive de gente nacida como
ciudadana libre que era plagiada (secuestrada) y vendida como esclava.
Dicha actividad ilícita era conocida como trata de blancas, sin embargo, en la
actualidad esta denominación se considera errónea o simplemente anacrónica,
debido a que la práctica se origina en un periodo de esclavitud donde la "trata de
negros(as)" era una situación aceptada por la población y por el Estado; en cambio
para esa era, la esclavitud de mujeres de raza blanca, era un delito. Eran
trasladadas de su lugar de origen para ser posteriormente explotadas como
prostitutas o concubinas.
En la actualidad el término correcto es trata de personas, el cual sirve para
denominar cualquier tipo de trata de personas sin importar la edad, sexo o raza. Es
un fenómeno global: más de 130 países han reportado casos. Alrededor de 2,5
millones de personas son víctimas de la trata bajo cualquiera de sus formas. Entre
el 22 % y el 50 % son niños y niñas. La cifra exacta se ignora, ya que la trata de
menores generalmente se oculta, por lo que no se tienen datos confiables; muchas
de estas situaciones ocurren dentro de las ciudades o zonas urbanas. Por ejemplo,
2
la trata con fines de explotación sexual ocurre con infantes que trabajan en las
calles de las ciudades. Muchos menores de zonas rurales son trasladados a las
ciudades por los tratantes.
Un estudio de 2001 sobre niñas de 9 a 18 años que cayeron víctimas de la
explotación sexual en las grandes ciudades de Tanzania probó que muchas ya
habían sido víctimas de trata en el interior del país. O habían sido contratadas para
trabajos domésticos y eran abusadas por sus empleadores o prostituidas por los
tratantes o contratadas para este fin por niñas en su misma situación.
Existen pruebas de que la pobreza, el alcoholismo, la disfunción y violencia
familiares, el abuso de sustancias y/o el abuso sexual los hace más vulnerables;
además, los menores que no tienen escolaridad o que se encuentran en las calles
o internos de instituciones están en alto riesgo.
Otros con graves riesgo a la trata son niños que no están registrados por el
gobierno, que son desplazados o refugiados y constituyen las víctimas más difíciles
de rastrear y rescatar de este delito. En nuestro país el número de casos, sin duda
alguna va en aumento. Así mismo, en nuestra región San Martín, se van reportando
más casos de desaparición de menores de edad en distritos como Nueva
Cajamarca, Soritor, picota, y otras que hasta hoy no hay un registro exacto al
respecto.
Sabemos que las sociedades están cada vez más conscientes de este delito
internacional y ya son muchas las películas o documentales cuyo objetivo es
reflejar esta problemática mundial. Algunos de estos son Trade, Srpski
film, Taken, Nina, La mosca en la ceniza y Tráfico humano. Su temática principal
es, en la mayoría de los casos, el tráfico y explotación sexual de personas.
Las Naciones Unidas declaró en 2009, que las estimaciones muestran que podría
haber alrededor de 270 000 víctimas de la trata de personas en la Unión Europea.
La mayoría de las veces la trata de personas está relacionada con la delincuencia
organizada que normalmente viene acompañado por armas y drogas. Se afirma
que la trata de personas es el segundo negocio ilícito más lucrativo luego de las
drogas. El crimen organizado, la inmigración y la trata de personas son temas que
3
aunque muy diferentes están directamente relacionado debido a que en ocasiones
son las situaciones económicas las que obligan a las víctimas a inmigrar y luego de
llegar al sitio estas son sometidas a abusos y malos tratos. Utilizando en muchas
ocasiones la fuerza y las manipulaciones creando un vínculo de dependencia los
traficantes se adueñan de sus víctimas dejándole poco o nada para vivir.
Por sus características lesiona la libertad y, por ende, afecta de manera grave la
dignidad de las personas que eventualmente se convierten en víctimas, a quienes
esta actividad criminal les degrada, humilla y envilece.
El negocio de la trata mueve más de 32 000 millones de dólares por año en el
mundo. Según la OIT, más de 12,3 millones de personas sufren situaciones
laborales similares a la esclavitud. Cuatro millones son víctimas de la trata cada
año. La mayor parte de las víctimas son niñas, niños y mujeres. Entre el 10 y el
30 % de mujeres víctimas de la trata son menores de edad. En América Latina, 2
millones de niñas, niños y adolescentes son víctimas de explotación sexual,
comercial o laboral (mendicidad). Situación que le convierte en una de las tres
fuentes principales de ingresos para el crimen organizado, luego del tráfico ilícito de
drogas y tráfico de armas.
En estos tiempos de globalización, de modernidad, de mayor respeto a los
derechos humanos, en que vivimos, de ningún modo puede ser aceptada la trata
de personas. De ahí que la mayoría de naciones coinciden en hacerle frente con el
único instrumento racional y civilizado que el hombre ha creado: el derecho
punitivo. En San Martín a través de las rondas campesinas se ha tratado de
resolver algunos casos, pero aún le queda mucho trabajo al Ministerio Público y al
Poder Judicial.
El solo hecho de que un ser humano someta a otro a la vil condición de esclavitud,
servidumbre, explotación sexual, prostitución, mendicidad, extracción de órganos o
tejidos humanos es algo que ofende a la conciencia humana de cualquier sociedad
en este siglo. En estos tiempos que nos ha tocado vivir no existe razón, argumento
técnico, político o ideológico racional que tolere o permita concesión alguna a esta
forma de tratar al ser humano. Con la materialización de cualquiera de las
4
conductas que en conjunto se conocen como trata de personas, no solo se afecta
múltiples bienes jurídicos fundamentales del ser humano individual en un Estado de
Derecho, sino también, se afecta a la humanidad entera, ya que toda sociedad
culta, consciente y de pleno sentido humanístico repudia y rechaza de manera
sensible y espontánea tales conductas atroces. De modo que es razonable
argumentar que no solo la dignidad del agraviado, sino también, la del género
humano se ven afectadas cuando se materializan estas conductas prohibidas
Este fenómeno mundial no es extraño para el Perú ni para nuestra región de san
Martín: Investigaciones efectuadas sobre trata de personas con fines de
explotación sexual han comprobado que el nuestro es considerado como un país
de origen, tránsito y destino de la trata internacional, con predominio de la trata
interna. Asimismo, se ha verificado que se realizan diversas modalidades de trata
de blancas en diferentes contextos económicos y sociales, lo cual involucra
mecanismos de captación y coacción que se desarrollan en la informalidad e
ilegalidad, identificándose la explotación doméstica, la mendicidad y la explotación
sexual como destinos principales para el caso de niñas, niños y adolescentes.
A pesar de presentarse una coyuntura bastante compleja, se debe resaltar que
desde hace más de una década existen importantes esfuerzos de parte de los
sectores de la sociedad civil, del Estado y de la comunidad internacional por situar
el problema en la agenda pública nacional e internacional. Al punto que se han
producido diversos instrumentos jurídicos relacionados con lucha contra la
explotación sexual.
A pesar de que el Estado Peruano ha ratificado la Convención de las Naciones
Unidas contra la delincuencia organizada trasnacional, así como el protocolo para
prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente, mujeres y niños.
La convención fue aprobada por el Congreso de la República por Resolución
Legislativa N° 27527, el 4 de octubre de 2001 y ratificada por el Poder Ejecutivo por
Decreto Supremo ND
088-2001-RE, el 19 de octubre de 2001, al igual que el
Protocolo de Palermo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas,
especialmente mujeres y niños. Aquí resulta necesario advertir sin embargo, que la
"trata de personas" estaba prohibida desde 1948 con la Declaración Universal de
5
Derechos Humanos, pues su artículo 4 prescribe que "nadie estará sometido a
esclavitud ni a servidumbre y que la esclavitud y la trata de esclavos están
prohibidas en todas sus formas". De ahí que la trata de personas con fines
sexuales ya estaba prevista como delito en el artículo 182 del Código Penal de
1991. Estas normas de carácter supranacional señalan las directrices que deben
implementar en su normativa interna los países miembros con la finalidad de
combatir la trata de personas desarrollando acciones en el ámbito preventivo, de la
tensión y protección a la víctima y sanción a los tratantes.
En el artículo 3 del Protocolo de Palermo, firmado en diciembre de 2000,
denominado "para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas,
especialmente de mujeres y niños". Allí se prescribe:
a) Por "trata de personas" se entenderá la captación, el transporte, el traslado,
la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de
la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso
de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción
de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que
tenga autoridad sobre otra con fines de explotación. Esa explotación puede
incluir, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas
de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o
lasprácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de
órganos;
b)El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas o toda forma de
explotación intencional descrita en el apartado a) del presente artículo no se
tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios
enunciados en dicho apartado;
c)La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la receptación de un niño
con fines de explotación se considerará "trata de personas", incluso cuando
no se recurra a ninguno de los medios anunciados en el apartado a) del
presente artículo;
d)Por "niño" se entenderá a toda persona menor de 18 años.
6
Esta disposición supranacional reconoce el interés inherente a toda persona,
por el mero hecho de serlo, a ser tratada como tal y no como un instrumento u
objeto, a no ser humillada, degradada, envilecida y cosificada. Este es el interés
o bien jurídico merecedor de protección por el Derecho Penal y que en ningún
caso debe confundirse con un intento de protección de la moralidad ni con una
infiltración encubierta de la moralen el campo punitivo.
Otro ejemplo el "Protocolo Facultativo sobre la venta de niños, la prostitución
infantil, la pornografía infantil"; ratificado por el Perú en el año 2000. En el texto se
expresa una grave preocupación por la creciente situación de trata internacional de
menores con fines de venta para su prostitución y su utilización en la pornografía.
Se reconoce además, que algunos grupos especialmente vulnerables, en particularlas niñas, están
expuestas a un peligro mayor de explotación sexual, y que el número de niñas
entre las personas explotadas sexualmente es desproporcionadamente alto.
Finalmente, se encuentra el "Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata
de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de
las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional"; el cual
entro en vigencia para el estado peruano en mayo del 2004. Este protocolo,
establece que los Estados Parte, declaran que, para prevenir y combatir
eficazmente la trata de personas, especialmente mujeres y niños, se requiere un
enfoque amplio e internacional en los países de origen, tránsito y destino que
incluya medidas para prevenir dicha trata, sancionar a los traficantes y proteger a
las víctimas, en particular amparando sus derechos humanos internacionalmente
reconocidos
Como ya dijimos en líneas anteriores que, diversos estudios han evidenciado que
este problema se presenta en gran parte de nuestro territorio; y entre las formas
más comunes de explotación se encuentran: la utilización de adolescentes,
especialmente mujeres, para el servicio sexual en bares, cantinas, centros
nocturnos y/o night clubs; la pornografía infantil; la trata de niñas con fines
sexuales; y el turismo sexual. Además de chicos explotados en las chacras y en
algunas empresas ilegales.
7
Se ha identificado a la región San Martín como una de las zonas de mayor
incidencia del problema; en especial a las provincias de Tarapoto, Rioja y
Moyobamba ya que son lugares donde se centra y se comercializa niñas, jóvenes
para explotarles sexualmente, en bares, quehaceres domésticos; los jóvenes son
explotados en trabajos forzosos en empresas y otros.
La violencia o fuerza física deviene en un instrumento que utiliza o hace uso el
agente para facilitar la captación, transporte, traslado, acogida, recepción o
retención de su víctima. Si en un caso concreto que la multifacética realidad pre-
senta, se evidencia que el uso de la violencia no tuvo aquella finalidad, sino, por el
contrario, tuvo otra finalidad específica, no aparecerá el supuesto de hecho del
delito de trata de personas.
Solo vale el uso de la violencia cuando ella esté dirigida a anular la eventual
resistencia u oposición que hace el sujeto pasivo o un tercero y, de ese modo,
facilitar la comisión del delito de trata.
La violencia puede ser usada por el agente agresor hasta en tres supuestos: para
vencer la resistencia de la víctima; para evitar que la víctima resista a la captación,
transporte, traslado, acogida, recepción o retención; y, para vencer cualquier
oposición para fugarse del lugar de los hechos.
Un aspecto obvio y no menos importante es que la violencia debe estar dirigida
contra las personas. Es imposible la figura de trata de personas si la violencia está
simplemente dirigida contra las cosas.
Finalmente, resulta pedagógico indicar que la intensidad de la violencia no
aparece tasada por el legislador. El operador jurídico tendrá que apreciarlo
en cada caso concreto y determinar en cuál ha existido violencia
suficiente para conseguir los objetivos propuestos por el agente. Si la
violencia ha sido suficientemente intensa y ha producido lesiones en la
víctima, por ejemplo, estaremos ante el delito de trata de personas, pero
agravado.
La trata de personas es un delito que afecta principalmente a los sectores más
vulnerables de nuestra población. Atenta contra la dignidad, la libertad y el
8
bienestar de las víctimas y de sus familias, así como de la sociedad en su conjunto.
Si la libertad personal es vulnerada, el sentido de la vida no será la expresión de
los reales deseos de la persona; por tanto, su actuación no representará su
voluntad, dañando de esta manera la esencia de la personalidad y, así, su
condición humana.
Con el objetivo de reactivar la Red Regional de Lucha Contra la Trata de Personas
en la región San Martín, en cumplimiento de la Ordenanza Regional N° 004-2013-
GRSM/CR, el Gobierno Regional de San Martín, viene realizando coordinaciones y
reuniones de trabajo multisectoriales con las instituciones públicas y privadas,
organizaciones de la Sociedad Civil, conformando comisiones de trabajo para
cumplir con las acciones de prevención, protección e incidencia y vigilancia a favor
de la población vulnerable, principalmente de mujeres, niños, niñas, y
adolescentes, pero creemos que todo esto no es suficiente, falta mayor trabajo
coordinado entre las instituciones que velan por este flagelo que cada día tiene
más víctimas y victimarios que se quedan en la impunidad.
La mencionada ordenanza regional nos recuerda, que la trata de personas es un
problema social, es un crimen que vulnera los derechos fundamentales del ser
humano, al engañar, coaccionar, amenazar y violentar a los individuos, limitando su
libertad y violando su dignidad, con el fin de explotarlos; actos delictivos que no
debemos permitirlos como personas civilizadas, indicó el gobernador regional, Dr.
Víctor Noriega Reátegui, acotó además, que: El Gobierno Regional de San Martín
acorde a sus lineamientos de política y llevando como lema: Región Inclusiva y
Solidaria, las instituciones públicas y privadas, la propia población sanmartinense,
respeta los derechos humanos y es firme en la lucha a favor de los derechos de la
población vulnerable; es por ello en forma multisectorial viene implementando
acciones a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social en su calidad de
Secretaría Técnica de la Red Regional de Lucha Contra la Trata de Personas en la
región San Martín.
A raíz de esta decisión de reactivación de la red, se han conformado comisiones
multisectoriales integrada por representantes del Gobierno Regional de San Martín:
Sub Gerencia del Bajo Mayo -Tarapoto, Dirección Regional de Salud, Educación,
9
Trabajo y Promoción del Empleo, Inclusión e Igualdad de Oportunidades, Comercio
Exterior y Turismo, Transportes y Comunicaciones; Ministerio Público, Policía
Nacional del Perú, Coordinadora de las Defensorías Municipales del Niño, Niña y
Adolescentes de San Martín, Coordinadora Departamental de la Red Nacional de
Promoción de la Mujer de San Martín, Municipalidad Provincial de Moyobamba,
Gobernación Regional de San Martín, Frente Cívico Desarrollo de San Martín,
Asociación Paz y Esperanza, Aldea Infantil Virgen del Carmen de San Martín,
Asociación Mujer y Desarrollo.
En reciente reunión de trabajo, los integrantes de la red acordaron la celebración
del Día Nacional Contra la Trata de Personas en el marco de la Ley N° 29918, cuya
fecha es el 23 de Setiembre de cada año; entre las actividades a desarrollarse
están considerados: misa de honras, desfile cívico, pasacalle alegórico, encuentros
deportivos, difusión de spots de sensibilización sobre trata de personas, entre otras
acciones. Asimismo, el CHS Alternativo realizó una jornada de capacitación de tres
días en la provincia de Moyobamba, en San Martín, dirigida a los miembros de la
Mesa Interinstitucional de Lucha contra la Trata de Personas del Alto Mayo así
como a comunicadores y periodistas locales para el abordaje y tratamiento de la
información en este tipo de casos.
Durante la jornada se abordó el enfoque legal de la trata de personas, las
responsabilidades existentes desde el Estado, la sociedad civil y los medios de
comunicación. Asimismo, se realizaron plenarias con el objetivo den que las
diferentes organizaciones miembro de la Mesa Interinstitucional realicen
propuestas para trabajar de manera coordinada según sus competencias. También
se presentó el caso de Jhinna Pinchi, víctima de este delito que fue captada en San
Martín y trasladada a Piura donde fue explotada por más de dos años. Con la
presentación del caso se logró sensibilizar a los asistentes sobre las dificultades
que atraviesan las víctimas de trata en su búsqueda de justicia”, dijo CHS
Alternativo a INFOREGIÓN.
Finalmente, reiteramos nuestro llamado a todas las instituciones, a la población en
su conjunto a luchar unidos para contrarrestar estos actos que denigran y ofenden
la condición y dignidad de las personas más vulnerables, no podemos dejar de
10
mencionar que nuestra región es una de las regiones donde el número de casos
reportados va en aumento - Según las cifras del Observatorio del Ministerio
Público, la región San Martín es una de las regiones que presenta mayor número
de casos de trata de personas-.
No esperemos que alguien que es parte de nuestro entorno familiar sea una
víctima más.
Desde aquí consideramos que la escuela juega un papel preponderante para
difundir en nuestros niños, niñas y adolescentes información relevante que permita
acciones inmediatas, en su centro educativo, en su familia y en su comunidad, solo
nos queda manos a la obra.
11
BIBLIOGRAFÍA
ASOCIACIÓN CIVIL TRANSPARENCIA (2010) Manual de Derechos Humanos.
1° Edc. Enero 2010. San Isidro- Perú.
CENTRO DE LA MUJER PERUANA: Flora Tristán (2008) Diagnóstico sobre la
Explotación Sexual Comercial de Adolescentes Mujeres en Nueva Cajamarca,
provincia de Rioja – San Martín. Boletín (2008) Tarapoto – Perú.
CENTRO DE LA MUJER PERUANA: Flora Tristán (2008) Plan de Acción para la
Lucha Contra la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en la región
del Altomayo 2008 - 2010. Boletín (2008) Moyobamba, junio 2008 – Perú.
SICCHA SALINAS, Ramiro Emérito. (2009) Delitos Contra la Administración
Pública. Ed. IUSTITIA. Lima - Perú.
http://www.regionsanmartin.gob.pe/noticias.php?codigo=3450
http://www.inforegion.pe/155807/en-alto-mayo-fortalecen-lucha-contra-la-trata-de-
personas/
https://es.wikipedia.org/wiki/Trata_de_personas
12

Más contenido relacionado

PDF
Proyecto de Acuerdo: Trata de Personas
DOCX
TRATA DE BLANCAS
PPTX
Ensayo trata de blancas
DOCX
Benemérita universidad autónoma de puebla narcotrafico dhtic
DOCX
Trata de blancas (dhtic)
DOCX
Ensayo sobre trata de personas
DOC
“LA TRATA DE PERSONAS EN MÉXICO, COMO AFECTA LA CALIDAD DE VIDA Y LA VISIÓN D...
DOCX
Proyecto de Acuerdo: Trata de Personas
TRATA DE BLANCAS
Ensayo trata de blancas
Benemérita universidad autónoma de puebla narcotrafico dhtic
Trata de blancas (dhtic)
Ensayo sobre trata de personas
“LA TRATA DE PERSONAS EN MÉXICO, COMO AFECTA LA CALIDAD DE VIDA Y LA VISIÓN D...

La actualidad más candente (17)

PPT
Prostitucion
DOCX
Trata de blancs (ensayo final)
PDF
Abordaje de la víctima del delito de trata de personas
DOCX
Trafico de personas; antecedentes, aspectos relacionados, causas y consecuenc...
PPTX
La trata de blancas en puebla
PPTX
Trata De Blancas Y Prostitucion Infantil
DOCX
Ensayo la trata de blancas adj.
PPTX
Trata de personas
DOC
Iniciativa final servicios sexuales
DOC
Monografia trata de personas
PDF
Trata y trafico de personas
PPTX
Presentación1
PDF
Trata de personas diapositivas
PPTX
trata de personas en méxico
PPT
Trata de personas
PPTX
Trata de personas
DOCX
Ensayo trata de blancas
Prostitucion
Trata de blancs (ensayo final)
Abordaje de la víctima del delito de trata de personas
Trafico de personas; antecedentes, aspectos relacionados, causas y consecuenc...
La trata de blancas en puebla
Trata De Blancas Y Prostitucion Infantil
Ensayo la trata de blancas adj.
Trata de personas
Iniciativa final servicios sexuales
Monografia trata de personas
Trata y trafico de personas
Presentación1
Trata de personas diapositivas
trata de personas en méxico
Trata de personas
Trata de personas
Ensayo trata de blancas
Publicidad

Similar a Sor001 i.e. alfredo tejada (20)

DOCX
Que reforma diversas disposiciones del código penal federal
DOCX
La trata de personas o comercio de personas es el comercio ilegal de personas...
DOCX
Trata de blancos
DOCX
Trata de Personas
DOC
Nva002 i.e. santa isabel
DOCX
Trata de personas
PPTX
Presentación1
PDF
La trata de personas
PDF
La trata de personas
PPT
La trata de personas amnistia internacional
DOCX
Trafico de personas en la laguna
PPTX
Trata de blancas
DOCX
La trata de personas
DOCX
Trata de personas
PPTX
Curso intersemestral Trata de Personas
PPT
Presentacion trata de personas
DOCX
Trata de personas
PPTX
Universidad tecnica de ambato
DOCX
Trata de personas
PPTX
Trata de personas de perdro acosta.....
Que reforma diversas disposiciones del código penal federal
La trata de personas o comercio de personas es el comercio ilegal de personas...
Trata de blancos
Trata de Personas
Nva002 i.e. santa isabel
Trata de personas
Presentación1
La trata de personas
La trata de personas
La trata de personas amnistia internacional
Trafico de personas en la laguna
Trata de blancas
La trata de personas
Trata de personas
Curso intersemestral Trata de Personas
Presentacion trata de personas
Trata de personas
Universidad tecnica de ambato
Trata de personas
Trata de personas de perdro acosta.....
Publicidad

Más de wilderjamesbautistat (20)

DOCX
Normas de convivencia del grupo
DOCX
Los textos argumentativos
DOCX
Trabajo academico de medios de pago iternacional
DOCX
Area de matematica competenci as ycapacidades
DOCX
10.protocolo taller identidad_doc_acomp (1)
DOCX
DOCX
Plan de trabajo domiciliario i.e. la granja
DOCX
DOCX
01 involucra a los estudiantes en sus aprendizajes
DOC
5. segunda unidad sesion de aprend. de la iliada
DOCX
4. segunda usesion de clase de contexto historico cultural de la lit. universal
DOCX
10. primera unidad sesion-del-oficio
DOCX
Sesion texto argumentativo
DOCX
Sesion de quinto grado coronavirus
DOCX
Cesar vallejo
DOCX
Plan anual de tutoria de aula 2020 primero
DOCX
Discurso de steve jobs en la universidad de stanford
DOCX
Tema 1 la solicitud
DOCX
Plan anual de tutoria de aula 2019
DOCX
Tarea bautista teran wilder james
Normas de convivencia del grupo
Los textos argumentativos
Trabajo academico de medios de pago iternacional
Area de matematica competenci as ycapacidades
10.protocolo taller identidad_doc_acomp (1)
Plan de trabajo domiciliario i.e. la granja
01 involucra a los estudiantes en sus aprendizajes
5. segunda unidad sesion de aprend. de la iliada
4. segunda usesion de clase de contexto historico cultural de la lit. universal
10. primera unidad sesion-del-oficio
Sesion texto argumentativo
Sesion de quinto grado coronavirus
Cesar vallejo
Plan anual de tutoria de aula 2020 primero
Discurso de steve jobs en la universidad de stanford
Tema 1 la solicitud
Plan anual de tutoria de aula 2019
Tarea bautista teran wilder james

Último (20)

PDF
Habitos de Ricos - Juan Diego Gomez Ccesa007.pdf
PDF
IA y Canva: Un aliado fundamental para crear diseños profesionales en minutos
PDF
Salvese Quien Pueda - Andres Oppenheimer Ccesa007.pdf
PDF
Salcedo, J. et al. - Recomendaciones para la utilización del lenguaje inclusi...
DOCX
Tarea De El Colegio Coding For Kids 1 y 2
PDF
DI, TEA, TDAH.pdf guía se secuencias didacticas
PDF
JESUCRISTO ESTÁ EN LA TIERRA
PDF
Romper el Circulo de la Creatividad - Colleen Hoover Ccesa007.pdf
PDF
Lección 6 Escuela Sab. A través del mar rojo.pdf
PDF
COMUNICACION EFECTIVA PARA LA EDUCACION .pdf
PDF
Breve historia de los Incas -- Patricia Temoche [Temoche, Patricia] -- Breve ...
PDF
Actividad Luces y Codigos "Angelina.Castaño Marin 9-1"pdf
PDF
Como limpiar tu basura emocional a traves del Mindfulness Ccesa007.pdf
PDF
El Arte de hacer una Tesis - Jose Hinojosa Ccesa007.pdf
PDF
revista de historia Clio N|285 2025_.pdf
PDF
Punto Critico - Brian Tracy Ccesa007.pdf
DOCX
III Ciclo _ Plan Anual 2025.docx PARA ESTUDIANTES DE PRIMARIA
PDF
Escuela Sabática 6. A través del Mar Rojo.pdf
PDF
TRAUMA_Y_RECUPERACION consecuencias de la violencia JUDITH HERMAN
PDF
La Evaluacion Formativa en Nuevos Escenarios de Aprendizaje UGEL03 Ccesa007.pdf
Habitos de Ricos - Juan Diego Gomez Ccesa007.pdf
IA y Canva: Un aliado fundamental para crear diseños profesionales en minutos
Salvese Quien Pueda - Andres Oppenheimer Ccesa007.pdf
Salcedo, J. et al. - Recomendaciones para la utilización del lenguaje inclusi...
Tarea De El Colegio Coding For Kids 1 y 2
DI, TEA, TDAH.pdf guía se secuencias didacticas
JESUCRISTO ESTÁ EN LA TIERRA
Romper el Circulo de la Creatividad - Colleen Hoover Ccesa007.pdf
Lección 6 Escuela Sab. A través del mar rojo.pdf
COMUNICACION EFECTIVA PARA LA EDUCACION .pdf
Breve historia de los Incas -- Patricia Temoche [Temoche, Patricia] -- Breve ...
Actividad Luces y Codigos "Angelina.Castaño Marin 9-1"pdf
Como limpiar tu basura emocional a traves del Mindfulness Ccesa007.pdf
El Arte de hacer una Tesis - Jose Hinojosa Ccesa007.pdf
revista de historia Clio N|285 2025_.pdf
Punto Critico - Brian Tracy Ccesa007.pdf
III Ciclo _ Plan Anual 2025.docx PARA ESTUDIANTES DE PRIMARIA
Escuela Sabática 6. A través del Mar Rojo.pdf
TRAUMA_Y_RECUPERACION consecuencias de la violencia JUDITH HERMAN
La Evaluacion Formativa en Nuevos Escenarios de Aprendizaje UGEL03 Ccesa007.pdf

Sor001 i.e. alfredo tejada

  • 1. “AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU” INSTITUCIÓN EDUCATIVA “Alfredo Tejada” Dirección: Jr. Tarapoto S/N. – Soritor – Moyobamba – San Martín Teléfax: 042-557090 ENSAYO TÍTULO: “EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS EN LA REGIÓN SAN MARTÍN” EQUIPO DE TRABAJO:  JUAN CARLOS DÁVILA CARDOZO.  LELY JUDITH MONTEZA TORRES.  WESLEY SÁNCHEZ GÁSLAC GRADO : Quinto. ASESOR : Prof. HEBER ALCALDE TARRILLO. Cel. 942487383. Soritor – Perú 2 0 1 6
  • 2. EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS EN LA REGIÓN SAN MARTÍN En la actualidad la problemática de la "trata de personas", o también conocida tradicionalmente como "trata de blancas", es el comercio ilegal de seres humanos con propósitos de esclavitud laboral, mental, reproductiva, sexual, trabajos, extracción de órganos, o cualquier forma moderna de esclavitud contra la voluntad y el bienestar del ser humano; acto que atenta contra la humanidad en su conjunto. Es un delito internacional de lesa humanidad y viola los derechos humanos de la persona, también se lo denomina la esclavitud del siglo XXI. Es una violación a los derechos humanos que atenta contra la libertad y la dignidad de las víctimas consagradas en la carta magna. Esto envuelve la capitulación y el transporte ilegal de humanos. Lamentablemente se trata de un problema extendido, pero que ha sido invisibilizado y silenciado por años convirtiéndose en un fenómeno criminal mundial. En la antigüedad romana la palabra plagio (secuestro) surge con el significado de la reesclavización de los libertos para su venta, e inclusive de gente nacida como ciudadana libre que era plagiada (secuestrada) y vendida como esclava. Dicha actividad ilícita era conocida como trata de blancas, sin embargo, en la actualidad esta denominación se considera errónea o simplemente anacrónica, debido a que la práctica se origina en un periodo de esclavitud donde la "trata de negros(as)" era una situación aceptada por la población y por el Estado; en cambio para esa era, la esclavitud de mujeres de raza blanca, era un delito. Eran trasladadas de su lugar de origen para ser posteriormente explotadas como prostitutas o concubinas. En la actualidad el término correcto es trata de personas, el cual sirve para denominar cualquier tipo de trata de personas sin importar la edad, sexo o raza. Es un fenómeno global: más de 130 países han reportado casos. Alrededor de 2,5 millones de personas son víctimas de la trata bajo cualquiera de sus formas. Entre el 22 % y el 50 % son niños y niñas. La cifra exacta se ignora, ya que la trata de menores generalmente se oculta, por lo que no se tienen datos confiables; muchas de estas situaciones ocurren dentro de las ciudades o zonas urbanas. Por ejemplo, 2
  • 3. la trata con fines de explotación sexual ocurre con infantes que trabajan en las calles de las ciudades. Muchos menores de zonas rurales son trasladados a las ciudades por los tratantes. Un estudio de 2001 sobre niñas de 9 a 18 años que cayeron víctimas de la explotación sexual en las grandes ciudades de Tanzania probó que muchas ya habían sido víctimas de trata en el interior del país. O habían sido contratadas para trabajos domésticos y eran abusadas por sus empleadores o prostituidas por los tratantes o contratadas para este fin por niñas en su misma situación. Existen pruebas de que la pobreza, el alcoholismo, la disfunción y violencia familiares, el abuso de sustancias y/o el abuso sexual los hace más vulnerables; además, los menores que no tienen escolaridad o que se encuentran en las calles o internos de instituciones están en alto riesgo. Otros con graves riesgo a la trata son niños que no están registrados por el gobierno, que son desplazados o refugiados y constituyen las víctimas más difíciles de rastrear y rescatar de este delito. En nuestro país el número de casos, sin duda alguna va en aumento. Así mismo, en nuestra región San Martín, se van reportando más casos de desaparición de menores de edad en distritos como Nueva Cajamarca, Soritor, picota, y otras que hasta hoy no hay un registro exacto al respecto. Sabemos que las sociedades están cada vez más conscientes de este delito internacional y ya son muchas las películas o documentales cuyo objetivo es reflejar esta problemática mundial. Algunos de estos son Trade, Srpski film, Taken, Nina, La mosca en la ceniza y Tráfico humano. Su temática principal es, en la mayoría de los casos, el tráfico y explotación sexual de personas. Las Naciones Unidas declaró en 2009, que las estimaciones muestran que podría haber alrededor de 270 000 víctimas de la trata de personas en la Unión Europea. La mayoría de las veces la trata de personas está relacionada con la delincuencia organizada que normalmente viene acompañado por armas y drogas. Se afirma que la trata de personas es el segundo negocio ilícito más lucrativo luego de las drogas. El crimen organizado, la inmigración y la trata de personas son temas que 3
  • 4. aunque muy diferentes están directamente relacionado debido a que en ocasiones son las situaciones económicas las que obligan a las víctimas a inmigrar y luego de llegar al sitio estas son sometidas a abusos y malos tratos. Utilizando en muchas ocasiones la fuerza y las manipulaciones creando un vínculo de dependencia los traficantes se adueñan de sus víctimas dejándole poco o nada para vivir. Por sus características lesiona la libertad y, por ende, afecta de manera grave la dignidad de las personas que eventualmente se convierten en víctimas, a quienes esta actividad criminal les degrada, humilla y envilece. El negocio de la trata mueve más de 32 000 millones de dólares por año en el mundo. Según la OIT, más de 12,3 millones de personas sufren situaciones laborales similares a la esclavitud. Cuatro millones son víctimas de la trata cada año. La mayor parte de las víctimas son niñas, niños y mujeres. Entre el 10 y el 30 % de mujeres víctimas de la trata son menores de edad. En América Latina, 2 millones de niñas, niños y adolescentes son víctimas de explotación sexual, comercial o laboral (mendicidad). Situación que le convierte en una de las tres fuentes principales de ingresos para el crimen organizado, luego del tráfico ilícito de drogas y tráfico de armas. En estos tiempos de globalización, de modernidad, de mayor respeto a los derechos humanos, en que vivimos, de ningún modo puede ser aceptada la trata de personas. De ahí que la mayoría de naciones coinciden en hacerle frente con el único instrumento racional y civilizado que el hombre ha creado: el derecho punitivo. En San Martín a través de las rondas campesinas se ha tratado de resolver algunos casos, pero aún le queda mucho trabajo al Ministerio Público y al Poder Judicial. El solo hecho de que un ser humano someta a otro a la vil condición de esclavitud, servidumbre, explotación sexual, prostitución, mendicidad, extracción de órganos o tejidos humanos es algo que ofende a la conciencia humana de cualquier sociedad en este siglo. En estos tiempos que nos ha tocado vivir no existe razón, argumento técnico, político o ideológico racional que tolere o permita concesión alguna a esta forma de tratar al ser humano. Con la materialización de cualquiera de las 4
  • 5. conductas que en conjunto se conocen como trata de personas, no solo se afecta múltiples bienes jurídicos fundamentales del ser humano individual en un Estado de Derecho, sino también, se afecta a la humanidad entera, ya que toda sociedad culta, consciente y de pleno sentido humanístico repudia y rechaza de manera sensible y espontánea tales conductas atroces. De modo que es razonable argumentar que no solo la dignidad del agraviado, sino también, la del género humano se ven afectadas cuando se materializan estas conductas prohibidas Este fenómeno mundial no es extraño para el Perú ni para nuestra región de san Martín: Investigaciones efectuadas sobre trata de personas con fines de explotación sexual han comprobado que el nuestro es considerado como un país de origen, tránsito y destino de la trata internacional, con predominio de la trata interna. Asimismo, se ha verificado que se realizan diversas modalidades de trata de blancas en diferentes contextos económicos y sociales, lo cual involucra mecanismos de captación y coacción que se desarrollan en la informalidad e ilegalidad, identificándose la explotación doméstica, la mendicidad y la explotación sexual como destinos principales para el caso de niñas, niños y adolescentes. A pesar de presentarse una coyuntura bastante compleja, se debe resaltar que desde hace más de una década existen importantes esfuerzos de parte de los sectores de la sociedad civil, del Estado y de la comunidad internacional por situar el problema en la agenda pública nacional e internacional. Al punto que se han producido diversos instrumentos jurídicos relacionados con lucha contra la explotación sexual. A pesar de que el Estado Peruano ha ratificado la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada trasnacional, así como el protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente, mujeres y niños. La convención fue aprobada por el Congreso de la República por Resolución Legislativa N° 27527, el 4 de octubre de 2001 y ratificada por el Poder Ejecutivo por Decreto Supremo ND 088-2001-RE, el 19 de octubre de 2001, al igual que el Protocolo de Palermo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Aquí resulta necesario advertir sin embargo, que la "trata de personas" estaba prohibida desde 1948 con la Declaración Universal de 5
  • 6. Derechos Humanos, pues su artículo 4 prescribe que "nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre y que la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas". De ahí que la trata de personas con fines sexuales ya estaba prevista como delito en el artículo 182 del Código Penal de 1991. Estas normas de carácter supranacional señalan las directrices que deben implementar en su normativa interna los países miembros con la finalidad de combatir la trata de personas desarrollando acciones en el ámbito preventivo, de la tensión y protección a la víctima y sanción a los tratantes. En el artículo 3 del Protocolo de Palermo, firmado en diciembre de 2000, denominado "para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños". Allí se prescribe: a) Por "trata de personas" se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con fines de explotación. Esa explotación puede incluir, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o lasprácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos; b)El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas o toda forma de explotación intencional descrita en el apartado a) del presente artículo no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado; c)La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la receptación de un niño con fines de explotación se considerará "trata de personas", incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios anunciados en el apartado a) del presente artículo; d)Por "niño" se entenderá a toda persona menor de 18 años. 6
  • 7. Esta disposición supranacional reconoce el interés inherente a toda persona, por el mero hecho de serlo, a ser tratada como tal y no como un instrumento u objeto, a no ser humillada, degradada, envilecida y cosificada. Este es el interés o bien jurídico merecedor de protección por el Derecho Penal y que en ningún caso debe confundirse con un intento de protección de la moralidad ni con una infiltración encubierta de la moralen el campo punitivo. Otro ejemplo el "Protocolo Facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil, la pornografía infantil"; ratificado por el Perú en el año 2000. En el texto se expresa una grave preocupación por la creciente situación de trata internacional de menores con fines de venta para su prostitución y su utilización en la pornografía. Se reconoce además, que algunos grupos especialmente vulnerables, en particularlas niñas, están expuestas a un peligro mayor de explotación sexual, y que el número de niñas entre las personas explotadas sexualmente es desproporcionadamente alto. Finalmente, se encuentra el "Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional"; el cual entro en vigencia para el estado peruano en mayo del 2004. Este protocolo, establece que los Estados Parte, declaran que, para prevenir y combatir eficazmente la trata de personas, especialmente mujeres y niños, se requiere un enfoque amplio e internacional en los países de origen, tránsito y destino que incluya medidas para prevenir dicha trata, sancionar a los traficantes y proteger a las víctimas, en particular amparando sus derechos humanos internacionalmente reconocidos Como ya dijimos en líneas anteriores que, diversos estudios han evidenciado que este problema se presenta en gran parte de nuestro territorio; y entre las formas más comunes de explotación se encuentran: la utilización de adolescentes, especialmente mujeres, para el servicio sexual en bares, cantinas, centros nocturnos y/o night clubs; la pornografía infantil; la trata de niñas con fines sexuales; y el turismo sexual. Además de chicos explotados en las chacras y en algunas empresas ilegales. 7
  • 8. Se ha identificado a la región San Martín como una de las zonas de mayor incidencia del problema; en especial a las provincias de Tarapoto, Rioja y Moyobamba ya que son lugares donde se centra y se comercializa niñas, jóvenes para explotarles sexualmente, en bares, quehaceres domésticos; los jóvenes son explotados en trabajos forzosos en empresas y otros. La violencia o fuerza física deviene en un instrumento que utiliza o hace uso el agente para facilitar la captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de su víctima. Si en un caso concreto que la multifacética realidad pre- senta, se evidencia que el uso de la violencia no tuvo aquella finalidad, sino, por el contrario, tuvo otra finalidad específica, no aparecerá el supuesto de hecho del delito de trata de personas. Solo vale el uso de la violencia cuando ella esté dirigida a anular la eventual resistencia u oposición que hace el sujeto pasivo o un tercero y, de ese modo, facilitar la comisión del delito de trata. La violencia puede ser usada por el agente agresor hasta en tres supuestos: para vencer la resistencia de la víctima; para evitar que la víctima resista a la captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención; y, para vencer cualquier oposición para fugarse del lugar de los hechos. Un aspecto obvio y no menos importante es que la violencia debe estar dirigida contra las personas. Es imposible la figura de trata de personas si la violencia está simplemente dirigida contra las cosas. Finalmente, resulta pedagógico indicar que la intensidad de la violencia no aparece tasada por el legislador. El operador jurídico tendrá que apreciarlo en cada caso concreto y determinar en cuál ha existido violencia suficiente para conseguir los objetivos propuestos por el agente. Si la violencia ha sido suficientemente intensa y ha producido lesiones en la víctima, por ejemplo, estaremos ante el delito de trata de personas, pero agravado. La trata de personas es un delito que afecta principalmente a los sectores más vulnerables de nuestra población. Atenta contra la dignidad, la libertad y el 8
  • 9. bienestar de las víctimas y de sus familias, así como de la sociedad en su conjunto. Si la libertad personal es vulnerada, el sentido de la vida no será la expresión de los reales deseos de la persona; por tanto, su actuación no representará su voluntad, dañando de esta manera la esencia de la personalidad y, así, su condición humana. Con el objetivo de reactivar la Red Regional de Lucha Contra la Trata de Personas en la región San Martín, en cumplimiento de la Ordenanza Regional N° 004-2013- GRSM/CR, el Gobierno Regional de San Martín, viene realizando coordinaciones y reuniones de trabajo multisectoriales con las instituciones públicas y privadas, organizaciones de la Sociedad Civil, conformando comisiones de trabajo para cumplir con las acciones de prevención, protección e incidencia y vigilancia a favor de la población vulnerable, principalmente de mujeres, niños, niñas, y adolescentes, pero creemos que todo esto no es suficiente, falta mayor trabajo coordinado entre las instituciones que velan por este flagelo que cada día tiene más víctimas y victimarios que se quedan en la impunidad. La mencionada ordenanza regional nos recuerda, que la trata de personas es un problema social, es un crimen que vulnera los derechos fundamentales del ser humano, al engañar, coaccionar, amenazar y violentar a los individuos, limitando su libertad y violando su dignidad, con el fin de explotarlos; actos delictivos que no debemos permitirlos como personas civilizadas, indicó el gobernador regional, Dr. Víctor Noriega Reátegui, acotó además, que: El Gobierno Regional de San Martín acorde a sus lineamientos de política y llevando como lema: Región Inclusiva y Solidaria, las instituciones públicas y privadas, la propia población sanmartinense, respeta los derechos humanos y es firme en la lucha a favor de los derechos de la población vulnerable; es por ello en forma multisectorial viene implementando acciones a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social en su calidad de Secretaría Técnica de la Red Regional de Lucha Contra la Trata de Personas en la región San Martín. A raíz de esta decisión de reactivación de la red, se han conformado comisiones multisectoriales integrada por representantes del Gobierno Regional de San Martín: Sub Gerencia del Bajo Mayo -Tarapoto, Dirección Regional de Salud, Educación, 9
  • 10. Trabajo y Promoción del Empleo, Inclusión e Igualdad de Oportunidades, Comercio Exterior y Turismo, Transportes y Comunicaciones; Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, Coordinadora de las Defensorías Municipales del Niño, Niña y Adolescentes de San Martín, Coordinadora Departamental de la Red Nacional de Promoción de la Mujer de San Martín, Municipalidad Provincial de Moyobamba, Gobernación Regional de San Martín, Frente Cívico Desarrollo de San Martín, Asociación Paz y Esperanza, Aldea Infantil Virgen del Carmen de San Martín, Asociación Mujer y Desarrollo. En reciente reunión de trabajo, los integrantes de la red acordaron la celebración del Día Nacional Contra la Trata de Personas en el marco de la Ley N° 29918, cuya fecha es el 23 de Setiembre de cada año; entre las actividades a desarrollarse están considerados: misa de honras, desfile cívico, pasacalle alegórico, encuentros deportivos, difusión de spots de sensibilización sobre trata de personas, entre otras acciones. Asimismo, el CHS Alternativo realizó una jornada de capacitación de tres días en la provincia de Moyobamba, en San Martín, dirigida a los miembros de la Mesa Interinstitucional de Lucha contra la Trata de Personas del Alto Mayo así como a comunicadores y periodistas locales para el abordaje y tratamiento de la información en este tipo de casos. Durante la jornada se abordó el enfoque legal de la trata de personas, las responsabilidades existentes desde el Estado, la sociedad civil y los medios de comunicación. Asimismo, se realizaron plenarias con el objetivo den que las diferentes organizaciones miembro de la Mesa Interinstitucional realicen propuestas para trabajar de manera coordinada según sus competencias. También se presentó el caso de Jhinna Pinchi, víctima de este delito que fue captada en San Martín y trasladada a Piura donde fue explotada por más de dos años. Con la presentación del caso se logró sensibilizar a los asistentes sobre las dificultades que atraviesan las víctimas de trata en su búsqueda de justicia”, dijo CHS Alternativo a INFOREGIÓN. Finalmente, reiteramos nuestro llamado a todas las instituciones, a la población en su conjunto a luchar unidos para contrarrestar estos actos que denigran y ofenden la condición y dignidad de las personas más vulnerables, no podemos dejar de 10
  • 11. mencionar que nuestra región es una de las regiones donde el número de casos reportados va en aumento - Según las cifras del Observatorio del Ministerio Público, la región San Martín es una de las regiones que presenta mayor número de casos de trata de personas-. No esperemos que alguien que es parte de nuestro entorno familiar sea una víctima más. Desde aquí consideramos que la escuela juega un papel preponderante para difundir en nuestros niños, niñas y adolescentes información relevante que permita acciones inmediatas, en su centro educativo, en su familia y en su comunidad, solo nos queda manos a la obra. 11
  • 12. BIBLIOGRAFÍA ASOCIACIÓN CIVIL TRANSPARENCIA (2010) Manual de Derechos Humanos. 1° Edc. Enero 2010. San Isidro- Perú. CENTRO DE LA MUJER PERUANA: Flora Tristán (2008) Diagnóstico sobre la Explotación Sexual Comercial de Adolescentes Mujeres en Nueva Cajamarca, provincia de Rioja – San Martín. Boletín (2008) Tarapoto – Perú. CENTRO DE LA MUJER PERUANA: Flora Tristán (2008) Plan de Acción para la Lucha Contra la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en la región del Altomayo 2008 - 2010. Boletín (2008) Moyobamba, junio 2008 – Perú. SICCHA SALINAS, Ramiro Emérito. (2009) Delitos Contra la Administración Pública. Ed. IUSTITIA. Lima - Perú. http://www.regionsanmartin.gob.pe/noticias.php?codigo=3450 http://www.inforegion.pe/155807/en-alto-mayo-fortalecen-lucha-contra-la-trata-de- personas/ https://es.wikipedia.org/wiki/Trata_de_personas 12